Resolución N° 5846 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-12-29 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881859245

Resolución N° 5846 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-12-29

Número de resolución5846
Fecha29 Diciembre 2011
EmisorDA-SUBD DESARROLLO AMBIENTAL SOSTENIBLE
29 ole
2011
RESOLUCIÓN No. DE DE 2011
POR MEDIO DE LA CUALSE ADOPTA ACTA DE LIQUIDACIÓN
UNILATERAL DEL CONTRATO INTERADMINISTRAnvO No. 084 DE
OCTUBRE 16 DE 2009, ENTRE CORTOLIMA y ELMUNICIPIO DE LERIDA
La Directora General de CORTOUMA, en uso de las atribuciones conferidas por las
Leyes 99 y 80 de 1993, 1150 de 2007 y Artículo 77 del Decreto No. 2472 de 2008
y,
CONSIDERANDO
Que CORTOLlMA celebró el contrato de interadministrativo No. 084 de Octubre 16
de 2009, con el Municipio de Lerida, representado legalmente por el señor alcalde
municipal, que tenia por objeto "Aunar esfuerzos económicos, técnicos loglsticos
y
humanos, para realizar la construcción de las obras civiles para la primera fase del
mantenimiento
y
optimización de la planta de tratamiento de aguas residuales del
sector urbano del Municipio de Létida del Departamento del Tolima, en desarrollo
al programa gestión ymanejo integral del recurso hídrico que abastece acueducto
municipales yvereda/es"; el plazo de ejecución total fue de (345) dias, contados a
partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación, y el valor del contrato
ascendió a la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEITISIETE PESO
($333.438.327.00) Mcte.
Que se dio inicio a la ejecución del contrato que nos ocupa, el 09 de Noviembre de
2009, tal como consta en acta.
Que en varias comunicaciones al señor Alcalde del Municipio de Lerida, se le
requirió para que realizara la corrección de algunos trabajos adelantados, asi
como también se dio el tiempo suficiente para la corrección de los mismos, en
vista que la administración municipal no acato las observaciones realizada por la
interventoria, se toma la decisión de realizar el acta de recibo final, asl como el
acta de liquidación, lo cual mediante oficios Nros. 19360 Octubre 10 de 2011 y
24375 del 23 Diciembre de 2011, se cito al señor Alcalde del Municipio de Lérida,
para liquidar bilateral el contrato en mención, llamado que lamentablemente no fue
atendido por el alcalde.
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Que ante la imposibilidad de liquidar bilateralmente el contrato que nos ocupa,
porque el contratista no se hizo presente en la entidad para tal fin, la Corporación
toma el manejo del contrato y procede a liquidarlo unilateralmente el dla 28 de
Diciembre de 2011, sin la presencia del contratista, tal como lo ordena el articulo
61 de ia Ley 80 de 1993.
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