Resolución N° 4835 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-11-08 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881773539

Resolución N° 4835 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-11-08

Número de resolución4835
Fecha08 Noviembre 2011
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCIO.' -
4 8 3 5
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Ve?
Corporac.ión Autonoma
RegiQnal del Tolima
(
08 NOV 2011
)
"Por medio del cual se impone una sanción
y
se dictan otras medidas
n
lA DIRECTORA GENERAL DE lA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL TOllMA
"CORTOLlMA"
En uso de susfacultades legales y constitucionales, en especial las contempladas en la ley99
de 1993, la ley 1333 de 2009,
OBJETO
Al Despacho las presentes diligencias con el fin de pronunciarse de fondo respecto del proceso
adelanlado contra de la señora YACKELlNE BARRIOS GARZON, idenlificada con C.C. No.
26.427.082 expedida en Neiva (Huila), por realizar actividades de: la generación de
contaminación de ruido en el establecimiento de comercio denominado
gFUENTE
DE SODA
JACKELAINS", ubicado en la Calle 10 No. 12-10 del Barrio Caballero y Gongora del Municipio
del Espinal (Tolima), considerando que la medición se realizo en horario nocturno según lo
establecido por la resolución 627 del 7 de Abril de 2006, el valor de emisión o aporte de ruido
obtenido de 66,08 dB en el punto de medición, sobrepasa la norma de estándares máximos
permisibles de niveles de emisión de ruido 60 dB para la noche, en 6,08 dB Equivalente al
10,13%, dando como resultado incumplimiento a lo establecido en la resolución 627 de 2006.
HECHOS Y ANTECEDENTES
Dio inicio a la presente actuación administrativa solicitud efectuada por la Secretaria de
Gobierno del Municipio del Espinal (Tol), en donde requiere la medición de decibeles a la
FUENTE DE SODA JACKELAINS, ubicada en la Calle 10 No. 12-10 del Barrio Caballero y
Góngora.
Que mediante informe de inspección de fecha 10 de Diciembre de 2010, suscrito por personal
profesional perteneciente a la Subdirección de Calidad Ambiental - S.C.A., de esta
Corporación Autónoma, en donde entre otras cosas conceptúa lo siguiente: Acorde 8 los
valores resultantes del monitoreo se determino que la emisión o aporte de ruido, por parte de la
FUENTE DE SODA JACKELAINS, ubicada en la Calle 10 No. 12-10 del Barrio Caballero y
Góngora, del Municipio del Espinal (Tal), se encuentra por encima de los valores fijados en la
normatividad ambiental vigente.
Que mediante Operativo de Seguimiento y Análisis de Emisión de Ruido realizado por
CORDEVIS-CORTOLlMA dentro del contrato de cooperación No. 1049 del 2009, el que
concluye: Acorde a los resultados de Aportes o Emisión de ruido se pudo establecer que los
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valores resultantes sobrepasan los valores máximos permisibles establecidos en la resolución
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