Resolución N° 3767 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-11-16 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881865021

Resolución N° 3767 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-11-16

Fecha16 Noviembre 2016
Número de resolución3767
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCIÓN
.
1111111
-
:3
7
6 7
( 1 6 NOV 2016 )
Corporación Autónoi
Regionai de Tolir
"Por la cual se ordena el pago de una tarifa por el seguimiento ambiental y se
establecen otras disposiciones"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA - CORTOLIMA -
En uso de sus facultades, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, Ley
633 de 2000, Resolución 583 del 30 de marzo de 2015, Resolución No. 2637 de
noviembre 5 de 2014, modificada con las Resoluciones No. 261 del 16 de febrero
de 2015 y 1595 del 30 de junio 2015, las demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1.
OBJETO:
Procede este despacho a estudiar las diligencias contenidas en el expediente N°
2272 de acuerdo al cobro de tarifa por el seguimiento ambiental correspondiente a
la concesión de aguas otorgada a los señores José Emilio Gaona G, Noé Galviz
García y Nasly Manen Alarcón Guzmán, de la quebrada "El Venado", en cantidad
de 0.444 L/Seg., para beneficio de los predios "Buenos Aires", "Las Marías" y "El
Triunfo",
ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de Cajamarca,
departamento del Tolima.
Previo a tomar la decisión en el presente caso, se detallan los siguientes aspectos:
2.
ANTECEDENTES:
a. Mediante resolución No. 1526 del 21 de noviembre de 2005, CORTOLIMA
otorgó concesión de aguas a los señores José Emilio Gaona G, identificado
con cédula de ciudadanía No. 2.256.501, Noé Galviz García, identificado con
cédula de ciudadanía No. 6.010.813 y Nasly Marlen Alarcón Guzmán,
identificada con cédula de ciudadanía No. 28.949.779, de la quebrada "El
Venado", en cantidad de 0.444 USeg., distribuidos así:
Predio "Buenos Aires" 0.146 L/Seg.,
Predio "Las Marías" 0.218 L/Seg.,
Predio "El Triunfo" 0.080 L/Seg.,
04/
Página 1 de 10
SEDE CENTRAL
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
('ro. 5'. Av. Del Ferrocarril , Calle 44
Sur:
Norte:
Suroriente:
Oriente:
le),,:: (1) 2654551 52 54 55
C.C. Kalarama
Cra. 6 No. 4- 37
Calle 6 No. 23 -37 Piso
Cra. 4 No. 8°- 27
Fax: (8) 2654553
2700120
Cra. 8 No. 7 - 2428
Telefax.: (8) 2530115
'
2
Telefax.: (8) 1181204
E-Mail: conolima a corialima.goecn
Of 301-303
Armero Guayahal
Telefax.: (8) 2456876
Purificación
Weh:
1111 11•.cDr/Ohnhi.J.Y/1".<.>
Telefax.: (8) 2462779
Chaparral
Melgar
Ihnene
ínfima
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REsoLucióN
76 /
(
6 NOV 2016 )
Ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de Cajamarca,
departamento del Tolima, por el termino de diez (10) años, la cual se
encuentra vencida a la fecha (Folio 110 a 113).
b.
Mediante resolución No. 5227 del 21 de noviembre de 2011, CORTOLIMA
aprobó el Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua, presentado por los
señores José Emilio Gaona G, Noé Galviz García y Nasly Manen Alarcón
Guzmán, para beneficio de los predios "Buenos Aires", "Las Marías" y "El
Triunfo", ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de Cajamarca,
departamento del Tolima (Folio 138 a 140).
c.
El 30 de abril de 2015 la Subdirección de Calidad Ambiental de CORTOLIMA
realizó visita de seguimiento ambiental, a los predios "Buenos Aires", "Las
Marías" y "El Triunfo", ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de
Cajamarca, departamento del Tolima (Folio 147 a 158).
d.
