Resolución Nº 3483 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 03-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 852321807

Resolución Nº 3483 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 03-01-2019

Fecha03 Enero 2019
EmisorSala de definición de situaciones jurídicas (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)

Para responder cite: 20193350000813

20193350000813

SDSJ

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

SUBSALA SEXTA

Bogotá D.C., 3 de enero de 2019

Resolución N° 10

VISTOS

Se resuelve sobre la libertad transitoria, condicionada y anticipada conforme al artículo 51 de la Ley 1820 de 2016, solicitada[1] por el sargento del Ejército Nacional DAGOBERTO ALFONSO BUSTAMANTE, identificado con la cédula de ciudadanía N° 77.191.115.

ACTUACIÓN PROCESAL

  1. De acuerdo con el reparto realizado por la Secretaría Judicial, mediante resolución N° 000396 del 5 de junio de 2018, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz asumió el conocimiento del caso y solicitó al Departamento de Atención a Víctimas de la Secretaría Ejecutiva de la JEP la ubicación de las posibles víctimas reconocidas dentro del proceso o los procesos en los que haya estado vinculado Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza. Así mismo, otorgó el término de 5 días hábiles al Ministerio Público para que se pronunciara si lo consideraba pertinente.

  1. Ese mismo día, a través la resolución N° 000401, se solicitó a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá y al 3° de Medellín, así como a la Fiscalía 66 Especializada de DDHH y DIH, información respecto a los procesos en donde el compareciente estuviera condenado o vinculado.

  1. El 19 de junio de 2018, el compareciente reafirmó los compromisos adquiridos con la suscripción del acta N° 300447 del 25 de abril de 2017, e informó que respecto a las formas de contribución al esclarecimiento de la verdad a favor de las víctimas “estaba dispuesto a aportar plena verdad sobre mi responsabilidad y participación en los hechos que fueron investigados, aclarando cuales fueron los reales acontecimientos y materialidad de las muertes investigadas” y frente a la reparación de las víctimas, indicó que, “dada mi incapacidad económica, puedo hacerlo de manera inmaterial y simbólica de la forma que le impongan, incluido el perdón público que le debo a los familiares de las víctimas, me atengo a las disposiciones que para este tema la JEP tenga a bien imponerme”[2] .

  1. El 26 de junio de 2018, el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá informó que estaba a cargo de la vigilancia de las condenas impuestas a Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza dentro de los procesos N° 156933107001201200002 y 200013104004200900278, destacando que en este último se le había concedido la libertad transitoria condicionada y anticipada, mediante auto del 6 de marzo de 2018 y que respecto del primero se estaba a la espera del oficio de verificación para pronunciarse sobre la procedencia del beneficio, sin que aportara copia de las piezas procesales solicitadas.

  1. El 6 de julio de 2018, mediante la resolución N° 000743, se solicitó al Juzgado 3° Penal del Circuito Mixto de Valledupar (César), copias de las decisiones de fondo que se hubieran proferido dentro de los radicados N° 2014-00067 y N° 2017-00053 y se requirió al Juzgado 21 Penal Militar de Valledupar para que informara si en ese despacho se seguía alguna actuación contra Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza.

  1. El 30 de julio de 2018, el Juzgado 21 Penal Militar de Valledupar remitió la solicitud al Juzgado 31 de Instrucción Penal Militar, despacho que el 6 de agosto siguiente, informó que en el Juzgado 90 homólogo se adelantó la investigación penal N° 1788-J90IPM por el delito de homicidio, la cual fue remitida por competencia a la Unidad Especializada de Delitos contra Desaparición y Desplazamiento Forzado de Santa Marta (Magdalena), mediante el oficio N° 643 del 3 de septiembre de 2013.

  1. El 20 de septiembre de 2018, a través de la resolución N° 001398, se reiteró la solicitud hecha al Juzgado 3° Penal del Circuito Mixto de Valledupar, se solicitó al compareciente que de manera expresa manifestara si era su deseo continuar con el trámite ante la Jurisdicción Especial para la Paz[3], así como que entregara a la Sala de manera escrita su compromiso concreto, programado y claro en relación con su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas, a la verdad plena, a la reparación integral y a la no repetición, sin que a la fecha se haya recibido su respuesta.

  1. El 24 de octubre de 2018, se recibieron los expedientes físicos de los procesos N° 156933107001201200002 y 200013104004200900278, remitidos por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá.

  1. El 30 de octubre y el 19 de noviembre de 2018, se solicitó a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas la remisión del expediente físico N° 2017-00053, como quiera que el Juzgado 3° Penal del Circuito Mixto de Valledupar informó que dicho expediente fue remitido a la Jurisdicción Especial para la Paz desde el 31 de julio de 2018.

  1. De otro lado, a través del enlace que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y el Ministerio de Defensa Nacional establecieron para los casos de miembros de la fuerza pública, el 16 de noviembre de 2018, se logró obtener copia de la totalidad de las piezas procesales de las actuaciones que se siguen contra Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza.

  1. El 6 de diciembre de 2018, el despacho recibió el expediente N° 2017-00053, por parte de la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

  1. Así, entonces, se logró establecer que el sargento Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza fue condenado en dos procesos y está siendo juzgado en otros dos, como adelante se relaciona:

a. Radicado N° 156933107001201200002:

Autoridad judicial que conoce el caso: Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá.

Calidad del sujeto: Se vinculó a Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza como cabo primero del Ejército Nacional[4].

Fecha de los hechos: 22 de junio y 17 de julio de 2004.

Estado actual del proceso:

-Condenado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Santa Rosa de Viterbo el 15 de mayo de 2012.

-Decisión confirmada por el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo el 3 de septiembre de 2015.

-El 31 de agosto de 2016, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación presentada por el defensor de Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza.

Delitos: Homicidio en persona protegida, secuestro simple agravado, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas y destrucción, supresión u ocultamiento de documento público y privado.
Víctimas: el menor LOH (17 años) y Jhon Fredy Niño Carreño. (Caso 110)[5].

Privado de la libertad por cuenta de este proceso.

b. Radicado N° 200013104004200900278:

Autoridad judicial que conoce el caso: Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Facatativá.

Calidad del sujeto: Se vinculó a Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza como sargento del Ejército Nacional[6].

Fecha de los hechos: 14 de mayo de 2007.

Estado actual del proceso:

-Condenado por el Juzgado 4° Penal del Circuito de Valledupar el 14 de septiembre de 2010.

-Decisión confirmada por el Tribunal Superior de Valledupar el 13 de junio de 2011.

-El 26 de noviembre de 2014, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación presentada por el defensor de Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza.

-El 6 de marzo de 2018, se le otorgó la libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Delito: Homicidio en persona protegida.
Víctimas: Andrés Alfonso Ramírez Cantillo, Edilberto Hernández y Johan Caicedo Ávila. (Caso 110C)[7].

c. Radicado N° 200013104003201700053:

Autoridad judicial que conoce el caso: Juzgado 3° Penal del Circuito Mixto de Valledupar.

Calidad del sujeto: Se vinculó a Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza como sargento segundo del Ejército Nacional[8].

Fecha de los hechos: 1° de abril de 2007.

Estado actual del proceso:

-El 14 de marzo de 2017, Dagoberto Alfonso Bustamante Mendoza aceptó su responsabilidad ante la Fiscalía 66...

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