Resolución N° 4607 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-10-19 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881783874

Resolución N° 4607 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-10-19

Número de resolución4607
Fecha19 Octubre 2011
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUa.f.lo.
4 6 G 7.
(1. DeT 2011 )
_.
Corporación Autónoma
.Regional del Tolima
"Por medIo del cual se resuelve de fondo un proceso admlnlstrallvo
sancionatorlo y se dictan otras medidas"
LA DIRECTORA DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL TOLlMA
"CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las
estipuladas en la ley 99 de 1993 y la ley 1333 de 2009, y,
CONSIDERANDO:
Que una vez concluidas las etapas procesales de que se compone el trámite
administrativo sancioatorio iniciado en contra de los Señores RICARDO GARCIA
ARIZA, BORIS AUGUSTO SILVA DIAZ, identificado con Cédula de Ciudadanla No.
19'275.816, CONSULTORIAS GEOLOGICAS
y
AMBIENTALES XILOPALOS LTDA
-NIT 800149680-1, representada legalmente por la Señora MELBA FRANCISCA
PEDRAZA ARIAS, identificada oon Cédula de Ciudadania No. 51'706.473 de
Bogotá, JORGE ANTONIO SIERRA ARENAS, identificado oon Cédula de
Ciudadanía No. 7'310.091 de Chiquinquirá y DlDIER SIERRA ARENAS, identificado
con Cédula de Ciudadania No. 79'753.992 de Bogotá, por razón del ejercicio ilegal
de actividades de explotación aurifera que devino en impacto ambiental negativo
sobre los recu~os naturales en hechos desarrollados en el Predio Palma Larga,
ubicado en la Vereda La Jabonera- Sector Palma Larga, en el Municipio de
Coyaima, Coordenadas Punto 1 Este 863358 Norte 897352 Punto 2 Este 863358
Norte 897300 Punto 3 Este 863339 Norte 97272, - según aclaración Mensaje
Interno- 4217- Oficina de Planeación-folio 47-, procede esta Corporación a decidir
de fondo de acuerdo a los siguientes:
ANTECEDENTES
lNtf!«fdn
TerrItrJridI Sur:
c.e.
1OJIiN_
08. 8
No. 1-l4/Z8
Of. 301.303
T~,:
(8)
Z462119
"-"
Página 1 de 9
SEDE CENTRAL:
Da.
58.
Av.DeI~, CM44
TeIs.:
(8)
26Sf$51/5l/54/55
FJx: (8) 2654553 - }70012(1
E-MiIII:(atol'lillJ!,,\",l>~(,>
w..b:
'l1VW,'QltIillll
/bii¡;)ue - T"""'" - CcIombIiJ
La Corporación Autónoma Regional del Tolima- CORTOLlMA- actuando como
máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, mediante Resolución No.
2738 de Septiembre 02 de 2010, adicionada por la Resolución 2900 de Septiembre
10 del mismo año, declaró la emergencia ambiental en el Departamento del Tolima
con fundamento en lo establecido en el Articulo 31 del Decreto 2811 de 1974 -
loor
Código Nacional de Recursos Naturales-, y ordenó la suspensión de toda actividad
minera ilegal, vale decir, que no se encuentre debidamente permisionada, o que
n
genere daño ambiental. En fecha de 7 y 8 de Octubre de 2010, bajo la dirección de
'-¡-
la Directora General de CORTOLlMA, con participación de grupo técnioo
..;
DIreccIón Terrltr:Jri8ISurorft!rItl!:
CiJII!7
No.
22 - 61
PIso }
TH!fáx.:
(8) 2456876
--
RESOLUCllJIiNo.
4 6 O 7
( 1 9 OeT 2011 )
Corporación Autónoma
interdisciplinario, con apoyo del Cuerpo Técnico de Investigaciones
"clep.i0ya~yel Tol;",,,
Ejercijo Nacional, realizó operativos simultáneos en 18 frentes de explotación minera
ilegal, ubicados en los Municipios de Ataco, Chaparral y Coyaima, en el
Departamento del Tolima;
Uno de tales frentes se hallaba ubicado en el Predio Palma Larga, a la altura de la
Vereda La Jabonera- Sector Palma Larga, en el Municipio de Coyaima.
El frente de explotación localizado sobre la margen derecha aguas abajo del rio
Saldaña, posee un área de aproximadamente 1,5 hectáreas, las cuales se
encuentran completamente afectadas por la remoción de cobertura vegetal ribereña
para la construcción de la vla de acceso a la explotación, campamentos, zona de
almacenamiento y mantenimiento de maquinaria, y área de explotación (zona del
rio).
DEL DAÑO MEDIOAMBIENTAL
Las actividades de explotación en este frente consisten en mlnerla de oro a cielo
abierto directamente sobre el cauce del Rio Saldaña, mediante la excavación
mecánica de fosas de explotación utilizando retroexcavadora de orugas para la
remoción del material del lecho del rlo y conformando jarillones a su alrededor con
el material (grava) de excavación alcanzando profundidades aproximadamente de
1.5 m. El frente de explotación permanece inundado, lo que obliga a la utilización de
motobomba para mantener la excavación en condiciones de humedad apropiadas
que permitan continuar con el desarrollo de las actividades de explotación.