La Subdirección Administrativa y Financiera de CORTOLIMA, realizó
liquidación de tarifa por el seguimiento ambiental a la concesión de aguas,
correspondiente al periodo comprendido entre el 25 de diciembre de 2010 al
24 de diciembre de 2011, arrojando el valor a cobrar la suma de UN MILLÓN
DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS
($1.277.044.00) M/CTE (Folio 163).
e.
La Subdirección Administrativa y Financiera de CORTOLIMA, realizó
liquidación de tarifa por el seguimiento ambiental a la concesión de aguas,
correspondiente al periodo comprendido entre el 25 de diciembre de 2014 al
24 de diciembre de 2015, arrojando el valor a cobrar la suma de TRES
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO
PESOS ($3.691.128.00) M/CTE (Folio 164).
3.
CONSIDERACIONES TECNICAS:
La Subdirección de Calidad Ambiental de CORTOLIMA realizó visita de seguimiento
ambiental el 30 de abril de 2015, a los predios "Buenos Aires", "Las Marías" y el
"Triunfo", ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de Cajamarca,
departamento del Tolima, con informe fechado del 4 de mayo de 2015, que en su
tenor literal expresa:
"( ...) V. Conclusiones:
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SEDE ( 'ENTRA1.
Dirección irrrnorial
Dirección lerrnoruil
Dirección
14.,11,1,11
Dirección fel
-
mol
-
n(1
ira. 51 Av. Del Ferrocarril , l'alle 44
Sur:
Norte:
Surorienie:
Oriente:
Tele: 603 2654551 52 54 55
C.1. Kalarciina
('pa. 6 No.
4 37
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Ve. 23 -3
.
Invo
1
ra 4N!,. N" - :-
Fax.
-
(8) 2654553 2700120
l'rit. 8 No.
7
2420
Melar .- 181 2530115
2
lele.1
,
-
,
.• (8') 2281204
4.
huí: coriohnui a cornihniccgov.ro
Oí 301-303
Armero( inayahal
lelcla.v.: (8) 24568:
-
6
Purificación
Weh: ulyn.coriolinurgóc.co
irlefecr.: (N) 2462779
3
lelgar
Ihinnte liilona 1'oloinhirr
Chaparral
RESOLUCIÓN
III E
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4
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7
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1 6
NOV
2016
)
Corporación Autónoi
Tolir
Realizada la visita a los predios BUENOS AIRES, LAS MARÍAS Y EL TRIUNFO se
puede concluir:
1.
Existe captación en los predios BUENOS AIRES, LAS MARÍAS Y EL TRIUNFO de
las aguas de la Quebrada el Venado, otorgadas por CORTOLIMA mediante
Resolución No. 1526 del 21 noviembre 27 de 2005.
2.
En el sitio de captación ubicado en las coordenadas N 4.45620°, W 75.42344° t
2.184 msnm., se observa que el agua es captada directamente de la Quebrada el
Venado por una manguera de 2
1
/
2
, que conduce el agua hasta un tanque de
cemento, del cual sale una maguera de 2" que un trayecto de 1m. se
reduce a 1"y
conduce el agua hasta un tanque de reparto, ubicado aproximadamente a 400 m.
en las coordenadas N 4.45373°, W 75.42344° y 2.140 msnm., de este tanque salen
tres (3) mangueras de
1
/
2
",ubicadas a un mismo nivel, a una altura de 0.51 m., que
conducen el agua a cada uno de los predios.
3.
Las obras de captación, conducción y almacenamiento se encuentran en buen
estado, evidenciando que se les realiza periódicamente mantenimiento.
4.
En el sitio de captación, conducción y almacenamiento se observa una buena
cobertura vegetal con especies nativas como chusque (chusquea spp), cuando
higuerón (Ficus gigantosyce), alma negra (Andira tauro testiculata), plantanillo
(Heliconia sp.) y floramillo (Tabebuia ochracea).
