Resolución N° 3442 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-10-11 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881828606

Resolución N° 3442 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-10-11

Fecha11 Octubre 2017
Número de resolución3442
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
RESOLUCIÓN
(
Lel3
4 42
1
.
1 OCT 2017'
Por
Por medio de la cual se liquida una obligación, y se hace exigible un pago.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
Corporación Autónoma
Regional dei Tolima
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 31, numeral 9 de la Ley 99
de 1993, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 establece el cobro de Tasas la utilización de aguas por personas
naturales o jurídicas, públicas o privadas, cobro fijado por el Gobierno Nacional que se destinarán al
pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos, para los fines establecidos por
Ambiente, Decreto 2811 de 1974, el Gobierno Nacional calculará y establecerá las tasas a que haya
lugar por el uso de las aguas.
Que el artículo 1° del Decreto 155 de 2004, reglamenta el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 en lo relativo
a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas estuarinas, y las aguas
subterráneas, incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales.
Que el Artículo 4° del Decreto 155 de 2004, determina que todos los sujeto pasivos o personas naturales
o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico en virtud de una concesión de aguas,
están obligados al pago de la tasa por utilización del aguas.
Que el Artículo 6° del Decreto 155 de 2004, establece que la tasa por utilización del agua se cobrará
por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de los límites y condiciones establecidos en la
concesión de aguas.
determina la forma del cálculo de la tarifa de la Tasa por utilización de aguas o del monto a pagar. El
valor a pagar por cada usuario estará compuesto por el producto de la tarifa unitaria anual de la tasa por
utilización de agua (TU), expresada en pesos/m3, y el volumen captado (V), expresado en metros
cúbicos (m3), corregido por el factor de costo de oportunidad.
Que PEDRO JESUS PINTO VELANDIA identificado con CC/NIT 5539132 sujeto pasivo que capta
agua de Quebrada La Guaduala , concesión registrada bajo la llave 2855, adeuda a la Corporación
Autónoma Regional del Tolima CORTOLIMA desde 2009 - 1v hasta 2015-1 la suma de
SETENTA
Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS($79.866.00) MCTE
distribuidos así:
$34.516.00 de capital y $45.350.00 de intereses por mora.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
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SEDE CENTRAL
Cra. 5c. Av. Del Ferrocarril, Calle 44
Dirección Territorial Sur
Extensión: 401- 406
Dirección Territorial Norte:
Extensión 400-408
Dirección Territorial Oriente:
Extensión 403-400
Dirección Territorial Oriente:
Extensión 402 -407
Teléfonos: (578)2653260 - 2655444 - 2657775 2655452 - 2655446 - 2660101 -
Telefax: (578)2462779
Telefax:(578)- 2890024
Telefax: (578)2456876
Telefax: (578)2281209
2640517 2660149 - 2657186 - 2654940- 2654555 - 2654554 -2655378
C.C. Kalarama Cra. 8 No.
Calle 20 Sur No 6-81
Calle 6 No. 23- 37 segundo piso,
Cra. 9 No. 8- 120,
Línea Nacional: 018000956666 desde el resto del País
E-Mair
.
cortolirna@cortolitnagovco - Web: www.cortolimaaozco
7 - 24/28 Ofi, 301-303,
Chaparral
Tolima
Avenida los Palmos Predio
Casa Verde
Lérida - Tolirna
Melgar
- Tolima
Purificación -
Tolima
lbagué - Tolima - Colombia

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