Resolución Nº 5668 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 08-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 845685321

Resolución Nº 5668 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 08-10-2019

Fecha08 Octubre 2019
EmisorSala de definición de situaciones jurídicas (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)

Bogotá D.C., Martes, 08 de Octubre de 2019

Para responder a este oficio cite: 20193320315273

*20193320315273*

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Resolución No. 006253

Bogotá, 08 de octubre de 2019

Número radicado Orfeo: 20181510248892

Compareciente: Pedro Antonio Gámez Díaz

C.C. No.79.221.538

Fuerza Pública

Situación jurídica: Privado de la libertad

Fecha de reparto: 28 de octubre de 2018

  1. ASUNTO POR RESOLVER

Entra el despacho de la suscrita magistrada a resolver la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada del soldado profesional en retiro Pedro Antonio Gámez Díaz, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.221.538, elevada por su apoderado e incluido en el caso 294 del listado primero remitido por el Ministerio de Defensa Nacional a la Secretaría Ejecutiva de la JEP (artículo 53 de la Ley 1820 de 2016), en su condición de miembro de la fuerza pública -Ejército Nacional-.

  1. HECHOS

El SLP en retiro Pedro Antonio Gámez Díaz presento de manera voluntaria su petición de sometimiento ante la Jurisdicción y solicitó el beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada ante esta Jurisdicción por los siguientes casos:

  1. Radicado No. 540013107002011095 (Caso 294)

La situación fáctica fue narrada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de Descongestión de Cúcuta en la sentencia del 29 de agosto de 2011, donde condena al SLP en retiro Gámez Díaz a la pena principal de cuarenta (40) años de prisión como coautor de los delitos de homicidio agravado, desaparición forzada de Camilo Andrés Valencia y concierto para delinquir, así:

Los hechos materia de investigación abarcan episodios acaecidos entre el 5 y 7 de diciembre de 2007, relacionados con la desaparición y muerte de DANIEL SUAREZ MARTÍNEZ y CAMILO ANDRÉS VALENCIA, muertes que aparecen reportadas como bajas en combate por el otrora (sic) Grupo Localizador de Cabecillas, GRULOC BOYACA 22 al mando del ST LUIS FRANCISCO RIOS GARCIA, adscrito al Batallón de Infantería No. 15 Santander, BISAN, con sede en Ocaña cuyo comandante era el TC ALVARO DIEGO TAMAYO HOYOS, situación que en primera instancia ha convocado a que se investigue por conexidad bajo una misma cuerda.

En el afán de obtener la promesa remuneratoria los señores PEDRO ANTONIO GÁMEZ DIAZ, junto con otros, (…) constituyeron una asociación que por acuerdo de voluntades y a sabiendas de que se trataba de seleccionar, trasladar y entregar a la persona de sexo masculino a miembros del Ejército Nacional del Batallón de Ocaña, teniendo como enlace a Darío Palomino -militar-, se fijaron unos roles para cumplir el objeto militar, el cual fue que estos jóvenes que previamente habían sido engañados para ser llevados hasta Ocaña, después aparecían muertos a manos de los militares siendo necesario ocultar sus identidades, para no ser descubiertos.[1]

En la decisión que confirma la sentencia de instancia se indicó que,

El 5 de diciembre de 2007 en la noche Camilo Andrés fue recogido junto con otro hombre, por dos jóvenes en un taxi, para el día siguiente 6 de diciembre de 2007, en horas de la noche ser conducido en una moto hasta la vía Abrego, por el soldado Merardo Ríos, quien lo entregó al Subteniente RIOS, comandante de la Compañía, quien iba en Misión Daga 8 del GRULOC Boyacá 22 del Ejército, para luego montarse voluntariamente en la NPR que movilizaba a los militares, ya en el sitio, el grupo se adentró en el monte, y Camilo Andrés habiendo pasado la noche junto con los militares, y a pesar de estar indefenso, fue ordenada y ejecutada su muerte a manos del grupo militar mencionado, reputándolo como miembro de BACRIM que extorsionaba a los moradores de ese sector geográfico, hallándose sin documentos de identidad, por lo cual estuvo desaparecido hasta el 31 de octubre de 2008 y mediante un esfuerzo de las autoridades fue reconocido, contactándose por intermedio de la Defensoría del Pueblo de Bogotá a su tía maría del Carmen Valencia Medina.[2]

  1. Radicados Nos. 54498600000020160002 y 54498600000020160004

En el escrito de preacuerdo suscrito el 13 de febrero de 2018 entre el allí investigado y la Fiscalía 49 Especializada DEVCDH, se mencionó que,

“Toda vez que son varios los hechos por los cuales se le formuló imputación y conforme a la solicitud del defensor del imputado PEDRO ANTONIO GAMEZ DIAZ, identificado con C.C. No. 79.221.538, se solicitó la conexidad de las investigaciones 54498600000020160002 y 54498600000020160004. La cual fue decretada por el despacho de la señora Juez Primero Penal de Circuito Especializado de Cundinamarca, en audiencia de fecha 11 de septiembre de 2017.”