5.
Se realizó aforo volumétrico del caudal de agua de la Quebrada el Venado que llega
a cada uno de los predios; arrojando los siguientes resultados:
PREDIO
CAUDAL AFORADO (L/S)
CAUDAL OTROGADO POR
CORTOLIMA (L/S)
BUENOS AIRES
0.059
0.146
LAS MARÍAS
0.069
0.218
EL TRIUNFO
0.079
0.080
TOTAL
0.207
0.444
Luego se está captando un menor caudal del concesionado por CORTOLIMA en la
Resolución No. 1526 del 21 de noviembre de 2.005
(Sic).
6.
El señor NOÉ GAL VIS GARCÍA, propietario del predio BUENOS AIRES informó que
el agua concesionada en el predio es empleada para consumo humano, doméstico
y agrícola; para uso agrícola es empleada en el beneficio del café, el cual se realiza
dos veces al año.
7.
El señor ORLANDO RIVERA, arrendatario del predio LAS MARÍAS informó que el
agua del predio es empleada para consumo humano y uso doméstico.
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SEDE ('EN771AL
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Cra
51
Av Del Ferrocarril , Calle 44
Sur:
Norte:
Suroriente:
Oriente:
Telx: (8) 2654551 52 54 55
CC. Kalarama
Cra. 6 No. 4-
37
Calle 6 No. 23 -37 Piso
('ea. 4 Nn. 8-27
Fax: (8) 2654553
2700120
Cra. 8 No. 7 - 2428
Telefax.: (8) 2530115
.
2
Telefax.: (8) 2281204
E-Mail: cortolimancortolima.goven
of 301-303
Armero Guayaba!
Telefax.: (8) 2456876
Purificación
Web: www.cortoliniagovco
Telefax.: (8) 2462779
Chaparral
Melgar
limpie - Tollina - Colombia
SEDE (Y..
.WM.41.
Dirección Terranrial
Dirección Teren,ruil
1 UreecIón lerrlunual
Dirección Territorial
Cra. 5". Av. Del Ferrocarril , Calle 44
Sur:
Norte..
Nur,,,,ode:
Oriente:
reís.: (09 2654551 52 54 55
e'.C. Kaknama
(
.
ra. 6 N, 4
3
-
( 'une 6 W, 23 -3
7
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(
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ra, 4 No. 8" - 27
Fax: 69 2654553 - 2700120
('ro. 8 No. 7
24 20
Telefax.: (0) 2530/15
'
Telefax.: (0) 2281204
E-A laii: conalinuedeoriolimaitor.co
Of 301-303
ArIllel, 1
;
11(11,lind
kis'fil.V..
(0) 2456076
l'unficaclan
Web: umle.cariolimajzoe.co
Telefax.: (8) 24627
7
0
.1Ielear
¡bague
Tollina
ColornIna
(Ylaparral
4
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RESOLUCIÓN
16
NOV
2016
8.
La
señora NASLY MARLEN ALARCÓN GUZMÁN, propietaria del predio el
TRIUNFO informó que el agua de/predio es empleada para consumo humano y uso
doméstico.
9.
El predio BUENO AIRES tiene un área de dos (2) hectáreas, en las cuales se
encuentra establecido cultivos de café de la verdad caturra y castilla, el perdió las
MARÍAS Y EL TRIUNFO cuentan con área de tres y media (3.5) y dos (2) hectáreas
respectivamente, dedicadas al cultivo de frijol.
10.
El predio BUENO AIRES y EL TRIUNFO cuentan con un pozo séptico para el
manejo de las aguas residuales de uso doméstico; el predio LAS MARÍAS no cuenta
con pozo séptico.
11.
Los predios BUENO AIRES, LAS MARÍAS y EL TRIUNFO tienen aprobado el Plan
de Uso Eficiente y Ahorro del Agua mediante la Resolución No. 5227 del 21 de
noviembre de 2.011
(Sic).
