Resolución nº 70036180016 de Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, 24-01-2018 - Normativa - VLEX 901652071

Resolución nº 70036180016 de Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, 24-01-2018

JurisdicciónColombia
Fecha de disposición24 Enero 2018
Fecha de publicación07 Febrero 2018
Pagina 1 de 17
Exp. No. 700.33.2.17.139 GRUPO DE EVALUACION
Resoluci6n No. 700. 36 . 18 0 0 1 6 Fecha:
I.
4 tNE 2U1B
"POR M'EDIO DE LA CUAL SE OTORGA UN PERM ISO DE APROVECHAMIENTO
FORESTAL DE ARBOLES AISLADOS"
EI Director Territorial de la Corporacion Autonoma Regional de la Orinoqufa Corporinoquia
Arauca, en uso de sus facultades legales conferidas mediante Resolucion No. 4Q0.41.17-
01923 del 06 de diciembre de 2017 y,
ANTECEDENTES:
Que mediante oficio radicado en Corporinoquia, bajo el No. AR 2017 - 01943 del 14 de juiio
de 2017, el Municipio de Arauca, identificado con Nit. 800.102.504-0, solicito permiso de
aprovechamiento forestal, para la ejecucion del proyecto denominado: "CONSTRUCCION
DE ViAS URBANAS EN PAVIMENTO RiGIDO Y ALCANTARILLADO' PLUVIAL EN LA
COMUNA 3 EN SECTORI;S DE LOS BARRIOS 12 DE OCTUBRE, VILLA SAN JUAN Y
BULEVAR DE LA CEIBA DEL MUNICIPIO DE ARAUCA - DEPARTAMENTO DE ARAUCA".
Que mediante oficio W 700.40.17-1251 ge techa 21 de julio de 2017, Corporinoquia, previa
verificacion de los documentos presentados·, requirio al Municipio de Arauca, identificado con.
Nit. 800.102.504-0, toda vez que la informacion aportada no contaba con la informacion
tecnica necesaria que permitiera dar inicio al tramite a la solicitud de aprovechamiento
forestal.
Que mediante oficio radicado en Corporinoquia, bajo el No. AR.2017-02250 del 14 de agosto
de 2017, el Municipio de Arauca,· identificado con Nit. 800.102.504-0, dio respuesta al
requerimiento realizados por esta Corporacion, mediante oficio W700.40.17-1251 de fecha
21 de julio de 2017, a fin de continuar con el tramite tendiente a evaluar la solicitud de
permiso de aprovechamiento fQrestal.
Que para los fines pertinentes el peticionario aporto los siguientes documentos: formulario
unico nacional de solicitud de aprovechamiento forestal debidamente diligenciado y firmado,
formulario de determinacion de costos del proyecto debidamente diligenciado y firmado,
formulario del registro unico tributario RUT, acta de posesion del alcalde, fotocopia de la
cedula de ciudadania del alcalde, certificado de uso~del suelo, documentacion tecnica en
medio ffsico y magnetico.
Que mediante oficio No. 700.40.17-1612 de 28 de agosto de 2017, Corporinoquia informo al
Municipio de Arauca, identificadQ con Nit. 800.102.504-0, el costa del servicio de evaluacion
de la solicitud de permiso de aprovechamiento forestal, para la ejecucion del proyecto
denominado: "CONSTRUCCION DE ViAS URBANAS EN PAVIMENTO RiGIDO Y
ALCANTARILLADO PLUVIAL EN LA COMUNA 3 EN SECTORES DE LOS BARRIOS 12 DE
OCTUBRE, VILLA SAN JUAN Y BULEVAR DE LA CEIBA DEL MUNICIPIO DE ARAUCA -
DEPARTAMENTO DE ARAUCA", de acuerdo con
10
establecido en la Resolucion No.
500.41.16-1780 del 29 de diciembre de 2016, en la cual se establecen los para metros yel
procedimiento para efectuar el cobro de las tarifas de evaluacion y seguimiento de las
licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones ydemas instrumentos de
control ymanejo ambiental. .
Que obra en el expediente fotocopia del comprobante de consignacion del Banco Agrario de
Colombia, operacion 10374619 del 04/09/2017, el cual se evidencia el pago
Sede Principal Yopai: Cra 23 No 18 - 31. Tel: (8) 635 85 88 Telefax (8) 632 26
23
Subsede Arauca: Cra 25 No 15 - 69. Tel: (7) 885 20 26 Telefax (7) 8853939
SUbsede La Primavera: CII 4 No 9 - 72. Cel: 3132838233-3105816858
Unidad Ambiental Caqueza: ell 5A No 1- 73. (1) 848 0929
a-mail: direccion@corporinoqui?gov.co/controlinterno@corporinoquia.gov.co
www.corporinoquia.gov.co
>COipofiitOflJil8', .
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Par
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Exp. No. 700.33.2.17.139
