Resolución N° 471 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 11-06-2008 - Normativa - VLEX 878408119

Resolución N° 471 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 11-06-2008

Fecha11 Junio 2008
Número de resolución471
Fecha de publicación23 Junio 2008
Tipo de documentoResolución
Partes- JUNTA DE ACCION COMUNAL BUENAVISTA
MateriaConcesión de aguas
R E S O L U C I O N No

R E S O L U C I O N No. 000471

(11 de Junio de 2008)

Por la cual se otorga una concesión de aguas de uso público.


EL SUBDIRECTOR DE NORMATIZACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


En uso de las atribuciones legales, conferidas por el Director General de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga mediante Resolución numero 0165 del 23 de Febrero de 2000 y sujeto al Art. 29 núm. 7 de la ley 99 de 1993, y el Decreto Reglamentario 1541 de 1978 y



C O N S I D E R A N D O


Que mediante Auto numero 4661 de fecha 16 de Octubre de 2007, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga C.D.M.B. admitió la solicitud de concesión de aguas de uso público presentada por la Señora NELLY ROBLES MONTERO identificada con CC. 28.213.386 expedida en Lebrija, quien actúa en calidad de Presidenta de la JUNTA DE ACCION COMUNAL BUENAVISTA VEREDA SAN GABRIEL, Municipio de Lebrija, dentro del tramite de una concesión de aguas de uso publico tomada de fuente innominada, en beneficio de 15 predios localizados en la Vereda denominada San Gabriel, jurisdicción del Municipio de Lebrija, departamento de Santander, cuyos destinatarios aparecen listados conforme a las indicaciones que en el mencionado auto se hicieron constar.


Que mediante el mismo Auto, se ordeno visita de inspección ocular el día 08 de noviembre de dos mil siete (2007) a las 8:00 a.m., al lugar de captación del recurso hídrico, la cual fue publicada mediante aviso fijado en la Alcaldía Municipal de Lebrija dentro del término de 10 días hábiles anteriores a la fecha de la práctica de la visita ocular.


Una vez realizada la visita por los Funcionarios competentes de la Subdirección de Normatización y Calidad ambiental se realizo el correspondiente informe técnico.


Que la vereda mencionada por la peticionaria en su solicitud de tramite de concesión de aguas como San Gabriel, corresponde según el IGAC a la vereda Santo Domingo.


Que no existiendo reparo alguno desde el punto de vista técnico y habiéndose cumplido en debida forma el procedimiento consagrado en el artículo 54, 58, 92 y demás normas concordantes del Decreto 1541 de 1.978 se otorgará la concesión de aguas de uso público solicitada en los siguientes términos.



En mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E



ARTICULO PRIMERO: Otorgar a la Junta de Acción Comunal Buenavista denominada como Vereda San Gabriel, representada legalmente por la señora Nelly Robles Montero, identificada con cédula de ciudadanía No 28.213.386 una concesión de aguas de uso público, tomada de las fuentes: Quebrada la Negra o la Oscura identificada con el código 238-39-70 e Innominadas identificadas con los códigos 238-39-70-09-03, 238-39-70-31, 238-39-70-09, 238-39-70-27, 238-39-70-23-03, 238-39-70-09-07, 238-39-70-09-05, 238-39-70-07-01-01; todas pertenecientes a la micro cuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca Río Sogamoso MD de código 1 y cuenca Río Sogamoso MD de código 2406; sobre las cotas y coordenadas que a continuación se describen, para derivar un caudal total de 1.2436 l/s = 107447,04 l/d, en beneficio de quince (15) predios de igual número de propietarios (según listado SINCA – solicitud número 12.340) descritos y relacionados en el Auto de iniciación de Trámite N. 4661 de fecha octubre 16 de 2007, bajo el radicado CA.0293 –2007, ubicados en la vereda Santo Domingo, jurisdicción del municipio de Lebrija, Departamento de Santander.


1. Quebrada la Negra o la Oscura identificada con el código 238-39-70, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.075 msnm y coordenadas N = 1’279.710 E = 1’089.130, un caudal de 0.1429 l/s = 12346,56 l/d, para un total de quince (15) predios de igual número de propietarios, (según listado en el SINCA – solicitud número 12.340).


