Resolución Nº 5788 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 30-05-2019 - Normativa - VLEX 876412383

Resolución Nº 5788 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 30-05-2019

Número de resolución5788
Año2019
Fecha30 Mayo 2019
',I'IFfC A
LA YTflGT'AED¡'
RESOLUCIóN NO. DE 2019
5788
"Por la cual se autoriza la transferencb de trecientos setenta mil (370.000) números no
geqráficos a la empresa UNE EPII, TELECO¡T UMCACIONES S.A, E.S.P. y se asignan
á tiemprea COLOMBIA nóWt S.A. E S,P. para la prestación delseruicio de telefonía
móvil"
LA COORDTNADORA DE RELACIONAMIENTO CON AGENTES DE LA
COMISION DE REGULACION DE COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Numeral 13 del Artículo
22 de la Ley 1341 de 2009, los Artículos 2.2.L2.7.2.2 y 2.2.L2.L.2.3 del Decreto 1078 de 2015,
teniendo en cuenta la delegación efectuada a través de la Resolución CRT 622de 2003, y
CONSIDERANDO
Que el Numeral 13 del Artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, estableció como función de la Comisión
de Regulación de Comunicaciones CRC, "fafdministrar el uso de los recu¡sos de numeración,
idenüficación de rdes de tel*omunicaciones y otros rtrursos esasos uüh2ados en las
telrcomuniaciones, diferentes al esp«tro radidfuricd' .
Que de manera específica el Artículo 2.2.L2.L.L.L de la sección 1 del capltulo 1 del Tltulo 12 del
Decreto 1078 de 2075 " Por mdio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del fuor
de Tunologías de la Informactón y las Comuniacionel', establece que la Comisión de Regulación
Comunicaciones "deberá administrar planes técnicos básicos, de conformidad con las
disposiciones contenidas en este Tttulo y siguiendo los principios de neutralidaQ transprencia,
igualda4 efracia, publicidaQ morah:dad y promuión de la competencia con el fin de preseruar y
garantizar el uso adsuado de estos recuaos técnicos."
Que los Artículos 2.2.12.1.2.2 y 2.2.12.1.2.3. de la sección 2 del capítulo I del TÍtulo 12 del
Decreto 1078 de 2015, establecen de una parte que"lpfodrá asignarce numeración a todos los
provdores de rdes y serubios de telrcomuniactbnes que tengan derecho a este recuoq
onfo¡me al rQlimen de prestación de ada seruicio y teniendo en cuenta que se trab de un
recutso escasq pr lo que deberá adminbtrarce de manem eficténtd', y de otra, que la CRC,
asignará números a proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones legalmente
habilitados que lo hayan solicitado a través del formato de solicitud que la Comisión defina para
estos efectos.
Que el Artículo 2.2.L2.1.2.5. del mismo Decreto 1078 de 2015 establece que: "[]os números,
bloques de numeración, códigos, preftjos, entre otros, son recursos públicos y pertenecen al
Estado, el cual puede asignarlos a los operadores y recuperarlos cuando se den las condiciones
que determine la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones para la recuperación de éstos.
La asignación de dichos recursos a los operadores no les otorga derecho de propiedad alguno
sobre ellos. Los recursos asignados no podrán ser transferidos por los operadores, sin la
autorización de la Comisión de Regulación de Comunicaciones".
El futuro cobbrno
es de todos de colombi¡

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