Resolución N° 336 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-03-02 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881731495

Resolución N° 336 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-03-02

Fecha02 Marzo 2015
Número de resolución336
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCiÓN No.
I
El ~-.~
O 3 3 1)
( O 2 MAR 2015 )
Corpur;!lción AUtO"lJlh~
'(¡~'l'u' !110.1 1"... "
"Por la cual se ajusta yse cobra una Tarifa de Seguimiento, yse establecen otras
disposiciones ambientales"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993,
demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1.
OBJETO:
Pasa el Despacho a estudiar las diligencias contenidas en el expediente No. 13409,
a fin de proceder de acuerdo a las re-liquidaciones de las tarifas de seguimiento
ambiental de los periodos comprendidos entre el 08 de noviembre de 2010 al 07 de
noviembre de 2011, el 08 de noviembre de 2011 al 07 de noviembre de 2012, el 08
de noviembre de 2012 al 07 de noviembre de 2013, y la liquidación de la tarifa de
seguimiento ambiental correspondiente al periodo comprendidos entre el 08 de
noviembre de 2013 al 07 de noviembre de 2014, emitidas conforme a la Licencia
Ambiental otorgada mediante la Resolución No. 1418 de 08 de noviembre de 2005.
11.
ANTECEDENTES:
Mediante la Resolución No. 1418 de 08 de noviembre de 20051, CORTOLlMA
otorgo Licencia Ambiental a favor de los señores OSCAR CARVAJAL ZAMBRANO
y JUAN CARLOS RAMiREZ, identificados con cedula de ciudadanía No. 6.478.334
y 93.390.208 respectivamente para la explotación de arcillas bentoníticas, conforme
al contrato de concesión minera No. 867-73, en jurisdicción del municipio de
Venadillo, departamento del Tolima.
La Subdirección de Calidad Ambiental, el 29 de octubre de 2014, re-liquidó la tarifa
de seguimiento ambientaF cobrada mediante la Resolución No. 0419 de 07 de
febrero de 2012
3,
por valor de DOSCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y UN PESOS
($
215.991,00) M/Cte., correspondiente al periodo
comprendido entre el 08 de noviembre de 2010 al 07 de noviembre de 2011,
actualizado con el IPC 2010, estableciéndola en la suma de DOSCIENTOS
VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS
($
222.838,00)
M/Cte., por lo cual es necesario que el usuario cancele el excedente de la tarifa de
seguimiento, por el valor de SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE
PESOS ($ 6.847,00) M/Cte.
I
Exp. 13409. tomo 2, folios 253 a 258
2
".tomo2.folios416a417
.• , tomo 2, folios 343 a 345
Página
i"d-e7 -- - --
SEDE CENTRA(
Croo
5'.
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(8) 2654553 -
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Dirección Terrltoriol Sur
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7- 24/28
Ol301.303
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(8)
2530134095
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No.
23 -37
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(8) 2456876
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