El caudal asignado equivale a derivar por gravedad en manguera de 1 ½” de diámetro, desde el sitio de captación autorizado hasta el reservorio a construir en una de las márgenes de la fuente, para luego ser bombeado hasta el tanque de almacenamiento y distribución comunitario, proyectado.


2. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-09-03, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.175 msnm y coordenadas N = 1’278.380 E = 1’088.770, un caudal de 0.0661 l/s = 5711,04 l/d, para el predio Lote 3 el Cerrito, de propiedad de la señora Luz Marina Mantilla de Bustos.


El caudal asignado equivale a derivar el 60% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.1102 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


3. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-31, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.110 msnm y coordenadas N = 1’278.230 E = 1’088.010, un caudal de 0.1081 l/s = 9339,84 l/d, para el predio Finca los Lirios, de propiedad de la señora Otilia Méndez Vega.




CA- 0293-2007




El caudal asignado equivale a derivar el 60% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.1802 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


3.1 Sobre la cota 1.115 msnm y coordenadas N = 1’278.230 E = 1’088.030, un caudal de 0.0641 l/s = 5538,24 l/d, para el predio la Esmeralda, de propiedad del señor Manuel Antonio Naranjo Bermúdez.


El caudal asignado equivale a derivar el 25% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.2564 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


3.2 Sobre la cota 940 msnm y coordenadas N = 1’278.220 E = 1’087.470, un caudal de 0.0716 l/s = 6186,24 l/d, para el predio el Rosal, de propiedad de la señora Esperanza Espíndola Méndez.


El caudal asignado equivale a derivar el 80% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.0895 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


4. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-09, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.180 msnm y coordenadas N = 1’278.240 E = 1’088.690, un caudal de 0.0300 l/s = 2592 l/d, para el predio Lote 4 Miradores de San Gabriel, de propiedad de la señora María Teresa de Díaz.


El caudal asignado equivale a derivar el 50% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.0600 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


4.1 Sobre la cota 1.170 msnm y coordenadas N = 1’278.270 E = 1’088.740, un caudal de 0.0378 l/s = 3265,92 l/d, para el predio Buenavista de propiedad del señor Jorge Eliécer García Dulcey y otra.


El caudal asignado equivale a derivar el 90% del total existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.0420 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.





CA- 0293-2007



5. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-27, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.062 msnm y coordenadas N= 1’278.455 Este = 1’088.060, un caudal de 0.3520 l/s = 30412,80.l/d, para los predios el Bohío y la Esperanza, cuya distribución se describe a continuación.


El caudal asignado equivale a derivar el 55% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.6400 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


* PREDIO EL BOHIO de propiedad del señor Edgar Robles Vargas, un caudal de 0.1600 l/s = 13824 l/d.


El caudal asignado equivale a derivar el 25% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.6400 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


* PREDIO LA ESPERANZA de propiedad del señor Trino Castillo Beltrán, un caudal de 0.1920 l/s = 16588,80 l/d.


El caudal asignado equivale a derivar el 30% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.6400 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


6. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-23-03, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.088 msnm y coordenadas N = 1’278.720 E = 1’088.200, un caudal de 0.2500 l/s = 21600 l/d, para el predio el Remanso, de propiedad de los señores Alirio Tarazona y Félix María Luna Flórez.


El caudal asignado equivale a derivar el 80% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.3125 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


7. Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-09-07, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.150 msnm y coordenadas N = 1’278.810 E = 1’088.790, un caudal de 0.0250 l/s = 2160 l/d para el predio el Mirador, de propiedad del señor Jorge Godoy Coronel.


El caudal asignado equivale a derivar el 70% del caudal existente, con base al medio mínimo estimado para el sitio de captación autorizado = 0.0357 l/s, teniendo en cuenta las diferentes épocas del año.


CA-0293-2007


8 Fuente Innominada identificada con el código 238-39-70-09-05, microcuenca Sogamoso MD Alto de código 1, subcuenca río Sogamoso MD de código 1 y cuenca río Sogamoso MD de código 2406, sobre la cota 1.148 msnm y coordenadas N = 1’278.660 E = 1’088.845, un caudal de 0.0160 l/s =...

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