Resolución N° 448 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-04-25 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881736836

Resolución N° 448 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2005-04-25

Número de resolución448
Fecha25 Abril 2005
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
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448
RESOLUCION NÚME~~ DE 2005
( 1 S
Mi\{ )
Por la cual se concede una concesión de aguas y se adoptan otras medidas.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLlMA CORTOLlMA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 31, numeral 9 de la
C O N 5 I D E R A N D O:
Que la señora JEANNETH MACHADO RUIZ identificada con cédula de ciudadanía No.
65.738.388 de Ibagué, solicitó a CORTOLlMA, concesión de aguas lluvias provenientes de la
quebrada el Desagüe yaguas sobrantes de riego proveniente de los predios la Pradera, la Unión y
la comunidad de Chucuni, para beneficio del predio el Reflejo ubicado en el Municipio de Alvarado,
Departamento del Tolima.
Que con la presentación de certificación suscrita por el Juzgado Primero de Familia del Distrito
Judicial de Ibagué, donde se reconocen como herederas del causante José Ali Varón Beltrán en
su condición de hijas a Maira Tatiana y Una Paola Varón Machado, menores de edad,
representadas por su Madre Jeanneth Machado Huiz; dos declaraciones extra juicio y auto de
fecha octubre 13 de 2004 donde se reconoce a la señora Jeanneth Machado Ruiz como
compañera permanente del causante, se acredito la posesión del predio,
Que mediante auto de fecha noviembre dieGisiete(17) de 2004 la Oficina Jurídica de
CORTOLlMA, avoco conocimiento y dispuso la práctica de la visita de inspección ocular,
rindiéndose el informe técnico respectivo, consignando lo siguiente:
1.- Que en escrito del 13 de agosto de 2004 se solicito ratificar concesión, los aprovechamientos
de aguas que fueron otorgadas mediante resoluciones Nos. 1335 de agosto 26 de 1986 y 031 de
enero 3 de 1992, que no fueron incluidos en la reglamentación del río Alvarado y sus afluentes, no
obstante estarse dando el aprovechamiento y haber existido desde antes de la reglamentación.
2.- Que por medio de la resolución No. 1335 de 1986 se otorgo una concesión de aguas
sobrantes que se produzcan en la parte Sur-Oriente y Centro del predio Alcalá y las aguas lluvias
que discurren por la quebrada el Desagüe para beneficio del predio el Reflejo.
3.- Que mediante resolución No. 031 el 3 de enero de 1992 se concesionaron los sobrantes de
riego de los predios la Pradera, la Unión y los de la comunidad de Chucuni excluyendo los
sobrantes que en forma directa sean entregados por los citados predios al canal que conduce
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
¡
Preservemoslo l."
Cra.53Avda.del FerrocarrilCalle 44 conmutado=: 5 51
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52
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54
I
55 A.A.2026 Fax:265 45 53 - 270 01 20
E-mail:co Ii cortolima.gov.co
Web: rtolima.gov.co
Ibagué- Tolima

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