A continuación se evalúa el cumplimiento de los
(Sic).
actividades propuestas en el PUEAA:
COMPROMISOS Y ACTIVIDADES DEL PUEAA
CUMPLIMIENTO
CONSERVACIÓN DE LA FLORA DE LA FUENTE ABASTECEDORA CON
EL FIN DE PROCURAR MAYOR COBERTURA DE SECTORES DONDE
SE PUEDE VER AFECTADA POR EL PASO DE PERSONAS Y ANIMALES.
SI
SE
HA
CUMPLIMIENTO
DADO
PERMANENTE SUPERVISIÓN Y MANTENIMIENTO ADECUADO EN EL
SISTEMA DE CAPTACIÓN Y CONDUCCIÓN REALIZANDO CAMBIO SI SE
PRESENTA RUPTURAS CON EL FIN DE EVITAR FUGAS DE AGUA,
COMO TAMBÍEN EL LAVADO DE LOS TANQUE (Sic) CADA 20 DÍAS.
SI
SE
HA
CUMPLIMIENTO
DADO
REALIZAR CAMBIOS EN LLAVES Y DEMÁS PUNTOS TERMINALES QUE
PUEDAN PRESENTAR FUGAS.
SI
SE
HA
CUMPLIMIENTO
DADO
CONTINUAR CON EL ADECUADO MANEJO DE LOS SOBRANTES A LA
QUEBRADA
ABASTECEDORA,
EVITANDO
DERRAMES
SOBRE
TERRENOS VECINOS Y POSIBLE EROSIÓN DE LOS MISMOS.
SI
SE
HA
CUMPLIMIENTO
DADO
"( ) VI. RECOMENDACIONES
Los señores JOSÉ EMILIO GAONA G., NOÉ GAL VIS GARCÍA Y NASLY MARLEN
ALARCÓN GUZMAN deben continuar dando cumplimiento al Plan de Uso Eficiente y
Ahorro del Agua aprobado por CORTOLIMA mediante la Resolución No. 5227 del 21
noviembre de 2.011 (Sic) (...)"
"(...) El señor JOSÉ EMILIO GAONA G. propietario del predio LAS MARÍAS debe
implementar un pozo séptico para el manejo de las aguas residuales de uso doméstico (...)"
RESOLUCIÓN IN
r
"
.
-
S 7 6 7
1 6 NOV 2016 )
4. ASPECTOS NORMATIVOS:
Corporación Autónoi
Regional del Tolir
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que les
corresponde a las autoridades ambientales recaudar, conforme a la ley, las
contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables y fijar su monto en el
territorio de su jurisdicción.
Que el artículo 46 numeral 11 de la Ley 99 de 1993 estableció como patrimonio y
rentas de las Corporaciones, los derechos causados por el otorgamiento de
licencias, permisos, autorizaciones, concesiones y salvoconductos, de acuerdo con
la escala tarifaría que para el efecto expida el Ministerio de Ambiente.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, por la cual se modificó el artículo 28 de la
Ley 344 de 1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas
que cobrarán las autoridades ambientales por los servicios de evaluación y
seguimiento de los diversos instrumentos de manejo y control ambiental definidos
en la Ley y los reglamentos.
Que la resolución 1280 del 07 de Julio de 2010 establece la escala tarifaría para el
cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales,
permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control
ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 S.M.L.M.V y se adopta la
tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método
definido en el artículo 96 de la ley 633 para la liquidación de la tarifa.
Que CORTOLIMA en la resolución 2637 del 05 de noviembre de 2014 fijó el
procedimiento de cobro por servicio de evaluación y seguimiento ambiental
establecido en el artículo 96 de la ley 633 de 2000, adoptó la escala tarifaría para el
cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales,
permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control
ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 S.M.M.V. y la tabla única
para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método de la tarifa de
este cobro a que hace referencia la resolución del Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial No. 1280 del 07 de julio de 2010.