En la actividad se está utilizando una embarcación de zaranda móvil con
motobomba, utilizada para excavar material debajo del nivel del agua, y elevar el
material extraIdo hasta la superficie, conducido hasta una zaranda instalada dentro
de la misma embarcación como se observa en las fotos 5 y 6 del registro
fotográfico,- visible a folios 10 y 11-, allí el material de excavación es lavado para
separar el oro.
El material estéril que resulta del proceso de excavación y clasificación es acopiado
alrededor de la fosa para mantener su forma y evitar asi que el cauce transcurra
normalmente sobre las fosas conformadas. Dicha actividad causa disminución en la
sección transversal, amenazando con la formación de avalanchas de escombros en
épocas de creciente, tal como se observa en la foto No.4 del registro fotográfico, -
visible a folio No. 4-.
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Direrodn Tt!fTftorfM!iun:Jtienre:
calIl:! NIQ. 12 - 61 PIso2
r~.:
(6)~56876
--
SEDE
CENT1W..:
0/1,
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A~.Dt!!I~,
calIl:!44
T•. : (8)~SSII57/5f/55
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165fSS3 - 2700120
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co/1olimt1,p'¡Qrta!im".!XN.w
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Pégina 2 de 9
0Irecd6n Ten1torfaI Sur:
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0/1.
8
No.
7 - 24/28
Of. 30/-303
nol!fu.:
(6)
2'162779
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.• 4
li IJ 1,
RESOLUCION No,
( 19 OCT :011 )
Corporación Autónoma
P I I I 'd d d I'ó ' d I
.!legional del Tolima
ara e o a a activl a e exp otaCI n mecanizada, se esarrolla a extracción lle oro
mediante la modalidad de barequeo, utilizando bateas de madera y zarandas
manuales, dicha explotación es realizada haciendo un lavado de sedimentos del
lecho del rio, las personas que desarrollan esta extracción artesanal son de la
región y foráneos en su mayorla.
El mantenimiento de la maquinaria y el almacenamiento de los combustibles en
canecas, se realiza en la zona de campamento la cual se encuentra desprovista de
un impermeabilizante para evitar la infiltración de residuos aceitosos en el suelo, la
manipulación de aceites y combustibles se realiza de una manera desordenada sin
precaución, ya que se verificaron derrames de ace~es en varios puntos, como se
observa en las fotos No. 2, 8 Y9-visibles a folios 10 y 12-.
El área de campamento para el alojamiento permanente de los mineros, no cuenta
con sistema de tratamiento de aguas residuales, ni con un sistema de manejo de
residuos sólido lo cual incrementa la contaminación de la fuente hldrica.
De acuerdo a lo anterior se evidenciaron los siguientes impactos ambientales:
Impacto sobre el recurso agua superficial.
otre«Ión
TerrItorfdI
sur:
e,e. K6Iarama
en.
8
No.
7- 2'1/28
or.
301-30]
r~.:
(8)
Z4Q719
-
SEDE CENTRAL:
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S.,
Av.
OI!I
Ff!r1'rJa#rIl,
C* .,.,
Tets,:
(8)
Z654551/SQ5f/S5
FiJx:
(8) 265455] ~
2700120
E-Haf: ífJJ.WJ!illJ1J.!i'nltMimiJ QVv
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1II!b: ~mw,nvmom",lXW.",
~ - ToI/m;I-
a>tmtú
Página 3 de 9
Modificación del cauce principal del Rlo Saldaña para la conformación de
cuatro fosas de explotación, mediante la construcción de jarillones y la
excavación del material de su lecho. Lo cual representa una ocupación de
cauce ilegal al no contar con los permisos de la autoridad ambiental
competente
Contaminación de las aguas superficiales del rio Saldaña (turbiedad por
particulas sólidas, grasas, ace~es) derivada de las operaciones de las
retroexcavadoras y motobomba, especialmente.
Contaminación por sedimentación del lecho del rlo por la disposición de
material de corte sobre las zonas protectoras del rlo Saldaña, subiendo su
cota de fondo y desbordando sus aguas, lo cual representa una amenaza de
inundación del área.
Incremento de sólidos en suspensión de la fuente hldrica por arrastre del
material de excavación de fondo
- Contaminación por inadecuado manejo y disposición de aguas residuales ya
que el área de campamento no cuenta con sistema de tratamiento de aguas
servidas.
q. -
Aporte de sedimentos al cauce debido a la erosión provocada del talud
c-l
derecho aguas abajo del rlo Saldaña. El agua utilizada en la actividad minera
Ohf!cdón TerrItrJrh1ISun:Jrlente:
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No. II -
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(8) 2456876
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