Resolución N° 6227 de la Asamblea Departamental de Bolivar, 2024 - Normativa - VLEX 976427232

Resolución N° 6227 de la Asamblea Departamental de Bolivar, 2024

Número de resolución6227
Año2024
Fecha de publicación19 Enero 2024
Tipo de documentoResolución
806.005.597-1
RESOLUCION No. 6227 DEL DIECIOCHO (18) DE ENERO DE 2024 “ POR MEDIO
DEL CUAL SE DESIGNAN A LOS HONORABLES DIUTADOS JOSE FELIX GARCIA
TURBAY Y ALONSO DEL RIO JIMENEZ COMO PONENTES PARA ESTUDIO DE
PROYECTO DE ORDENANZA.
Manga 3ra avenida N o. 24 79, EdificioTorre del pue rto, Piso21
CartagenaD.T.C
e-mail:
secretariageneral@asambleadebolivar.gov.co
www.asambleadebolivar.gov.co
LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ASUNTOS
SOCIALES DE LA HONORABLE ASAMBLEA DE PARTAMENTAL DE BOLIVAR, en
uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias y
CONSIDERANDO
Que el día dieciséis (16) de enero de 2024, fue allegado proyecto de ordenanza POR
MEDIO DEL CUAL SE FACULTA AL GOBERNADOR DE BOLIVAR PARA QUE
REALICE UNA REESTRUCTURACION ADMINISTRATIVA, A TRAVES DE LA CUAL
MODIFIQUE, REORGANICE, MODERNICE Y DETERMINE LA ESTRUCTURA
ADMINISTRATIVA DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL NIVEL CENTRAL DE LA
ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Que, la Ley 2200 de 2022 señala en su Artículo 97. Debates. Los proyectos de
ordenanza serán presentados en la secretaría general de la asamblea, la cual los
repartirá a las comisiones que deban ocuparse de ellos, según la materia que traten y
la competencia de aquellas. (…)
Que la Ordenanza No. 001 de 2022 Por medio del cual se establece el Reglamento
Interno de la Asamblea Departamental de Bolívar” reglamenta en su Artículo 115 lo
siguiente:
Artículo 115º. - Debates y Designación de Ponente: Los proyectos de ordenanza
serán presentados en la secretaría general de la asamblea, la cual los repartirá a las
comisiones que deban ocuparse de ellos, según la materia que traten y la competencia
de aquellas.
Para que un proyecto sea ordenanza debe aprobarse en dos (2) debates celebrados
en distintos días. Durante el primero y el segundo se le pueden introducir los cambios,
reformas, supresiones o adiciones que se consideren convenientes, siempre que se
refieran a la materia o asunto de que trate el proyecto.
El ponente rendirá el informe dentro del plazo inicial que le hubiere señalado el
presidente, o en su prórroga, teniendo en cuenta la urgencia del proyecto y e l volumen
de trabajo. En caso de incumplimiento se procederá a su reemplazo.
El ponente o ponentes para los dos (2) debates pueden ser los mismos o diferentes
diputados.
Una vez recibido el proyecto de ordenanza, el presidente de la comisión en un término
máximo de 2 días calendario, designara ponente o ponentes para el primero y segundo
debate. En todo caso de ser varios ponentes habrá un ponente coordinador quien
además de organizar el trabajo de la ponencia ayudará al presidente en el trámite del
proyecto respectivo.
(…)

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