Resolución N° 6738 de la Agencia Nacional de Tierras, 2020 - Normativa - VLEX 879125812

Resolución N° 6738 de la Agencia Nacional de Tierras, 2020

Año2020
Número de resolución6738
Tipo de documentoResolución
AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS ANT
RESOLUCIÓN No. DE 2020
“Por la cual se archiva la solicitud de titulación de la posesión y saneamiento de la
falsa tradición respecto del predio denominado “INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CRISTOBAL COLÓN SEDE SAN BLAS identificado formulada por la ALCALDÍA
MUNICIPAL con el FMI No. 342-7850, DE MORROA, departamento de Sucre, en el
marco del procedimiento único regulado por el Decreto Ley 902 del 2017”
EL SUBDIRECTOR DE SEGURIDAD JURÍDICA
En ejercicio de las facultades legales otorgadas por el Decreto 2363 de 2015, Decreto
Ley 902 de 2017 y el manual operativo previsto por la Resolución No. 740 de 2017,
junto con las demás resoluciones que la modificaron:
I. CONSIDERANDO
1. Competencia
Que los artículos 64 y 65 de la Constitución Política de Colombia establecen el deber
del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los
trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, con el fin de mejorar el ingreso
y calidad de vida de los campesinos, como también dar prioridad al desarrollo de
actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales
encaminadas a la producción de alimentos.
Que en ejercicio de facultades extraordinarias conferidas por la Ley 1752 de 2015, el
Gobierno Nacional expidió el Decreto Ley 2363 de 2015 el cual dispuso la creación de
la Agencia Nacional de Tierras, en adelante ANT, como una agencia estatal de
naturaleza especial, de la rama ejecutiva, de carácter descentralizado, con patrimonio
propio, personería jurídica y autonomía administrativa, adscrita al Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural.
Que la ANT tiene por objeto la ejecución de la política de ordenamiento social de la
propiedad rural para gestionar el acceso a la tierra como factor productivo, lograr la
seguridad jurídica sobre ésta, promover su uso en cumplimiento de la función social
de la propiedad y administrar y disponer de los predios rurales de propiedad de la
Nación.
Que el Numeral 22 del artículo 4 del Decreto 2363 de 2015, establece como función
de la ANT: “Gestionar y financiar de forma progresiva la formalización de tierras de
naturaleza privada a los trabajadores agrarios y pobladores rurales de escasos
recursos en los términos señalados en el Artículo 103 de la Ley 1753 de 2015.”
Que el artículo 38 del Decreto Ley 2363 de 2015, dispuso que, a partir de la entrada
en vigencia de este cuerpo normativo, todas las referencias normativas hechas al
Incora o el Incoder en relación con los temas de ordenamiento social de la propiedad
rural deben entenderse referidas a la ANT. Además, su parágrafo establece que las
referencias normativas consignadas en la Ley 160 de 1994, y demás normas vigentes,
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11 AGO 2020

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