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GRUPO DE EVALUACI6N
Resolucion No.
700 ~
36 .
18 001
6' "~.
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correspondiente por los servicios de evaluaci6n por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS
SEIS MIL CIENTO CINCUENTA PESOS M/CTE ($ 1.206.150,
00). .
Fecha:
l4
tNt
lU1H
Que en cumplimiento del Art. 70 de la Ley 99 de 1993, mediante Auto No. 700.57.17 - 0775
del 03 de octubre de 2017, notificado en forma personal el 10 de octubre
de
2017, y
publicado en la pagina web: www.corporinoquia.gov.co, en cumplimiento a
10
establecido en
el Artfculo 71 de la Ley 99 de 1993, el dfa 20 de octubre de 2017, Corporinoquia inici6 el
tramite administrativo de caracter ambiental de la solicitud radicada bajo el No. AR 2017 -
001943 del 14 de julio de 2017 y AR.2017-02250 del 14 de agosto de 2017, tendiente a
evaluar la solicitud de permiso de aprovechamiento forestal, para la ejecuci6n del proyecto
denominado: "CONSTRUCCION DE VIAS URBANAS EN PAVIMENTO RIGIDO Y
ALCANTARILLADO PLuviAL EN LA COMUNA 3 EN SECTORES DE LOS BARRIOS 12 DE
OCTUBRE, VILLA SAN JUAN
Y
BULEVAR DE LA CEIBA DEL MUNICIPIO DE ARAUCA -
DEPARTAMENTO DE A:RAUCA",
Y
se solicit6 a la coordinadora del grupo de evaluaci6n
designar profesionales de apoyo para que evaluaran la documentaci6n presentada por el
peticionario, realizaran 'Ia visita al lugar de ejecuci6n del proyecto y en consecuencia
emitieran ~I correspondiente concepto tecnico de evaluaci6n del tramite.
Que, surtido el tramite anterior, profesionales del grupo evaluaci6n la Oficina de Control y
Calidad Ambiental de Corporinoquia, realizaron visita tecnica de evaluaci6n el dfa 10 de
octubre. de 2017, evaluaton la documentaci6n allegada y en consecuencia emitieron el
concepto tecnico No. 700.10.1.18-0004 del 10 de enero de 2018, el cual forma parte integral
del presente acto administrativo.
De otra parte en el Auto de inicio No. 700.57.17-0775 de fecha 03 de octubre de 2017, se
enunci6 que se trataba de un aprovechamiento forestal unico, cuando en realidad se trata de
aprovechamiento forestal aislado, circunstancia que pese a que no afecta la concesi6n del
permiso, pues la misma
S6
determinara en la resoluci¢>nque concede el mismo, es del caso,
dejar en claro que para todos los efectos legales, se tendra como aprovechamiento forestal
de arboles aislado.
Asf las cosas, se anunciara en la Resoluci6n, en
10
que tiene que ver con el permiso de
aprovechamiento forestal arboles aislados, tal como se ha precisado en estas
consideraciones.
COMPETENCIA DE CORPORINOQUIA
Que la Ley 99 de 1993 s~riala los principios generales que orientan 'Ia polftica ambiental en
Colombia orientada a garantizar el desarrollo sostenible de los recursos naturales, proteger y
aprovechar la diversidad t)io)6gica del pafs (Art. 1°).
Que el numeral del artfculo 31 de la Ley 99 de 1993, seriala que las Corporaciones
Aut6nomas Regionales ejercen la funci6n de maxima Autoridad Ambiental en el area de su
jurisdicci6n, de atuerdo con las normas de caracter superior, y conforme a las directrices
trazadas por el hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que el numeral
del articulo
31
de la ley
99
de
1993,
senala que las Corporaciones
Aut6nor;nas Regionales ejercen dentro de sus funciones la de otorgar concesiones, permisos,
auto.r~zac~~nesy licencias! ambientales requeridas por la ley para el uso aprov~c~amiento
0
movillzaclon de los recursos naturales renovables
0
para el desarrollo de actlvldades que
afecten
0
puedan afectar ~I medio ambiente. .
Sede Principal Yopal: Gra 23No 18- 31. Tel: (8) 635 85 88Telefax (8)632 26 23
Subsede Arauca:
Gra 25 No 15 - 69. Tel: (7) 885 20 26 Telefax (7) 8853939
Subsede La Primavera:
Gil
4
No
9 -
72. Gel: 3132838233-3105816858 .
Unidad Ambiental
Caqueza:
ell
5A
No 1- 73. (1) 848 0929
e-mail:
direccion@corporinoquia.gov.cofcontrolinterno@corporinoquia.gov.co
www.corporinoquia.gov.co

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