Resolución N° 44390 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 10-12-2019
Año | 2019 |
Fecha | 10 Diciembre 2019 |
Fecha de publicación | 16 Diciembre 2019 |
Tipo de documento | Resolución |
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RESOLUCIÓN Nº 44390
10 de diciembre de 2019
“POR LA CUAL SE NOMBRAN AGENTES AUTORRETENEDORES POR CONCEPTO
DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN”
La Subsecretaría de Ingresos del Municipio de Medellín, en
bajo criterios que permitieran depurar el mecanismo de
uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas
facturación que ostentan la mayoría de sujetos pasivo del
por los artículos 67 y 72 del Acuerdo 066 de 2017 –Estatuto
ICA en Medellín, buscando una eficacia en la gestión del
Tributario Municipal (ETM)-, el Decreto Municipal 883 de
tributo y eficiencia al momento de su administración.
2015 y
Que mediante Resoluciones No. 32038, 35208 de 2017 y
CONSIDERANDO
36452 de 2018, se nombraron 250 autorretenedores en total,
a los cuales se les aplicó las disposiciones normativas desde
Que el artículo 67 del Acuerdo 066 de 2017 -Por medio del
el primer bimestre del años siguiente a su nombramiento.
cual se expide la normativa sustantiva aplicable a los tributos
vigentes en el Municipio de Medellín- estableció el mecanismo
Así las cosas, se hace necesario para el periodo gravable
de la Autorretención del Impuesto de Industria y Comercio
2020, el nombramiento de un mayor número de agentes
con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del
autorretenedores, los cuales reporten un cumplimiento
tributo en el Municipio de Medellín, el cual deberá practicarse
estricto de sus deberes formales.
por los agentes de autorretención sobre todos los pagos o
abonos en cuenta que constituyan para quien los percibe
Una vez establecido el universo de contribuyentes con estas
ingresos por actividades industriales, comerciales y/o de
características, se realizará el nombramiento de 238 nuevos
servicios sometidos al impuesto de Industria y Comercio
autorretenedores, obedeciendo a los criterios de tamaño de
en esta jurisdicción.
empresa y valor del impuesto a cargo en esta jurisdicción.
Que el artículo 72 ibídem determinó la competencia a este
De la misma manera, y previo estudio del cumplimiento
desapacho para realizar el nombramiento de los obligados
de requisitos para tener la calidad de autorretenedor, se
a cumplir con las obligaciones formales y sustanciales de
cancelará el nombramiento de aquellas personas jurídicas
este mecanismo.
que se hayan extinguido y que su matrícula mercantil se
encuentre cancelada.
Que el artículo 39 del Decreto Municipal 0350 de junio de
2018, determina los sistemas de facturación y pago del
Que la obligación formal de inscribirse o actualizar el Registro
Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Medellín.
de Información Tributaria –RIT- será efectuada de manera
oficiosa, realizando las marcaciones respectivas en el Sistema
Que para el régimen ordinario determina dos subsistemas,
de Información Municipial en virtud de este acto administrativo.
estipulando el mecanismo de declaración y pago bimestral
de los valores autorretenidos durante el respectivo periodo
En mérito de lo expuesto, este despacho
gravable, para los contribuyentes nombrados en este régimen.
Igualmente, que a los agentes autorretenedores no se les
RESUELVE
efecturá la liquidación del...
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