Resolución Nº 413 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 24-08-2020 - 28 de Agosto de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851966635

Resolución Nº 413 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 24-08-2020

Fecha de publicación28 Agosto 2020
Fecha de emisión24 Agosto 2020
EmisorSecretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd
Número de Gaceta6894
*20201100146543*
Al contestar, citar el radicado:
No.: 20201100146543
Fecha 21-08-2020
RESOLUCIÓN No.
“Por medio de la cual se modifica la Resolución 200 de 6 de abril de 2020, por la cual se
da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Distrital 093 de 2020 y se
ordena las restricciones y limitaciones para el uso de la infraestructura recreativa y
deportiva a cargo del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD y se dictan otras
disposiciones”
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257
de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017 y 093 de 2020 y.
CONSIDERANDO
Que dadas las circunstancias epidemiológicas generadas con ocasión de la pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud por la presencia del Coronavirus
COVID 19, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Distrital
093 de 2020, este despacho ordenó mediante la Resolución No. 200 de 6 de abril de
2020, la restricción del uso y utilización de los parques regionales, metropolitanos y
zonales que componen el Sistema Distrital de Parques y los escenarios deportivos
administrados por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD estableciendo
además en su parágrafo único, que durante el período de la declaratoria de la calamidad
pública, estos equipamientos “(…) no estarán abiertos al público, y solamente el Instituto
Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- autorizará el ingreso del personal estrictamente
necesario en materia de custodia y cuidado según las excepciones dispuestas en la
normatividad vigente (…)”.hasta que se superen las situaciones en mención ordenadas
por el gobierno distrital
Que, con la expedición del Decreto Distrital 169 de 12 de julio de 2020 “Por medio del
cual se imparten órdenes para dar cumplimiento a la medida de aislamiento preventivo
obligatorio y se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público
en las diferentes localidades del Distrito Capital” estableció en el artículo 10 sobre el
desarrollo de actividad Física de que trata el numeral 35 del artículo 3 del Decreto
Nacional 990 de 2020, la opción de efectuarse de la siguiente manera:
FR-10-PR-MEJ-01. V7. 03/01/2020 | Página 1 de 6

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