Así mismo, indicó esta Corporación que las tarifas máximas establecidas, deberán
ser actualizadas anualmente de conformidad con el índice de precios al consumidor
- IPC -, total nacional del año inmediatamente anterior, fijado por el Departamento
Nacional de Estadística — DANE -
cyo
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Gro. 5. Au Del Ferrocarril , Calle 44
Sur:
Norte:
Suroriente:
Oriente:
(8) 2654551 52 54 55
(7.C. Kalarama
Cra. 6 No. 4-37
Calle 6 No. 23 -37 Piso
Gro. 4 No. 8°-27
fax: (8) 2654553
27(10120
Cta, 8 No. 7 - 24(28
Telefax.: (8)2530115
2
Telefax.: (8) 2281204
E-Mail: cortolimaacortolima.gov.co
OÍ 301-303
Telefax.: (8) 2462779
Armero Guayaba,
- Telefccc.: (8) 2456876
Adelgar
Purificación
Web: www.cortolima.gov.ch
¡bague
Tolima - Colombia
Chaparral
7
RESOLUCILM
(
IB
!gni(
gn16 )
De la concesión de aguas:
(compilatorio del Decreto 1541 de 1978)
que en su tenor
literal expresa:
"(...) Artículo 2.2.3.2.5.3. Concesión para el uso de las aguas. Toda persona natural
o jurídica, pública o privada, requiere concesión o permiso de la Autoridad Ambiental
competente para hacer uso de las aguas públicas o sus cauces, salvo en los casos
previstos en los artículos 2.2.3.2.6.1 y 2.2.3.2.6.2 de este Decreto.
Artículo 2.2.3.2.24.2. Otras prohibiciones. Prohíbase también:
1. Utilizar aguas o sus cauces sin la correspondiente concesión o permiso cuando
este o aquellas son obligatorios conforme al Decreto-ley 2811 de 1974 y a este
Decreto, o sin el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 97 del
Decreto-ley 2811 de 1974 (...)"
5. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Que en consideración a lo anterior y a que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000 no
se refirió a los topes para proyectos, obras o actividades cuyo valor sea inferior a
2.115 salarios mínimos legales mensuales vigentes (S.M.L.M.V.), que
corresponden en su mayoría a los que
deben tramitar las autoridades
ambientales diferentes al Ministerio de Ambiente, fue necesario que este
estableciera una escala tarifaria para tales proyectos, obras o actividades con el
fin de unificar la aplicación del sistema y método definido por la Ley.
Que el hoy Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió la
resolución No. 1280 de junio siete (7) de 2010, mediante la cual se estableció la
escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las
licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones
y
demás instrumentos
de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
S.M.L.M.V., se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en
el sistema y método de la Ley 633 para la liquidación de la tarifa.
Que se aplicó el I.P.C. vigente para el año correspondiente, según la respectiva
liquidación ejecutada.
Que los señores José Emilio Gaona, Noé Galviz García y Nasly Marlen Alarcón
Guzmán, no presentaron los costos de inversión y operación, en consecuencia, se
procedió a aplicar la escala de tarifa plena, para el cobro de los servicios de
evaluación y seguimiento de las Licencias Ambientales, Permisos, Concesiones y
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SEDE l'ENTRAL
l'ra. 571,. DA Ferrocarril , (*une 44
Dirección Territorial
Sur:
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I
Cc
1011 1,111,41W
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Dirección Terrnorial
Orienie.•
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2654551 52 54 55
Kalamma
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No.
