Resolución N° 3660 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-30 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881862141

Resolución N° 3660 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-30

Número de resolución3660
Fecha30 Agosto 2011
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
-
6
v,
REsoLuclf~ó..
3 6 6 O
( .3 ' A"O"O )
Corporaci6nAutónoma
U . b
L.
11
RegioMI del To!ima na
"Por la cual se decide de fondo una actuación administrativa y se dictan ot~~;' - .
na
medidas"
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLlMA"
"En uso de sus facultades de orden legales
y
Constitucionales, en especial las
conferidas por la ley 99 de 1993 y ley 1333 de 2009, y
OBJETO
Procede el despacho a pronunciarsede fondo respecto de la actuación
administrativa adelantada en contra de la FISCALIA GENERAL DE LA NACION
SECCIONAL TOLlMA, representada legalmente por el señor GERMAN AUGUSTO
VILLEGAS, o quien en el futuro haga sus veces, y el INSTITUTO NACIONAL DE
MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENCES CON NIT. 0900335698-3,
representada legalmente por el señor JUAN ANGEL ISAAC LLANOS o quien en el
futuro haga sus veces, el primero por permitir el vertimiento de aguas residuales
procedentes de la Morgue a un afluente dei Río Combeima
y
el segundo por los
vertimientos de residuos líquidos y sólidos a la margen derecha del canal o caño,
afluente del Río Combeima provenientes de la actividad desarrollada dentro de las
instalaciones del Instituto, además de los olores ofensivos generados por la actividad
allí desplegada, sin el respectivo permiso otorgado de la autoridad ambiental
competente, a ello se procede previas las siguientes,
HECHOS Y ANTECEDENTES
Dio inicio al presente tramite sancionatorio memoriales suscrito por la comunidad
donde ponen en conocimiento de esta Corporación que por la quebrada afluente del
Río Comeima recibe los desechos de la Morgue de la Fiscalía, lo cual representa un
peligro ambiental para las personas que residen allí convirtiéndose en un foco de
infecciones
y
mosquitos, el vertimiento de aguas servidas
y
parte de órganos de
cadáveres provenientes de la unidad de la morgue perteneciente a medicina legal
que genera malos olores.
Que la Corporación realizo visita al sitio de los hechos con la finalidad de verificar la
ocurrencia de una conducta, determinar si era constitutiva de infracción ambiental o
SEDE~TRAL;
I
DiIecddn Territorial
I
Dirección Territorial
I
Díff!ccIdn Territorial
I
Dirección TenitcriaI
0>1.
5., .olv.DrJ Ft!mJc.mi,
e.
44
Sur;
Norte; 5uorienle..
C>r/efJte;
T~(8)2654S5J/WS4/55 CC_
0>1.6
No.
4_]7
QoIII!7No.22-6I 0>I4No.8"-2?
"P.
(8)~
-2?1JOJlO
0-&,
8M>,7-1~18 _O!rltrl>
PtsD1, Tt/efilx,.(8)1181104
EM6II:
,"''¡¡¡i",,,.,rq'>'Ii/I!4AA
.-0 Of.J()J.J(1J T_,: (8)1DOLJ5
i
T~.:
(8)2456816 pt,jIIcKiIJn
ltI!tI:
,"'"W'-'''fi'U'''''
,,,'L'.'"
Teéti1x.:
(8)2462779' ~
Gu.oy MdgM
J~ -
TaIimd- CoIombi6 Ch.fpMr6I
.-
61
-
.
~.:t
O(/~
c~ ••
RESOLUCI!IiiO:.
3 6 6 O
Co,p''''';6, A"'ÓMm.
'3 O AGO 2011 )
Regi"o:~1~.e!
To¡~~~.~:
si se habra actuado al amparo de un eximente de responsabilidad, diligencia llevada
a cabo el día 9 de Diciembre de 2009. donde se identificó el vertimiento de aguas
por al marguen izquierda de un caño antes de un puente, presuntamente
proveniente de las unidades de la morgue, por donde se descargan aguas servidas y
partes de cadáveres lo que ha generado molestias en los alrededores por los malos
olores, aspecto que en el momento e la diligencia no se observó, que sin embargo si
se evidencio los vertimientos de aguas residuales provenientes como se dijo de la
Unidad de Medicina Legal adyacente a la Fiscalia.
Que como consecuencia de lo anterior la Corporación mediante acto administrativo,
resolución No. 0858 de 18 de Marzo de 2010, avoco conocimiento y declaro abierta
formal investigación, elevó piiego de cargos en contra de la Fiscalía General de la
Nación Seccional Tolima por los vertimientos realizados al Afluente del Río
Combeima
y
los olores ofensivos, que notificado el ente encartado por edicto este
dio contestación del pliego dentro del término legal.
Expuso menciona su escrito de descargos la Fiscalía que no existe relación de
causalidad probatoria entre la Fiscalía General de la Nación, Seccional Ibagué y la
Morgue en cita, que mediante escritura pública No. 740 de la Notaria Sexta del
Circulo de lbagué se Iíevó a cabo la sección del Terreno que hoy ocupa el Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, ente que pertenece a la Rama
Judicial y se encuentra adscrito a la Fiscalía General de la Nación como
Establecimiento de orden nacional, ente descentralizado, autónomo, dotado de
personería Jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa de
conformidad con la ley 938 de 2004, Titulo
111,
Capitulo 1,artículo 33, solicitando la
terminación del procedimiento.
Que como consecuencia de lo anterior, la Corporación procedió a vincular al
presente trámite sancionatorio al Instituto de Medicina Legal
y
Ciencias Forenses,
mediante resolución No. 2396 de 17 de Agosto de 2010, por la generación de
vertimientos de residuos líquidos y sólidos al canal o caño afluente del Río
Combeima, además de los olores ofensivos provenientes de la actividad
desarrollada en la Margue, que notificado personalmente el ente vinculado procedió
a dar contestación del pliego de cargos mediante apoderado judicial dentro del
término legal.
SEDf'CEN""'..
1_''"''''''''_''"'''''''1_''"''''''''
","";in,,",,,,,,,
0<1',5~.
A.,Dd~,
~'H
Sur: Notte: 5urorienle:
0rIentJ?:
Tt'is.:(I))~5Sl/5ZIW55
cc_
~.6NQ.4_J7 ~?No.11-61 oa4NQ.8'-}?
f'a>r:(8)J6545SJ-llrJtJlJO 0lJ.8NQ.?-J4I18
_C6tTtJ Pi$:l2,
~.:(8)JJ8U(H
EH<.-rj>
Of.JQI-JO.]
r~_:
(8)J5JfJJl5, Telelax..
(8)2456876 ~
iIt"t': 1l1tU"
"",",,'mI.!
""!:.aI
'rele-",",:
(8)
146J?19, AmIt!ro
GlMy«»I ~
l~-T_-~ ~

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR