Resolución N° 526 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 18-06-2008 - Normativa - VLEX 878409075

Resolución N° 526 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 18-06-2008

Fecha18 Junio 2008
Número de resolución526
Fecha de publicación24 Junio 2008
Tipo de documentoResolución
MateriaConcepto Técnico Ambiental
Partes- QR CONSTRUCTORA LTDA
RESOLUCION No

RESOLUCION No. 000526

(18 de Junio de 2008)



Por la cual se aprueba un Documento de Seguimiento y Control Ambiental para el proyecto denominado EDIFICIO ALAMOS


EL SUBDIRECTOR DE NORMATIZACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


CONSIDERANDO


Que mediante resolución número 173 de marzo 04 de 2002 la CDMB estableció los lineamientos ambientales para el control y seguimiento ambiental del desarrollo de proyectos urbanísticos o arquitectónicos que con la entrada en vigencia de los Planes de Ordenamiento Territorial, Planes Básicos de Ordenamiento Territorial o Esquemas de Ordenamiento Territorial no requieren licencia ambiental y para aquellos proyectos, que sin encontrarse dentro de las categorías anteriores puedan causar afectaciones ambientales durante su localización y construcción.


Que el artículo 23 de la resolución número 173 de marzo 04 de 2002 de la CDMB, define el Documento de Seguimiento y Control Ambiental como el instrumento de gestión para el seguimiento y control por parte de la CDMB para las obras o actividades que se encuentren dentro de las categorías de proyectos urbanísticos o arquitectónicos establecidas en la resolución antes mencionada.


Que mediante oficio número 004425 del 07 de abril de 2008, el señor HERNÁN QUIJANO RUEDA actuando en calidad de representante legal de la SOCIEDAD QR CONSTRUCCIONES LTDA, allego a la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental de la CDMB, el Documento de Seguimiento y Control Ambiental correspondiente al proyecto denominado EDIFICIO ALAMOS, localizado en la Calle 19 No 24 – 66 / 68, barrio San Francisco, en jurisdicción del municipio de Bucaramanga.


Que mediante Auto número 4939 del 16 de mayo de 2008, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, solicitó a la SOCIEDAD QR CONSTRUCCIONES LTDA, representada legalmente por el señor HERNÁN QUIJANO RUEDA mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 13.833.310 o por quien haga sus veces, en calidad de titular del presente tramite, cancelar por concepto de servicios de evaluación, del Documento de Seguimiento y Control Ambiental presentado para el proyecto denominado EDIFICIO ALAMOS, localizado en la Calle 19 No 24 – 66 / 68, barrio San Francisco, en jurisdicción del municipio de Bucaramanga, la suma de un millón cuatrocientos ochenta y un mil doscientos ochenta y un pesos ($ 1´481.281.oo) moneda legal corriente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva; cuyo pago fue debidamente efectuado como consta en el recibo de caja número 2007001563 del 28 de mayo de 2008.


Que una vez efectuada la evaluación del Documento de Seguimiento y Control precitado, se procedió a emitir concepto técnico mediante el cual se considera viable su aprobación como en efecto se hará.


Que mediante Resolución número 000788 de septiembre 04 de 2003, el Director General (E) de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, delegó en el Subdirector de Normatización y Calidad Ambiental "... la expedición de los actos administrativos que se necesario proferir, en desarrollo de los trámites correspondientes al otorgamiento de los siguientes permisos o autorizaciones ambientales: Documentos de Seguimiento y Control Ambiental, Conceptos Ambientales para la Realización de Precisiones Cartográficas a nivel de detalle, permisos de estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica, permisos de emisión para fuentes fijas, autorizaciones ambientales para la evaluación y certificación para fuentes móviles, planes de manejo ambiental establecidos en desarrollo de convenios de producción más limpia y documentos de seguimiento y control ambiental ...”



En mérito de lo expuesto,



RESUELVE:



ARTICULO PRIMERO: Aprobar a la SOCIEDAD QR CONSTRUCCIONES LTDA, representada legalmente por el señor HERNÁN QUIJANO RUEDA, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 13.833.310 o por quien haga sus veces, en calidad de titular del presente tramite, el Documento de Seguimiento y Control Ambiental presentado para el proyecto EDIFICIO ALAMOS, localizado en la Calle 19 No 24 – 66 / 68, barrio San Francisco, en jurisdicción del municipio de Bucaramanga.


ARTICULO SEGUNDO: El Documento de Seguimiento y Control Ambiental, objeto de la presente providencia, se sujetará a las siguientes medidas de carácter obligatorio, considerados de relevancia ambiental:


  1. Previo al inicio de la actividad de excavación, se debe redactar y firmar un acta de estado de lotes y/o construcciones vecinas, o acta de vecindad, conjuntamente con el propietario de esas edificaciones o lotes, dicha copia sé anexara al primer informe de cumplimiento ambiental – ICA y severificará durante la etapa de seguimiento.


  1. En las actividades de movimiento de tierra y cimentación, contará con la asesoría de un profesional idóneo específicamente en el área de geotecnia y/o ingeniero de suelos, el cual emitirá conceptos técnicos del proceso constructivo, dichos conceptos serán consignados en la bitácora ambiental. Igualmente deberán tener en cuenta los requisitos mínimos para la excavación de sótanos de las Normas Geotecnicas de la CDMB, adoptadas mediante Resolución No.000356 del 10 de Marzo de 2005.


  1. Seguir las recomendaciones mencionadas en el estudio de suelo anexo en el presente documento de seguimiento y control ambiental de acuerdo al perfil estratigráfico del lote en forma resumida, utilización de cimentación corrida y zapatas rígidas aisladas o combinadas armadas mínimo 2.00 m bajo el nivel del terreno.


  1. Los diseños estructurales y el cumplimiento de las recomendaciones técnicas contenidas en los estudios de suelos, son de entera responsabilidad del propietario del proyecto, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga no asume ninguna responsabilidad sobre los mismos.


  1. De acuerdo al programa Manejo del Componente Arbóreo, según concepto del emitido por el Profesional Ambiental William López se autoriza el corte del árbol que se menciona en el DSCA que corresponde a la especie Oití, que tiene una altura de 3.5 m diámetro a 1.3 m del suelo de 25 centímetros y cuyo volumen total es de 0.1030 m3 y que...

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