4
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-
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011e O Nr
25-SEo
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4 No
-
Lux: (0)2654553
2700120
Cra. 8 No. 7 - 2420
Teldax..• (N) 2530115
(8)
2281204
E-A
lad coriolnna U cortolinia.conuo
Df. 301-303
Telefivr... (8) 2462779
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(o.,
245(0-0
Purificación
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Ir.cvnolimamov,co
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Tolima
Chapurra,
84
RESOLUCIÓN
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7
(
6 NOV 2016 )
Corporación Autónoi
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-
nlir
demás instrumentos de manejo y control ambiental, establecidas en la Resolución
No. 1280 de Julio de 2010 y la Resolución No. 2637 del 05 de noviembre de 2014,
modificada por la Resolución No. 0216 del 16 de febrero de 2015, emitidas por
CORTOLIMA.
Que el resultado de los valores a cobrar por concepto de seguimiento ambiental a
la concesión de aguas otorgada por CORTOLIMA a los señores José Emilio Gaona,
Noé Galviz García y Manen Alarcón Guzmán, de la quebrada "El Venado", en
cantidad de 0.444 L/Seg., para beneficio de los predios "Buenos Aires", "Las
Martas" y "El Triunfo", ubicados en la vereda "El Espejo", del municipio de
Cajamarca, departamento del Tolima, correspondiente a los periodos
comprendidos:
Entre el 25 de diciembre de 2010 al 24 de diciembre de 2011, arrojando
el valor a cobrar la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y
SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS ($1 .277.044.00) M/CTE.
Entre el 25 de diciembre de 2014 al 24 de diciembre de 2015, arrojando
el valor a cobrar la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA
Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS ($3.691.128.00) M/CTE.
Las sumas establecidas deberán ser canceladas dentro de los diez (10) días
siguientes a la ejecutoria de la providencia que así lo disponga.
Para efectos de acreditar la cancelación del costo indicado y de continuar con el
respectivo trámite, los usuarios deberán presentar copia del recibo de consignación,
dentro de los tres días (3) siguientes a la fecha de pago, en la Oficina Jurídica y en
la Oficina de Ingresos y Pagos de esta entidad.
Adicionalmente, con la intención de informar sobre la liquidación de las tarifas de
seguimiento ambiental futuras; CORTOLIMA emitió la resolución No. 2637 del 05
de noviembre de 2014, modificada por la resolución No. 0261 del 16 de febrero de
2015:
"(...) Por la cual se adoptan los parámetros y el procedimiento para el cobro de
tarifas por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental; de las
licencias, permisos, concesiones, autorizaciones, demás instrumentos de control y
manejo ambiental y se dictan otras disposiciones (...)"
De la concesión de aguas:
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SEDE CENTRAL
Direeeket Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
(ra. 57 A. Del P
.
errocarril , Calle 44
Sur:
Norte:
Suroriente:
Oriente:
Tels.: (N) 165455) 52 54 55
C.C. Kalarama
Cra. 6J1. 4-37
Calle 6 No. 23-37 Piso
Cra.
4
No. 8-27
his: (N) 1654553
1700)20
Cra. 8 No. 7 - 24 28
Telefax.: (8) 2530115
2
Telefax.: (8) 2281204
E-Mail
-
coriolima a comohmagop.00
Qf
301-303
Armero Guavahal
Telefax.: (8) 2456876
Purificación
Web: 11-1...carlollniagol,u,
Telefax: (8) 2462779
(liaparral
Melgar
lhogne
Tollina
(Wotahla
RESOLUCIÓN
(
r
hinky gn16 )
Corporación Aidoccii
Se refleja en el expediente que la concesión de aguas otorgada por CORTOLIMA
por medio de la resolución No. 1526 del 21 de noviembre de 2005, fue concedida
por el término de diez (10) años; precitada resolución quedó debidamente
ejecutoriada el 20 de diciembre de 2005, fecha de la cual se hace el conteo del
termino de vigencia de la concesión, la cual se venció el 20 de diciembre de 2015.
