Resolución N° 3426 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-12-31 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881851258

Resolución N° 3426 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-12-31

Fecha31 Diciembre 2013
Número de resolución3426
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
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3.42 6
RESOLUCiÓN No
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Die
2013
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Corporación Autónoma
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Por medio de la cual
se
adopta manual de contratación de la Corporación
Autónoma Regional del Tolima "CORTOL/MA".
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Tolima "CORTOLlMA", En
uso de las atribuciones conferidas por las Leyes 99/93; 80/93; 1150/07 Y ,
CONSIDERANDO
Que como entidad Estatal, la Corporación Autónoma Regional del Tolima
"CORTOLlMA", debe contar con un manual de contratación, en el que se señalen las
funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometerse por virtud de
la delegación o desconcentración de funciones, asi como las que se derivan de la
vigilancia y control de la ejecución contractual.
Que con el fin de garantizar la aplicación de los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad contenidos en el articulo 209
Constitucional, y de los previstos en la Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, es necesario
adoptar un nuevo manual de contratación para CORTOLlMA, acorde con el avance de
las normas que expide el Gobierno Nacional, en la reglamentación de las citadas leyes.
En mérito de lo aquí expuesto, el Director General de la Corporación autónoma Regional
del Tolima "CORTOLlMA",
RESUELVE
ARTíCULO PRIMERO: Adoptar para la Corporacíón Autónoma Regional del Tolima
"CORTOLlMA", el Manual de Contratación que a continuación se detalla:
PARTE I
ALCANCE
Y
GENERALIDADES
MARCO LEGAL
Y
RÉGIMEN DE CONTRATACiÓN
CORTOLlMA es una Corporación Autónoma Regional del Tolima, es un ente corporativo
autónomo de carácter público, creado por la ley 10 de 1981 modificado por la ley 99 de
\ 1993 con autonomía administrativa y patrimonio independiente, el régimen contractual
[ es el previsto en el Estatuto General de Contratación Pública contenido en la ley 80 de
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SEDE CENTRAL
Cra,
5~,
Av. Del FerrocarrjJ, Calle 44
Tel•. ;
(8) 2654551/52/54/55
Fax: (8) 2654553 - 2700120
E-Mail: cortolima@corrolimo.qov.ca
Web: www.cortollma.qov.co
!bogue - relimo - Colombia
Dirección Territoria! Sur:
Ce.
Ka/afamo
Cra.
8
No.
7- 24/28
Df. 301"303
Telefox.:
(8) 2462779
Cnoparral
DI'I!cclén Territorial
Norte
Cra.
6
No.
4 - 37
T"!"fax,: (S) 2530115
Armero Guayabal
Dirección Terrjtorio/
Su,or/,mt",
Calle
6
Na.
23 -37
PÜ",
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TeJefax,:
(8/ 1456876
Melgar
Dirección Territorial
Oriente:
Cra.4No.Sg.27
Telefax.: (8/ 2281204
Purificación
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RESOLUCiÓN No
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Corporación Autonoma
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Por medio de la cual
se
adopta manual de contratación de la Corporación
Autónoma Regional del Tolima "CORTOLlMA".
1993, en la ley 1150 de 2007 y demás normas que la reglamenten o complementen.
Igualmente, según lo establece el articulo 13 de la ley 80 le son aplicables las
disposiciones comerciales y civiles pertinentes en aquellas materias no reguladas por el
Estatuto General de Contratación.
OBJETO: El presente Reglamento de Contratación tiene como propósito fijar directrices,
lineamientos y estándares de carácter obligatorio, para agilizar y homogenizar las
acciones que se desarrollan en las diferentes etapas del proceso contractual que
necesita CORTOLlMA, para el cumplimiento de sus funciones, metas y objetivos.
PRINCIPIOS: Las actuaciones de los funcionarios que intervengan en la contratación se
desarrollarán de conformidad con los postulados que orientan la función administrativa,
teniendo siempre en consideración que con la celebración de actos contractuales y la
ejecución de los mismos, CORTOLlMA busca el cumplimiento de los fines Estatales, la
ejecución de las politicas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y
recursos naturales renovables, asi como dar cumplida y oportuna aplicación a las
disposiciones legales vigentes, sobre su disposición, administración, manejo y
aprovechamiento de conformidad con las regulaciones, pautas y directrices expedidas
por el Ministerio de Ambiente y desarrollo sostenible.