2.1. Radicado No. 54498600000020160004:

Hechos sucedidos el 26 de enero de 2008 cuando fueron vistos por última vez el señor Julio César Mesa Vargas y Jhonatan Orlando Soto Bermúdez (17 años de edad), en la entrada del barrio San Nicolas de Soacha, en compañía del SLP Gámez Díaz,

[…] quien junto a ALEXANDER CARRETO DIAZ, se encargó de llevar a estos dos jóvenes vía terrestre en un bus de la empresa Coopetran hacia Ocaña, como en efecto lo hicieron 26 de enero de 2008, partiendo a las 7 de la noche, utilizando pasajes que fueron comprados y girados por MERARDO RIOS DIAZ desde Ocaña, (…) por cuatro (4) puestos. Viaje que realizaron los jóvenes JULIO CÉSAR NESA VARGAS, JHONATAN ORLANDO SOTO BERMÚDEZ, en compañía de PEDRO ANTONIO GAMEZ DIAZ y ALEXANDER CARRETERO DIAZ”.

Sobre lo ocurrido a las víctimas, se informó que:

El teniente coronel GABRIEL DE JESUS RINCON AMADO, oficial de operaciones (B3) de la Brigada Móvil No. 15, ordenó al Sargento Segundo JHON JAIRO MUÑOZ RODRIGUEZ, Suboficial de Inteligencia de la RIME 2 (Regional de Inteligencia) asignado como enlace ante la BRIM 15, para traer personal civil que se le entregaba a la tropa para ser presentados como muertos en combate. MUÑOZ RODRIGUEZ obtiene la intervención del Sargento Segundo SANDRO MAURICIO PEREZ CONTRERAS quien junto al soldado Profesional DAYRO JOSE PALOMINO BALLESTEROS ambos adscritos al área de inteligencia (S2) del Batallón de Infantería No. 15 Francisco de Paula Santander, -que compartía instalaciones con la BRIM 15-, coordinan con PEDRO ANTONIO GAMEZ DIAZ y ALEXANDER CARRETO DIAZ residentes en Soacha, para que ubiquen y mediando engaño convenzan a dos personas para los efectos ya descritos y que a la postre resultaron ser JULIO CESAR MESA VARGAS y JHONTAN ORLANDO SOTO BERMUDEZ.

El 27 de enero de 2008, las víctimas JULIO CESAR MESA VARGAS y JHONTAN ORLANDO SOTO BERMUDEZ, aparecen muertos violentamente, reportados como N.N. presentadas dentro de una escena manipulada, en la cual son mostrados en posesión de armas de fuego y como integrantes de bandas criminales al servicio del narcotráfico, BACRIM, y se relacionan como dados de baja en presunto combate.

Las víctimas que fueron inhumadas como personas N.N. fueron identificadas en forma plena. Así, el 23 de agosto de 2008 JULIO CESAR MESA VARGAS es reconocido por los tatuajes que él tenía y el Instituto de Medicina Legal se le identificó mediante cotejo dactiloscópico el veintinueve (29) de agosto de dos mil ocho (2008). Mientras que JHONTAN ORLANDO SOTO BERMUDEZ (menor de edad), el 25 de septiembre de 2008 es reconocido en el Instituto de Medicina Legal, por sus familiares, en atención a sus prendas de vestir y señales particulares.

2.2. Radicado No. 54498600000020160002:

En hechos ocurridos el 9 de febrero de 2008, DANIEL ALEXANDER MARTINEZ, DIEGO ARMANDO MARIN GIRALDO y el menor JAMIE STIVEN VALENCIA SANABRIA de (16 años de edad), fueron vistos por última vez por sus familiares el día 7 de febrero de 2008.

En el escrito de preacuerdo mencionado, se indicó que:

Los jóvenes tenían arraigo familiar y social en el municipio de Soacha (Cundinamarca) en los barrios San Nicolas y Compartir, de donde mediante engaño, falsos ofrecimientos de trabajo y remuneración económica sustanciosa desaparecieron de esa localidad siendo conducidos el día seis (6) de febrero de 2008, conforme consta en el Tiquete (sic) trasmitido No. 131569 de la fecha 06-02-2008, de la empresa de trasporte terrestre COOPETRAN, a nombre de ALEXANDER CARRETERO DÍAZ, como remite y PEDRO ANTONIO GAMEZ DIAZ, como...

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