Que de acuerdo a la visita llevada a cabo por funcionarios de la subdirección de
calidad ambiental el 30 de abril de 2015, se evidencio el uso de las aguas
provenientes de la quebrada "El Venado" para beneficio de los predios "Buenos
Aires", "Las Martas" y "El Triunfo" por lo tanto, este Despacho considera pertinente
que los señores José Emilio Gaona G, Noé Galviz García y Nasly Marlen Alarcón
Guzmán, inicien ante Cortolima nuevamente, el trámite de concesión de aguas,
debido a que se están beneficiando de ella y a la fecha se encuentra vencida, en
consecuencia, se va a efectuar el requerimiento respectivo advirtiéndoseles que en
caso de incumplimiento se convertirán en usuarios ilegales, haciéndose cada uno
acreedores a las acciones administrativas de rigor.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Ordenar a los señores José Emilio Gaona, identificado con
cédula de ciudadanía No. 2.256.501, Noé Galviz García, identificado con cédula de
ciudadanía No. 6.010.813 y Nasly Marlen Alarcón Guzmán, identificada con cédula
de ciudadanía No. 28.949.779, con dirección de correspondencia en la oficina la
UMATA del municipio de Cajamarca en el departamento del Tolima y número
celular, José Emilio Gaona 3209826890, Noé Galvis García 3114980685 y Marlen
Alarcón Guzmán 3107555574, la cancelación de la suma de UN MILLÓN
DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS
($1.277.044.00) M/CTE., por concepto de tarifa de seguimiento ambiental a la
concesión de aguas, que beneficia los predios "Buenos Aires", "Las Martas" y "El
Triunfo" del municipio de Cajamarca, departamento del Tolima, por el periodo
comprendido entre el 25 de diciembre de 2010 al 24 de diciembre de 2011, de
conformidad con la parte motiva de esta providencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Ordenar a los señores José Emilio Gaona, identificado
con cédula de ciudadanía No. 2.256.501, Noé Galviz García, identificado con cédula
de ciudadanía No. No. 6.010.813 y Nasly Marlen Alarcón Guzmán, identificada con
cédula de ciudadanía No. 28.949.779, con dirección de correspondencia en la
oficina la UMATA del municipio de Cajamarca en el departamento del Tolima y
número celular, José Emilio Gaona 3209826890, Noé Galvis García 3114980685 y
Marlen Alarcón Guzmán 3107555574, la cancelación de la suma de TRES
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS
Página 8 de 10
SEDE (71:151TRAL
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Fax: (S) 2654553
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Mefiff.: (S) 2462779
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2016 )
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($3.691.128.00) M/CTE., por concepto de tan
i a de seguimiento ambiental a la
concesión de aguas, que beneficia los predios "Buenos Aires", "Las Marías" y "El
Triunfo" del municipio de Cajamarca, departamento del Tolima, por el periodo
comprendido entre el 25 de diciembre de 2014 al 24 de diciembre de 2015, de
conformidad con la parte motiva de esta providencia.
ARTÍCULO TERCERO.-
Las anteriores sumas deberán ser cancelada en el término
de diez (10) días siguientes a la ejecutoria de la presente resolución, en la entidad
bancaria BANCOLOMBIA con recibo de pago sistematizado, expedido por el área
de Ingresos y Pagos de CORTOLIMA, oficina ubicada en el 3° piso del Edificio
SEDE CENTRAL Carrera.
5
a
Av. Ferrocarril Calle 44, el cual deberá ser reclamado
en forma personal, o si la interesada lo solicita se le enviará vía correo electrónico,
según sea el caso.
PARÁGRAFO.-
Para efectos de acreditar la cancelación de los costos indicados,
los beneficiarios deberán presentar dos (2) copias de los recibos de consignación,
dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de pago, con destino a la Oficina
Jurídica y a la Oficina de Ingresos y Pagos de esta autoridad.
ARTÍCULO CUARTO.-
Las tarifas de seguimiento ambiental correspondientes a los
periodos subsiguientes serán liquidadas por la Corporación, ajustándolas de
conformidad con el Índice de Precios al Consumidor —IPC- vigente para el año
liquidado.