Para tal efecto, el proceso contractual se regirá con sujeción entre otros a los siguientes
principios:
Transparencia:
Mediante el cual, se busca garantizar la imparcialidad y la igualdad de
oportunidades en los procesos de contratación.
Economía:
Pretende suprimir trámites, requisitos y autorizaciones innecesarias que
entraben los procesos de contratación.
Planificacíón:
La planeación de la actividad contractual de las entidades estatales
significa que, contrariamente a la improvisación, éstas deben previamente a la iniciación
del proceso de contratación realizar los estudios tendientes a determinar la oportunidad
'} y conveniencia del contrato, asi como la adecuación a los fines de la entidad contratante,
J
a su plan de inversiones y a su presupuesto.
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SEDE CENTRAL
Cra.
5'.
Av. Drl Ferrocarril, Caltt!!44
Tels.,
(8) 2654551/52/54/55
Fa,,: (S)
2654553
-2700120
t-Mail: cortolima@corto/imo.qqll.C'O
W www.cortollmo.qoll.co
IbaQut' - Tollm" _ ,,,Iombio
Dlrrcción TrrritDr/of Sur:
Ce. Ka/afomo
Cra,
8
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7-14/28
01301-303
Trlrfox.:
(8) 1461779
Chaparral
Dirección Trrr/torsal
Nortr:
Cro,6No.4-37
Tele/ax.' (8) 2530115
Arm Guayabol
Dlrec:¡;ión Territorial
SUruf/,on!e:
Calle
6
No.
23 .37
Piso 2
Tf!/efax:
(8) 2456876
M"lgor
O/melón ferritariD!
Oriftnte:
Cro. 4No. 811.27
reir/o".: (8)
1281204
Puri/lcación
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RESOLUCiÓN No
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Corporación Autónoma
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Por medio de la cual
se
adopta manual de contratación de la Corporación
Autónoma Regional del Tolima "CORTOL/MA".
Responsabilidad:
Busca que la gestión pública se desarrolle de manera diligente, recta
y transparente, fijando responsabilidades en los servidores públicos y contratistas de la
administración que participen en la actividad contractual.
Primacia de lo sustancial sobre lo formal:
En aplicación a lo establecido por el
Articulo 228 de la Carta Política en los procesos de selección, debe primar lo sustancial
sobre lo formal, y en particular se debe atender las reglas de subsanabilidad de los
requisitos habilitantes del proponente.
Debido Proceso:
El proceso contractual deberá garantizar a todos los particulares que
colaboran en el trámite de contratación estatal, una recta y cumplida decisión sobre sus
Derechos, yen materia sancionatoria se deberá adelantar un procedimiento minimo que
garantice al afectado ejercer su derecho a la defensa y presentar las pruebas que estime
convenientes.
Selección objetiva:
Resulta imperativo para CORTOLlMA, cualquiera que sea el
procedimiento de selección al que acude para la escogencia del proveedor o prestador
del bien o servicio requerido, desatender cualquier motivación subjetiva que conlleve al
desconocimiento de los principios contractuales.
Participación:
Atendiendo lo preceptuado por el Articulo 2 superior, CORTOLlMA al
Desarrollar su actividad contractual deberá asegurar mecanismos idóneos de
participación ciudadana, en particular los contemplados en los Articulos 63 y 66 del
Estatuto General de Contratación.
Publicidad: La dependencia encargada de Contratación de CORTOLlMA, deberá
garantizar la publicidad de los procesos publicando en el portal www.contratos.gov.co y
en la página de la corporación todos los procedimientos y actos asociados a los
)procesos de contratación, salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva y los
I
actos que por disposición legal estén exceptuados de dicha publicación.
TITULO I
AMBITO DE APLICACiÓN
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SEDE CENTRAL
Croo
S'.
Av, D"I
Ferrocarril, Cal/••
44
T",ls_ (8) 2654551152/54/55
Fax:(S}
2654553
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E.MoH. c:ortofimo,ecorto/imo.qov.co
W"b.~!!5'lImo.qov.co
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Tollmo - Colombia
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(8) 2452779
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Norte:
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(8)
2530115
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Dirf'cción T"rrlto,lal
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Calle
6
No.
23 .37
Piso 2
T"/"Iox.:
(8) 2456876
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Direcdón TerritoriO!
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No. Si -17
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1181104
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