Resolución N° 720 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-02-28 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881857411

Resolución N° 720 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-02-28

Número de resolución720
Fecha28 Febrero 2017
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
ir I
RESOLUCION No.
o 7 20
( 2
-
8 FEB 2017 )
"Por medio del cual se decide de fondo un proceso sancionatorio y se dictan otras medidas"
EL DIRECTOR DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLIMA
"CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las contempladas en
la ley 99 de 1993, Ley 1333 de 2009, demás normas concordantes
CONSIDERANDO:
1.
OBJETO:
Se encuentran al despacho la presente actuación administrativa, con el fin de decidir
de fondo el proceso sancionatorio No. 7993, adelantado en contra del
Establecimiento de Comercio denominado
PIJAOS MOTOS S.A.,
identificada con
NIT No. 0900040848-4, ubicado en la Carrera 6 No. 25-06 del Municipio de lbagué,
Representada Legalmente por el señor
GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ
GUERRERO,
identificado con Cedula de Ciudadanía No. 18.508.515 y/o quien haga
sus veces al momento de la notificación del presente acto administrativo, por el
incumplimiento de las disposiciones ambientales Decreto 4741 de 2005, cuya
obligación es el registro ante la autoridad ambiental competente por una sola vez y
mantener actualizada la información de su registro anualmente (Articulo 10 Literal f),
por ser generadores de residuos o desechos peligrosos.
2.
ANTECEDENTES:
Que mediante Mensaje Interno No. 6099 de fecha 27 de Diciembre de 2011 (visto a
Folios 1-4), la subdirección de Calidad Ambiental, informo a la Oficina Jurídica, los
establecimientos que están obligados a inscribirse en RESPEL y que a la fecha no
estaban inscritos, para que se diera aplicación al Artículo 12 de la Resolución No.
1362 del 02 de Agosto de 2007.
Que mediante Resolución No. 5921 del 30 de Diciembre de 2011 (visto a Folios 5-8),
se dio inicio al proceso sancionatorio, en contra del establecimiento de comercio
denominado PIJAOS MOTOS S.A., identificada con NIT No. 0900040848-4, ubicado
en la Carrera 6 No. 25-06 del Municipio de lbagué, Representada Legalmente por el
señor GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ GUERRERO, identificado con Cedula de
Ciudadanía No. 18.508.515, ubicado en la Carrera 5 No. 78-41 del Municipio de
lbagué, por el incumplimiento de las disposiciones ambientales Decreto 4741 de
2005, cuya obligación es el registro ante la autoridad ambiental competente por una
sola vez y mantener actualizada la información de su registro anualmente (Articulo
10 Literal f), por ser generadores de residuos o desechos peligrosos.
Que mediante Resolución No. 0993 del 21 de Marzo de 2012 (visto a Folios 15-24), se
4
formuló pliego de cargos en contra del establecimiento de Comercio denominado
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur:
Dirección Territorial Norte.
Dirección Territorial Oriente:
Dirección Territorial
Cro. 51 Av. Del Ferrocarril , Calle 44
Extension: 401
Extensión 400
Extensión 403
Suroriente:
Teléfonos: (578) 2653260- 2655444 - 2657775 • 2655452 - 2655446 . 2660101 •
Telefax.: (8)2462779
Calle 2a Sur No 6-81
Telefax.' (8)2456876
Extensión 402
2640517 . 2660149 - 2657186 - 2654940 - 2654555 - 2654554— 2655378
CC Kalaramo Cra. 8 No.
Avenida las Palrnos Predio
Calle 6 No. 23- 37 segundo piso,
Telefax.. (8)2281204
Lineo Nacional: 018000956666 desde el resto del Pais
E-Moil: cortolimo@cottolimaciovco • Web: www.cortolana.pcnico
7 • 24/28 Ofi. 301.303,
Chaparral
Casa Verde
Lérida - Tolima
Melgar
Cm. 9 No. 8 . 120,
Purificación
'bogué — Toll,. —Colombia

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