Resolución N° 675 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 18-08-2015 - Normativa - VLEX 877908142

Resolución N° 675 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 18-08-2015

Número de resolución675
Año2015
Fecha18 Agosto 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL "SINA"
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGTONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL -
CORPONOR
"Por la cual se prorroga una comisión para desempeñar un empleo de libre
nombramiento y remoción"
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las concedidas por el artículo
29 de la Ley 99 de 1993, el artículo 26 de la ley 909 de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 99 de 1993, en su numeral 5 del artículo 29, establece que es función del Director
General ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y
convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la ent¡dad.
Que, mediante Resolución número 05'13 de 20 de Junio de 2012, se otorgó comisión al
funcionario EMlLlo AscANlo LoBo identificado con cedula de ciudadanía No. '13.359,624
expedida en Ocaña, Norte de Santander, quien es titular del empleo de Profesional Universitario
Qodigo 2044, Grado 09, según Acuerdo 027 de 30 de Diciembre de 2008, "por el cual se
establece la estructura interna de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental
"coRPoNoR', el Acuerdo 028 de 30 de Diciembre de 2008 " por el cual se adopta la planta de
empleos de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental "CORpONOR" y la
Resolución No.973 de 3l de Dic¡embre de 2008 "Por la cual se incorporan los empleos de la
Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental "CORpONOR", para desempeñar el
empleo de DIRECTOR TERRITORIAL, Código 0042, Grado 07, cargo de tibre nombramiento y
remoción de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental "CORpONOR,,
Que, mediante resolución 0499 del 1 7 de Junio de 2015 se prorrogó el encargo por el termino de
dos (2) meses contados a partir del 20 de Junio de 2015.
Que, en términos del artículo 26 de la ley 909 de 2004, Los empleados de carrera con evaluación
del desempeño sobresaliente, tendrán derecho a que se les otorgue comisión hasta por er
término de tres (3) años, en períodos continuos o discontinuos, pudiendo ser prorrogado por un
térm¡no igual, para desempeñar empleos de libre nombram¡ento y remoción o poi el término
correspondiente cuando se trate de empleos de período, para los cuales hubieren sido
nombrados o eleg¡dos en la misma entidad a la cual se encuentran vinculados o en otra. En todo
caso, la com¡s¡ón o la suma de ellas no podrá ser superíor a seis (6) años, so pena de ser
desvinculado del cargo de carrera administrativa en forma automátlca.
Que, por lo anter¡or, es procedente otorgar la prórroga del citado encargo.
RESUELVE:
ARTlcuLo PRIMERo: Prorrogar la com¡sión para ejercer un empleo libre nombramiento y
remoción al funcionario EMILIO ASCANIO LOBO identificado con cedula de ciudadanía No.

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