Resolución N° 4147 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-12-12 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881860029

Resolución N° 4147 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-12-12

Fecha12 Diciembre 2017
Número de resolución4147
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
RESOLUCIÓN
:E:LA.1_4 7
12 D 1C 2,017 )
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
Por medio de la cual se liquida una obligación, y se hace exigible un pago.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 31, numeral 9
de la Ley 99 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 establece el cobro de Tasas la utilización de aguas
por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, cobro fijado por el Gobierno Nacional
que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos,
para los fines establecidos por el artículo 159 del Código Nacional de Recursos Naturales
calculará y establecerá las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas.
en lo relativo a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas
estuarinas, y las aguas subterráneas, incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales.
Que el Artículo 4° del Decreto 155 de 2004, determina que todos los sujeto pasivos o
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico en virtud
de una concesión de aguas, están obligados al pago de la tasa por utilización del aguas.
Que el Artículo 6° del Decreto 155 de 2004, establece que la tasa por utilización del agua se
cobrará por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de los límites y condiciones
establecidos en la concesión de aguas.
que determina la forma del cálculo de la tarifa de la Tasa por utilización de aguas o del monto
a pagar. El valor a pagar por cada usuario estará compuesto por el producto de la tarifa
unitaria anual de la tasa por utilización de agua (TU), expresada en pesos/m3, y el volumen
captado (V), expresado en metros cúbicos (m3), corregido por el factor de costo de
oportunidad.
Que la
JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DE LA VEREDA SABANETA DEL MUNICIPIO
DE LÍBANO,
Identificada con Nit:809010026, sujeto pasivo que capta agua del
Rio/Quebrada El Aguador, concesión registrada bajo la llave
No 4306,
adeuda a la
Corporación Autónoma Regional del Tolima CORTOLIMA, desde el
1
trimestre del año
2012
al
2
trimestre del año
2017
la suma de
TRES MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL
QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($3.307.577.00) M/CTE.
Distribuidos así:
($2.048.229.00) capital y ($1.259.348.00) intereses por mora.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
SEDE CENTRAL
Cro. .5e. Av. Del Ferrocarril , Calle 44
Dirección Territorial Sur:
Extensión: 401- 406
Dirección Territorial Norte:
Extensión 400-408
Dirección Territorial Oriente:
Extensión 403-406
Teléfonos: (578)2653260 - 2655444 - 2657775 - 2655452 - 2655446 - 2660101 •
Telefax: (578)2462779
Telefax:(578)- 2890024
Telefax: (578)2456876
2640517- 2660149- 2657186 - 2654940 - 2654555 -2654554- 2655378
C.C. !Calmar«, Cra. 8 No.
Calle 20 Sur Na 6-81
Calle 650. 23- 37 segundo piso,
Línea Nacional: 018000956666 desde el resto del País
cortolinmecortolima.aovco - Web: www.cortolima.aovco
7 - 24/28 Cfi. 301-303,
Chaparral - redimo
Avenida las Palmas Predio
Casa Verde
Melga, Tolima
!bogué- Tolima -Colombia
Lérida - Tolima
Dirección Territorial Oriente:
Extensión 402 -407
Telefax: (578)2281204
Cra. 9 No. 8 - 120,
Purificación • Tollina

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