Resolución Nº 408 de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte, 13-06-2023 - 15 de Junio de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 934872101

Resolución Nº 408 de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte, 13-06-2023

Fecha de publicación15 Junio 2023
Fecha de emisión13 Junio 2023
EmisorSecretaría Distrital de Cultura, Recreación Y Deporte
Número de Gaceta7740
*20232200231703*
Radicado:
20232200231703
Fecha: 08-06-2023
RESOLUCIÓN No. 408 DE 13 DE JUNIO DE 2023
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la invitaciónpara la “Implementación
Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblos étnicos -
Conmemoración del Día Mundial Gitano”, de la Secretaría Distrital de Cultura,
Recreación y Deporte”
LA SECRETARIA DE DESPACHO
De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD-, en uso de sus facultades
legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de
Colombia, los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en
concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020
modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO
Que los artículos 70 y71 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de
promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de
oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para
fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala
que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en
un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación
colombiana”.
Que la mencionada Ley 397 de 1997 “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y
demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre
patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y
se trasladan algunas dependencias”, en su artículo 17 señala: “El Estado a través del
Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus
expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del
diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del
pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.
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Que así mismo, en su artículo 18 establece: "El Estado, a través del Ministerio de Cultura
y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación,
la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones
culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas,
premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y
grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de
divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes,
así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la
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GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023
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