Resolución N° 689 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-06-18 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881857992

Resolución N° 689 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-06-18

Fecha18 Junio 2004
Número de resolución689
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
RESOLUCION No.
O
9
( ro
8
JUN 2004
DE 2004
)
"Por medio de la cual se hace un reconocimiento y se ordena el pago de una Indemnización por
supresión de cargo"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLlMA
CORTOLlMA
En uso de sus atribuciones legales y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 0142 del 3 de febrero de 1995 fue nombrada en provisionalidad la
Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES identificada con la cédula de ciudadanía No.38.239.723 de
Ibagué, para desempeñar las funciones del cargo de Profesional Universitario código 3020, grado
de remuneración 09.
Que la Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES tomó posesión del cargo el día 21 de febrero de
1995, según acta de posesión No.044 de la misma fecha.
Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 008 del 3 de junio de 2004, se suprimió el
empleo que venía desempeñando la Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES. ~n cargo de
PROFESIONAL UNIVERSITARIO código 3020, grado de remuneración 09, habiendo sido
comunicada el 7 de junio de 2004, del oficio de la misma fecha, suscrito por la Subdirectora
Administrativa y Financiera, informándole que debe manifestar por escrito al Director General, su
decisión si opta por ser incorporada a empleos equivalentes o a recibir indemnización en los
términos de Ley.
Que la Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES, mediante oficio No.006164 deiS de junio de 2004,
comunica a la administración su decisión de recibir la indemnización.
Que el artículo 140 del Decreto 1572 de 1998, establece los factores que hacen parte de la
liquidación de la indemnización con base en el salario promedio causado durante el último año de
servicios, que para éste caso son los siguientes:
1. Asignación básica mensual devengada a la fecha de supresión del cargo.
2. Prima de Navidad
3. Bonificación por servicios prestados
4. Prima de Servicios
5. Prima de vacaciones
Que la Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES, a la fecha de supresión del cargo, devengaba una
asignación básica mensual de UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
SESENTA Y SIETE PESOS ($1 '144.567,00) MONEDA CORRIENTE.
Que la Corporación canceló a la Doctora SOLEDAD PINEDA PAREDES en el mes de Diciembre
la prima de navidad por valor de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO
CINCUEN"FA
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MQ~F,ºA&9~~1 Preservemoslo
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Avenida del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 2654551 - 52-54-55 A.A. 2026 - Fax: 2654553 - 2700120
E-mail: cortol i ma @cortolima.gov.co
Web:www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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