Resolución Nº 7150 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2023 - Normativa - VLEX 945990697

Resolución Nº 7150 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2023

Año2023
Fecha de publicación16 Junio 2023
Número de resolución7150
RESOLUCIÓN No. 7150 DE 2023
Por la cual se resuelve la solicitud de autorización de terminación de la relación de
interconexión entre PARTNERS TELECOM COLOMBIA S.A.S. y la EMPRESA DE
TELECOMUNICACIONES DE GIRARDOT S.A. E.S.P EN LIQUIDACIÓN
JUDICIAL
LA SESIÓN DE COMISIÓN DE COMUNICACIONES
DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 22 de la Ley
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES
Mediante radicado 2023804556 del 27 de marzo de 2023, PARTNERS TELECOM COLOMBIA
S.A.S., en adelante PTC, en calidad de sociedad absorbente de AVANTEL S.A.S. EN
REORGANIZACIÓN, en adelante AVANTEL, solicitó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones
CRC la autorización para la terminación del acuerdo de acceso, uso e interconexión de la red
legada de AVANTEL, derivada del
“Contrato de facturación, recaudo e interconexión indirecta
entre E.T.G. Y AVANTEL del 12-06-2006”,
suscrito el 12 de junio del 2006.
Posteriormente, con comunicación bajo radicado 2023506930 del 31 de marzo de 2023, la CRC
corrió traslado a la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE GIRARDOT S.A. E.S.P EN
LIQUIDACIÓN JUDICIAL, en adelante EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE
GIRARDOT EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, de la solicitud de autorización de terminación de la
relación de interconexión elevada por PTC, para que presentara sus consideraciones sobre el
particular, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación. Sin
embargo, transcurrido el término en mención la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE
GIRARDOT EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL no se pronunció frente a la solicitud.
Es necesario poner de presente que, en atención a los efectos que los artículos 172 y 178 del
Código de Comercio prevén en relación con la fusión por absorción, AVANTEL, como sociedad
absorbida, transfiere a PTC su posición contractual, respecto del contrato señalado líneas atrás
y, por ende, esta última se encuentra legitimada para solicitar a la Comisión el trámite de
desconexión que acá se analiza.
2. PRONUNCIAMIENTO DE PTC
Para sustentar su solicitud de terminación de la relación de interconexión existente entre la red
legada de AVANTEL y la red de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE GIRARDOT EN
LIQUIDACIÓN JUDICIAL, PTC invocó como fundamento dos de las causales establecidas en
el artículo 4.1.2.10 de la Resolución CRC 5050 de 2016, las cuales corresponden a i) la extinción
de la calidad de proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones de cualquiera de las partes,
por la extinción de la calidad de proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones respecto

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