Resolución N° 697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-06-18 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881857495

Resolución N° 697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-06-18

Fecha18 Junio 2004
Número de resolución697
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
RESOLUCION No..
O 6 9 7
( L
a
JU ~ 2004
DE 2004
)
I
I
"Por medio de la cual se hace un reconocimiento y se ordena el pago de una Indemnización por
supresión de cargo"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLlMA
CORTOLlMA
En uso de sus atribuciones legales y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 817 del 16 de septiembre de 1983 fue nombrada la Doctora LUZ MERY
CIFUENTES SILVA identificada con la cédula de ciudadanía No. 38"231.249 de Ibagué, para
desempeñar las funciones del cargo de Profesional Especializado código 3010, grado de
remuneración 10, siendo posesionada el día 21 de septiembre de 1983, según acta de posesión
sin número.
"'
Que mediante Resolución 2573 del 2 de octubre de 1995 fue ascendida la Doctora LUZ MERY
CIFUENTES SILVA identificada con la cédula de ciudadanía No. 38"231.24.9 de Ibagué, para
desempeñar las funciones del cargo de Profesional Especializado código 3010, grado de
remuneración 18, siendo posesionada el mismo día según consta en el acta de posesión NO.HO.
Que mediante Artículo Primero del Acuerdo del Consejo Directivo No. 008 del 3 de junio de 2004,
se suprimió el empleo que venía desempeñando la Doctora LUZ MERY CIFUENTES SILVA en
cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO código 3010, grado de remuneración 18, habiendo
sido comunicado el 7 de junio de 2004, del oficio fechado el mismo día, suscrito por la Subdirectora
Administrativa y Financiera, informándole que debía manifestar por escrito al Director General, su
decisión de optar por ser incorporada a empleos equivalentes o a recibir indemnización en los
términos de Ley.
Que la Doctora LUZ MERY CIFUENTES SILVA, mediante oficio NO.006259 del 11 de junio de
2004, comunica a la administración su decisión de recibir la indemnización.
Que el artículo 140 del Decreto 1572 de 1998, establece los factores que hacen parte de la
liquidación de la indemnización con base en el salario promedio causado durante el último año de
servicios, que para éste caso son los siguientes:
1. Asignación básica mensual devengada a la fecha de supresión del cargo.
2. Prima de Navidad
3. Bonificación por servicios prestados
4. Prima de Servicios
5. Prima de vacaciones
Que la Doctora LUZ MERY CIFUENTES SILVA, a la fecha de supresión del cargo, devengaba una
asignación básica mensual de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($1'936.499,00) MONEDA CORRIENTE.
" El Medio Ambiente
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lo es todo, sin
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el todo es
IZada,
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Preservemoslo
!
Cra 5
a
Avenida del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 2654551 - 52-54-55 A.A. 2026 - Fax: 2654553 - 2700120
E-mail: cortolima@cortolima.gov.co
Web:www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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