Resolución Nº 340 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 14-05-2021 - 18 de Mayo de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 867457563

Resolución Nº 340 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 14-05-2021

Fecha de publicación18 Mayo 2021
Fecha de emisión14 Mayo 2021
EmisorSecretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd
Número de Gaceta7134
RESOLUCIÓN No. 340 DE 14 DE MAYO DE 2021
“Por la cual se delegan funciones a la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y
Gestión del Conocimiento como representante de la Secretaría la Secretaría de Cultura,
Recreación y Deporte ante la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y
Tratamiento Carcelario”
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489
de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No.
340 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes
órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la
realización de sus fines.", en tanto que el artículo 209 señala "(...) La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento
en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de
funciones.”
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, preceptúa lo siguiente: “Las autoridades
administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con
la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a
sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
Que el artículo 10 la Ley 489 de 1998 dispone como requisitos de la delegación, que el
acto conste siempre por escrito, determine la autoridad delegataria y las funciones o
asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren. Asimismo, el artículo 11,
indica las funciones que no se pueden delegar, entre las que están: i) La expedición de
reglamentos de carácter general, salvo en los casos expresamente autorizados por la ley;
ii) Las funciones, atribuciones y potestades recibidas en virtud de delegación; iii) Las
funciones que por su naturaleza o por mandato constitucional o legal no son susceptibles
de delegación.
Que el artículo 140 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 «Por medio del cual se adopta el
Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital
2020-2024 "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI"», dispuso
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FR-09-PR-MEJ-01. V7. 03/01/2020

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