PARÁGRAFO.-
La extemporaneidad en la cancelación de la tarifa de seguimiento
ambiental, generará a favor de esta Corporación intereses moratorios y además
será causal para inicio de proceso sancionatorio.
ARTÍCULO QUINTO.-
Ejecutoriada la presente providencia, por secretaria,
remítase copia a la Subdirección Administrativa y Financiera de Cortolima, para que
a través del subproceso correspondiente se lleve a cabo la exclusión del número de
registro de la concesión de aguas.
ARTÍCULO SEXTO.-
Por secretaria notificar el presente acto administrativo a los
señores José Emilio Gaona, identificado con cédula de ciudadanía No. 2.256.501,
Noé Galviz García, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.010.813 y Nasly
Marlen Alarcón Guzmán, identificada con cédula de ciudadanía No. 28.949.779,
con dirección de correspondencia en la oficina la UMATA del municipio de
Cajamarca en el departamento del Tolima y número celular, José Emilio Gaona
3209826890, Noé Galviz García 3114980685 y Marlen Alarcón Guzmán
3107555574, de conformidad con los artículos 66,67 y concordantes de la Ley 1437
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SEDE t'ENTRA(
Dirección Territorial
Daveción Territorial
Dirección Territorial
Dirección Territorial
(ro. Y. .4v. Del Ferrocarril ,(*alle 44
Sur:
Norte,
Surorieme:
Oriente:
Tels:
(8)
2654551 52 54 55
C.C. Kalarama
Cra. 6 No. 4-37
Calle 6 No. 23 -37 Piso
Cra. 4 No. 8' - 27
Fax: (XO 2654553
2700120
era. 8 No. 7 - 2428
Telefax.: (8) 2530115
2
Telefax.: (8) 1281104
5-0./ail: ~tollina a' coriolimamoeco
Of 301-303
Armero Guayaba'
Telefax.: (8) 2456876
Purificación
Weh: www.corlohnia.uov.co
Telefax.: (8) 2462779
Chaparral
Melgar
lhague -
.
Tollina
(
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RESOLUCIÓN II
( TI NOV.2016 )
ARTÍCULO SEPTIMO.-
El presente acto administrativo presta merito ejecutivo al
tenor de los artículos 98 y 99 de C.P.A. y C.A., 86 de la Ley 99 de 1993, artículos
ARTÍCULO OCTAVO. —
Contra los artículos primero y segundo del presente acto
administrativo procede recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante el
Director General de CORTOLIMA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a
su notificación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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RGE ENRIQUE CARDOSO RODRÍGUEZ
RAMÓN S
CRUZ
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Jefe Oficina A
Jurídica
Proyectó: Laura Esperanza Barrios Posada —Judicante — Oficina Asesora Jurídica
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-...
Revisó: Martha Jaidy Gómez Martínez — Profesional Especializado Oficina Asesora Jurídica.
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? Aprobó: Henry Cifuentes Ocampos — Profesional Especializado — Oficina Asesora Jurídica.
Expediente: Sup.2272 C.A.
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial
Dirección Territorial
Ihrección Territorial
Dirección Territorial
Cra. 5" Av. Del Ferrocarril, Calle 44
Sur:
Norte:
Surorienie:
Oriente:
Tele.: (8) 2654551 52 54 55
C.C. Kalarama
Cra. 6 No. 4- 37
Calle ONO. 23 -37 Piso
Cra. 4 No. K'-27
Fax: (8)2654553 - 2700120
Cra. 8 No. 7 - 24. 28
Telefax.: (8) 2530115
2
Telefax.: (8) 2281204
E-Mail: cortolimatihcortolimagov.co
Of 301-303
Telefax.: (8) 2462779
Armero Guayaba,
Telefax.: (8) 2456876
Melgar
Purificación
Web: www.cortolima.gozco
¡bague - Tohma - Colombia
Chaparral

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