Resolución N° 4685 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-10-24
Fecha | 24 Octubre 2011 |
Número de resolución | 4685 |
Emisor | SJ-SUBD. JURIDICA |
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RESOLUCiÓN
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2011)
Corporación Autónoma
"Por medio de la cual se ordena el pago de una tarifa de segulmientaAeglonal del
Tolima
LA JEFE DE LA OFICINA JURiDICA DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
Decreto 2676 de 2002, y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 1591 de Octubre 3 de 2008 CORTOLlMA otorgó Licencia
Ambiental para la construcción del carreteable las Juntas - Aguas Claras -
la
Primavera _
San Marcos en el Municipio de Chaparral a favor de la ASOCIACION DE CARRETEABLES
DE CHAPARRAL identificada con el Nit 800.104.529-3.
servicios de evaluación y los servicios de Seguimiento de la Licencia Ambiental, permisos,
Autorizaciones
y
demás instrumentos de control
y
manejo ambiental establecidos en la Ley y
los reglamentos ( ...).
Que la Corporación aplicara el siguiente método de cálculos: para el literal a) se estimara el
número de profesionales/mes y se aplicaran las categorias y tarifas de sueldos de contratos
del Ministerio de Transporte y para el caso de contratistas internacionales, las escalas
tarifarias para contratos de consultorla del Banco Mundial o del PNUD; literal b) sobre un
estimativo de visitas a la zona del proyecto se calculará el monto de los gastos de viaje
necesarios, valorados de acuerdo con las tarifas del transporte público y la escala de
viáticos de Ministerio del Medio Ambiente; para el literal c) el costo de los análisis de
laboratorio u otros trabajos técnicos será incorporado en cada caso, de acuerdo con las
cotizaciones especificas. A la sumatoria de estos tres costos, a), b) y c) se le aplicara un
porcentaje que anualmente fijará el Ministerio del Medio Ambiente por gastos de
administración.
Que el dla 6 de Octubre de 2011, el funcionario de la Subdirección de Calidad Ambiental
emitió Liquidación de tarifa de seguimiento de la actividad aprobada ambientalmente por
esta Entidad, en la cual se evidencio que el titular de la Licencia Ambiental no presento los
costos de inversión y operación.
El valor a cobrar por concepto de seguimiento del proyecto es de UN MILLON
DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS
($1'277.044.00)
Que confonne a lo anterior, la Oficina Jurídica,
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