Resolución N° 767 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2002 - Normativa - VLEX 875994610

Resolución N° 767 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2002

Número de resolución767
Año2002
Fecha22 Abril 2002
RESOLUCION 0767 DEL 5 DE AGOSTO DE 2002
“Por la cual se establecen unas medidas en relación con el manejo de las
curtiembres y comercializadoras de productos de la fauna silvestre, y se
adoptan otras determinaciones”
MINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE
En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 17 de
1981, el numeral 23 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, el Decreto 1401 de
1997, y
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES
Que mediante memorando No. 2100-3-167 del 22 de abril de 2002, la
Directora General de Ecosistemas del Ministerio del Medio Ambiente remitió a
la Oficina Jurídica copia del concepto técnico rendido por funcionarios de esa
Dirección, luego de la visita realizada a las curtiembres que se encuentran
ubicadas en la ciudad de Barranquilla.
Que en el concepto técnico aludido, se expresa entre otras cosas lo siguiente:
“(…)
OBJETO DE LA COMISION
Realizar visitas de inspección a las curtiembres ubicadas en las ciudades de
Barranquilla y Soledad (Atlántico) a fin de establecer su adecuado
funcionamiento y definir parámetros para el manejo de cuotas de producción
de los zoocriaderos para los años 2001 y 2002 y de las cuotas de exportación
del año 2002 y 2003.
ANTECEDENTES
El Ministerio del Medio Ambiente, en reuniones previas sostenidas entre los
meses de enero y febrero con las dos organizaciones que asocian a mas del
90% del gremio de la zoocría, AZOOCOL y FUNDACION BIODIVERSA,
determinó la necesidad de ajustar las cuotas de exportación de pieles de
babilla de los zoocriaderos para el año 2002 teniendo en cuenta los inventarios
2
Por la cual se establecen unas medidas en relación con el manejo de las curtiembres y
comercializadoras de productos de la fauna silvestre, y se adoptan otras
determinaciones”
existentes en curtiembres, los cuales pueden afectar la cuota de exportación
global que maneja el país ante la Secretaria de la Convención CITES, y así
mismo implementar a futuro un mecanismo que optimice el manejo de dichas
cuotas, discriminando aquellas provenientes de zoocriaderos y de curtiembres.
En este sentido, el Ministerio del Medio Ambiente, como Autoridad
Administrativa CITES y por tanto ente encargado del manejo de cuotas de
exportación de pieles y productos de Caiman crocodilus, entre otras
especies, programó visitas a las curtiembres existentes, iniciando el diagnóstico
por las cuatro (4) curtiembres ubicadas en jurisdicción de la Corporación
Autónoma Regional del Atlántico – CRA y el Departamento Administrativo
Distrital de Medio Ambiente – DADIMA.
(…)
DESARROLLO DE LA COMISION
Se visitaron cuatro curtiembres como se desglosa en la tabla adjunta:
Establecimie
nto
Domicilio Representante
Legal
Autorida
d
Ambient
al
Día de visita
Curtiembre
Zoobem S.A.
Carrera 14 No.
33B - 61
Soledad, Atlántico
Jorge Saieh CRA 6 -marzo-
2002
Curtiembre
Croco
Tannery
Calle 17 No. 39-
660
Soledad,
Atlántico
Abelardo
Augusto
Acevedo
CRA 6 -marzo-
2002
Agroreptiles
del Norte
Carrera 85 No. 82-
11
Barranquilla,
Atlántico
Orlando Cogollo DADIMA
7 -marzo-
2002
Curtiembre
Prodelta
Zona Franca, Av.
Hamburgo No. 8-
39 –
Barranquilla,
Atlántico.
Leon Roiter DADIMA
7 -marzo-
2002
En términos generales, el proceso que desarrollan las curtiembres a las pieles
de babilla es el siguiente:
Remojo: en la cual se humecta la piel nuevamente para devolverle su
estado natural de hinchamiento.
Pelambre: es la fase de aflojamiento de la piel y eliminación de la escama
Desencale: se retira la cal de la piel, proceso realizado con sulfato de
amonio
Piquelado: es la descalcificación del hueso.
Curtido: es el proceso de estabilización de la piel

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