Resolución N° 44390 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 10-12-2019 - Normativa - VLEX 879096125

Resolución N° 44390 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 10-12-2019

Año2019
Fecha10 Diciembre 2019
Fecha de publicación16 Diciembre 2019
Tipo de documentoResolución
/tmp/tmp-18eWN4T5XAq7jS/input Gaceta Oficial Nº4652
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RESOLUCIÓN Nº 44390
10 de diciembre de 2019 
“POR LA CUAL SE NOMBRAN AGENTES AUTORRETENEDORES POR CONCEPTO 
DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN”
La Subsecretaría de Ingresos del Municipio de Medellín, en 
bajo criterios que permitieran depurar el mecanismo de 
uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas 
facturación que ostentan la mayoría de sujetos pasivo del 
por los artículos 67 y 72 del Acuerdo 066 de 2017 –Estatuto 
ICA en Medellín, buscando una eficacia en la gestión del 
Tributario Municipal (ETM)-, el Decreto Municipal 883 de 
tributo y eficiencia al momento de su administración.  
2015 y
Que mediante Resoluciones No. 32038, 35208 de 2017 y 
CONSIDERANDO
36452 de 2018, se nombraron 250 autorretenedores en total, 
a los cuales se les aplicó las disposiciones normativas desde 
Que el artículo 67 del Acuerdo 066 de 2017 -Por medio del 
el primer bimestre del años siguiente a su nombramiento. 
cual se expide la normativa sustantiva aplicable a los tributos 
vigentes en el Municipio de Medellín- estableció el mecanismo 
Así las cosas, se hace necesario para el periodo gravable 
de la Autorretención del Impuesto de Industria y Comercio 
2020, el nombramiento de un mayor número de agentes 
con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del 
autorretenedores, los cuales reporten un cumplimiento 
tributo en el Municipio de Medellín, el cual deberá practicarse 
estricto de sus deberes formales. 
por los agentes de autorretención sobre todos los pagos o 
abonos en cuenta que constituyan para quien los percibe 
Una vez establecido el universo de contribuyentes con estas 
ingresos por actividades industriales, comerciales y/o de 
características, se realizará el nombramiento de 238 nuevos 
servicios sometidos al impuesto de Industria y Comercio 
autorretenedores, obedeciendo a los criterios de tamaño de 
en esta jurisdicción.
empresa y valor del impuesto a cargo en esta jurisdicción. 
Que el artículo 72 ibídem determinó la competencia a este 
De la misma manera, y previo estudio del cumplimiento 
desapacho para realizar el nombramiento de los obligados 
de requisitos para tener la calidad de autorretenedor, se 
a cumplir con las obligaciones formales y sustanciales de 
cancelará el nombramiento de aquellas personas jurídicas 
este mecanismo.
que se hayan extinguido y que su matrícula mercantil se 
encuentre cancelada. 
Que el artículo 39 del Decreto Municipal 0350 de junio de 
2018, determina los sistemas de facturación y pago del 
Que la obligación formal de inscribirse o actualizar el Registro 
Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Medellín. 
de Información Tributaria –RIT- será efectuada de manera 
oficiosa, realizando las marcaciones respectivas en el Sistema 
Que para el régimen ordinario determina dos subsistemas, 
de Información Municipial en virtud de este acto administrativo.
estipulando el mecanismo de declaración y pago bimestral 
de los valores autorretenidos durante el respectivo periodo 
En mérito de lo expuesto, este despacho
gravable, para los contribuyentes nombrados en este régimen.
Igualmente, que a los agentes autorretenedores no se les 
RESUELVE
efecturá la liquidación del...

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