Resolución N° 603 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 27-07-2015 - Normativa - VLEX 877909233

Resolución N° 603 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 27-07-2015

Número de resolución603
Año2015
Fecha27 Julio 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL'SINA"
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
,'coRPoNoR"
ResotuciónN" 0 0 0 lj c 3 ¿"27 "l.Jl 2Ü15
"Por la cual se Otorga una Concesión de Aguas Subterráneas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
CORPORAC¡ÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
"coRPoNoR"
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las concedidas en la Let
99 de 1993 y en los Decretos 2811 de1974y 1541 de'1978 y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 88 del Decreto 2811 de 1974, contempla que salvo dispos¡ciones
especiales, sólo puede hacerse uso de las aguas en virtud de concesión.
Que, el artículo 89 del Decreto 2811 de 1974, contempla que la concesión de un
aprovecham¡ento de aguas estará sujeta a las disponibilidades del recurso y a las
necesidades que imponga el objeto para el cual se destina
Que, el artículo 28 del Decreto 1541 de 1978, contempla que el derecho al uso de las
aguas y de los cauces se adquiere por Ministerio de la Ley, por concesión, por permiso y
oor asociación.
Que, entre las funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales según lo dispuesto
en el artícufo 31 numeral 9 de la ley 99 de 19939 corresponde: "otorgar conces¡ones,
permisos, autoizaciones y ticencias ambientales requeridas por la ley para el uso,
aprovecham¡ento o movitización de /os recursos naturales renovables o para el desarrollo
de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente- Otorgar permisos y
concesiones para aprovecham¡entos forestales, concesiones para el uso de aguas
superficiates y subtenáneas y establecer vedas para Ia caza y pesca deport¡va"-
Que, mediante Formulario Único Nacional de Concesión de Aguas Subterráneas,
diliqenciado y radicado ante la Corporac¡ón con el No. 2778 del l8 de Mazo de 2014' el
señor FREDV NlÑo ESTEVEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No' 13 387.303
expedida en el Municipio de El Zulia / Norte de santander, en calidad de Representante
Legal del PARQUEADERO BANDERAS CENTER, identificado con el NlT. 88'204.614-9,
solicitó concesión de Aguas subterráneas, para uso industrial (Lavado de vehículos
automotores y áreas locativas), en beneficio del mismo, el cual se encuentra ubicado en la
Calle 10 No. 0-45 Barr¡o Centro, Municipio de Cúcuta, Departamento Norte de Santander
Que, mediante Auto Admisorio con radicado ¡nterno 2000.49.01 de fecha 27 de matzo de
2015, la subdirección de Desarrollo sector¡al sostenible de la corporación, admitió- la
solicitud de concesión de Aguas Subterráneas, presentada por el señor FREDY NINO
ESTEVEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.387.303 expedida en el
Municipio de El Zulia / Norte de santander, en calidad de Representante Legal del
PARQUEADERO BANDERAS CENTER, identificado con el NlT. 88'204.614-9' y ordenó
la práctica de una visita ocular el día 30 de Abril de 2015.
Que, una vez fijados y desfijados los avisos de ley, se procedió a ¡ealizar la respectiva
visita técnica, conformidad con lo establecido en el Art. 57 del Decreto 1541 de 1978;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR