Resolución N° 668 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 13-07-2006 - Normativa - VLEX 878416001

Resolución N° 668 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 13-07-2006

Fecha de publicación14 Julio 2006
Fecha13 Julio 2006
Número de resolución668
Tipo de documentoResolución
MateriaConcesión de aguas
Partes- BRISAS DEL PRADO GIRóN
R E S O L U C I O N No

R E S O L U C I O N No. 000668

( 13 de Julio de 2006 )



Por la cual se declara la caducidad de una Concesión de Aguas de uso Público.


EL SUBDIRECTOR DE NORMATIZACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA


En uso de las atribuciones legales, conferidas por el Director General de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga mediante Resolución numero 0165 del 23 de Febrero de 2000 y sujeto al Art. 29 núm. 7 de la ley 99 de 1993, y el Decreto Reglamentario 1541 de 1978 y


C O N S I D E R A N D O


Que mediante Auto N° 2142 de 22 de mayo de 2.003, la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental, admitió la solicitud de Concesión de Aguas de uso público presentada por el Sr. AGAPITO OVIEDO MORENO, identificado con cédula de ciudadanía N° 13’849.756, actuando en calidad de presidente de la Junta de Acción Comunal “Asentamiento Humano Brisas del Prado” Girón, Vereda Carrizal, Río de Oro, en beneficio de 46 predios localizados en el Asentamiento mencionado del municipio de Girón, Departamento de Santander.


Que mediante el mismo Auto, se ordenó la practica de la visita técnica al lugar donde se proyectaba la toma del Recurso, los días 1,2,3 y 4 de Julio de 2.003, para lo cual se expidieron los correspondientes avisos de publicación, los cuales fueron fijados el día 21 de Mayo de 2.003 y desfijados el día 05 de Junio de 2.003 en la secretaría General de la Alcaldía Municipal de Girón y el día 06 de Junio de 2.003 en la secretaría de la Oficina de Concesión esde Aguas de la CDMB .


Que mediante Resolución N° 000248 de 25 de marzo de 2.004, la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental otorgó una Concesión de aguas de uso público en caudal total de CERO PUNTO TREINTA CINCUENTA Y SEIS LITROS POR SEGUNDO (0.3056 Ls/seg.) equivalente a VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TRES LITROS POR DÍA (26.403 Ls/día, en beneficio de veintinueve de los cuarenta y seis predios incluidos en el trámite de la solicitud de Concesión de Aguas de uso público tomada de las Fuentes Innominadas identificadas con los códigos 253 (cota de captación 750 m.s.n.m) y 249 (cota de captación 740 m.s.n.m) tributarias del Río de Oro por la margen izquierda, Microcuenca Oro Bajo de código 2319-2-5, Subcuenca Rio de Oro de código 2319-2, perteneciente a la Cuenca Río Lebrija de código 2319.


Los días 23 de agosto y 11 de Octubre del año 2.004, funcionarios de la Coordinación de Seguimiento y Monitoreo Ambiental, efectuaron visita al Asentamiento Humano Brisas de Prado Vereda Carrizal Rio de Oro- Girón, con el fin de verificar las condiciones de la Concesión de aguas otorgada, dicho informe reposa en las diligencias CA-186-2003.


Que mediante escrito presentado personalmente por el Abogado OSCAR GUARÍN MANRIQUE, identificado con cédula de ciudadanía N° 17’952.498, con tarjeta profesional N° 71.501 del C.S.J, y allegando el poder conferido por el Sr. JOSE M CASTIBLANCO MENDOZA, identificado con cédula de ciudadanía N° 13’829.708, solicitó la declaratoria de CADUCIDAD ADMINISTRATIVA DE LA CONCESIÓN DE AGUAS DE USO PÚBLICO OTORGADA MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 000248 DE 25 DE MARZO DE 2.004.


Que el accionante allegó como pruebas según el acápite correspondiente, las siguientes:


  1. Concepto emitido por la secretaría de planeación de Girón, de fecha 12 de julio de 2.005, suscrito por el Arquitecto CLAUDIO FERNANDO GARCÍA REY, en el cual se indica lo establecido por el Plan de Ordenamiento Territorial en cuanto a la ubicación del predio en el cual se localiza el Asentamiento Brisas del Prado

  2. Comunicación emitida por la CDMB de fecha 13 de Junio de 2.005, suscrita por el Ingeniero ALBERTO LEÓN SCHMITZ, como respuesta al derecho de Petición de fecha 23 de mayo de 2.005, elevado por Abogado OSCAR GUARIN MANRIQUE

  3. Comunicación emitida por el Sr. AGAPITO OVIEDO MORENO, en la cual invita a la comunidad a una reunión a celebrarse el día 9 de Enero de 2.005, para tratar el tema del “Agua”

  4. Doce (12) Fotocopias tomadas de los originales de Facturas de servicio público de Acueducto por conceptos de corte de agua y consumo básico.

