Resolución Nº 376 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 26-07-2021 - 29 de Julio de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 873481847

Resolución Nº 376 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 26-07-2021

Fecha de emisión26 Julio 2021
Fecha de publicación29 Julio 2021
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7196
RESOLUCIÓN No.
376
DE 20
2
6 JUL 2021
"Por la cual se hace
Ufl
nombramiento provisional"
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de las facultades legales. en especia] las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004
y
el Decreto
Nacional
1083
de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el Decreto de
Nombramiento No. 001 del F de enero de 2020 y
CONSiDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 141 del 14 de abril de 2021. se modificó la planta de empleos de la
Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogotá. D.C.
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo
establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que será adelantado por la
Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Que los artículos 2.2.5.31. y 2.2.5.3.3. Decreto 1083 de 2015. modificado por el Decreto 648 de 2017,
respectivamente establecen como tbna de provisión para vacancias definitivas como temporales en empleos
de carrera administrativa, la posibilidad de proveerlos transitoriamente mediante encargo o llombrarniento en
provisionalidad. en la cual la persona que se vincula bajo esta modalidad lo hace hasta que concurran causales
objetivas para su terminación, como son entre otros, mientras se surte el proceso de selección, o se hace uso
de la lista de elegibles, o quien tenga la titularidad de los derechos de carrera retorne al empleo que ocupa, o
por sanciones disciplinarias. mnsubsistencia. renuncia aceptada y demás causas legales objetivas que conducen
a la terminación del encargo o del nombramiento en provisionalidad, incluso antes de cumplirse su tiempo de
duración como lo indica el articulo 2.2.5.3.4 de la disposición mencionada.
Que la Comisión Nacional del Servicio
Civil,
mediante Circular CNSC No.003 de 11 de junio de 2014,
dirigida a los Representantes Legales y Jefes de Unidades de Personal. seflala los efectos del Auto de
Suspensión proferido por el Consejo de Estado, indicando quca partir del 12 de junio de 2014 no otorgará
autorizaciones para proveer transitoriamente empleos de carrera a través de encargo o nombramiento
provisional, mientras que dure la suspensión provisional ordenada por esa Alta Corte otorgando a las
entidades la facultad legal para proveer transitoriamente sus empleos que se encuentran en vacancia definitiva
o temporal.
Que. en la planta de personal de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. no existen
funcionarios de carrera administrativa que cumplan con los requisitos y los perfiles para ser encargado, en el
siguiente empleo:
No. Empleos
Denominación
Código
Grado
Dependencia
OPEC
Pr!e,ionI
.,
Didón de Rpri6ii
676
Vni
ersilarlo
tntegriI
Cra8No 10-65
Código
p05*al
111711
0
00
TeU
381 3000
w bDgota.gov
co
oe
B~A
nc.
Info. Lirien
195
4203000-FT-997 Versión 02

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