  5. Diez (10) fotocopias tomadas de los originales de recibos por concepto de cobro del agua.

  6. Carta enviada a la Sra. EDUVINA DIAZ SANDOVAL habitante Brisas del Prado de fecha 08 de Febrero de 2.005, suscrita por el Sr. AGAPITO OVIEDO MORENO, Presidente de la Junta de Acción Comunal, el Sr. SAMUEL SUAREZ CARRILLO, Vicepresidente de la Junta de Acción Comunal, la Sra. GRACIELA ORTEGA ORTEGA, Tesorera de la Junta de Acción comunal, la Sra. SUSANA JIMENEZ PARDO, secretaria de la Junta de Acción Comunal, la Sra. ELIA VELASCO LEÓN, vocal de la Junta de Acción Comunal, el Sr. BENJAMIN BUSTOS, vocal de la Junta de Acción Comunal, el Sr. LUIS ENRIQUE MELO, vocal de la Junta de Acción Comunal.

  7. Escrito dirigido al Inspector de Policía de fecha 13 de Abril de 2.005, sin firma.

  8. Fotocopia tomada del original de la Resolución N° 000248 de 25 de marzo de 2.004, expedida por la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental, por medio de la cual se otorga una Concesión de Aguas de uso público.

  9. Copia informal de la Escritura pública N° 115 de 17 de Enero de 2.005 de la Notaría Quinta del Círculo de Bucaramanga, la cual contiene el acto de compraventa de los predios identificados con matricula inmobiliaria N° 300-277229 y 300-277230 del Sr. JOHNNY CASTIBLANCO MENDOZA al Sr. JOSE MAXIMINO CASTIBLANCO MENDOZA y la Hipoteca constituida a favor de la Sra. PATRICIA BAUTISTA ARAQUE, en atención a los predios descritos.

  10. Certificado de Existencia y representación legal de la Corporación Prodefensa de Vivienda del Area Metropolitana COPROVIAM NIT. 800252088, representada legalmente por el Sr. AGAPITO OVIEDO MORENO.

  11. Fotocopia Certificado de Tradición y Libertad de Matricula Inmobiliaria N° 300-277228 y 300-277451

  12. Formulario de Calificación Constancia de inscripción del loteo efectuado al predio 300-277451 propiedad de la Corporación Prodefensa de Vivienda del Area Metropolitana COPROVIAM NIT. 800252088.


Que mediante Auto N° 3704 de 24 de abril de 2.006, la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental, dio inicio al trámite de Caducidad Administrativa de la Concesión de Aguas de uso público otorgada mediante Resolución N° 000248 de 25 de marzo de 2.004.


Que mediante el mismo Auto y en virtud del Articulo 250 del decreto 1541 de 1.978, se ordenó la notificación personal al representante legal del Asentamiento Humano Brisas del Prado, vereda Carrizal – Rio de Oro, Girón, para que dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que da inicio al trámite de CADUCIDAD ADMINISTRATIVA formulara su defensa y aportara y/o solicitara las pruebas que considerara pertinentes.


Que frente a la imposibilidad de efectuar la notificación personal al representante legal del Asentamiento Humano Brisas del Prado, vereda Carrizal – Río de Oro Girón, y constituida prueba del envío de la correspondiente citación la cual reposa en las diligencias OT-0043-2.006 y CA-0186-2003, la secretaria de la Oficina Jurídica ambiental fijo Edicto el día 16 de mayo de 2.006 y lo desfijó el día 24 de mayo de 2.006.


Que el representante legal de Asentamiento Humano Brisas del Prado, vereda Carrizal – Río de Oro, Girón, no compareció a este Despacho, ni aportó, ni solicitó pruebas conducentes a desvirtuar los hechos señalados por el apoderado del Sr. CASTIBLANCO MENDOZA.


Que el Procurador Judicial Agrario Doctor CARLOS ARTURO SERPA URIBE, mediante oficio radicado en la CDMB con el N° 8553 de fecha 15 de mayo de 2.006, solicitó a la Subdirección de Normatización y Calidad ambiental, se le informara acerca de la decisión relacionada con el proceso de caducidad Administrativa de la concesión de aguas de uso público del Asentamiento humano Brisas del Prado Vereda Carrizal Río de Oro- Girón.


CAUSAL DE CADUCIDAD INVOCADA POR EL ACCIONANTE


El apoderado del Sr. CASTIBLANCO MENDOZA, señala en el numeral Noveno del acápite de los hechos, que “ conforme a los recibos aportados por mi poderdante, se está probando que la Junta de acción Comunal del Barrio Brisas del Prado ó mejor dicho el Asentamiento Humano Brisas del Prado está...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR