Resolución Nº 779 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 06-11-2020 - 10 de Noviembre de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851976270

Resolución Nº 779 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 06-11-2020

Fecha de emisión06 Noviembre 2020
Fecha de publicación10 Noviembre 2020
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta6958
BOGOTA
RESOLUCION No.
779
DE 20
16 NOV 2020
"Por medio de la cual se establecen las bases para la convocatoria TREANDO-ANDO EL
LOGO PDET BOGOTA -REGION y las condiciones para el reconocimiento de un estImulo
a la participación en el marco de la implementación de los Programas de Desarrollo con
Enfoque Territorial - PDET, en Bogota -Region"
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA,
DISTRITO CAPITAL
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artIculo 9 de la
Ley 489 de 1998, el artIculo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artIculo 60 del Decreto
de 2001, y
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcciOn de una paz estable y duradera
tiene como metas la reducción de la pobreza en todas sus dimensiones, y la erradicación de la pobreza
extrema rural.
Que en el marco de dicho Acuerdo, la Reforma Rural Integral -RRI, busca sentar las bases para la
transformación estructural del campo, crear condiciones de bienestar para la población rural y de esa
manera, contribuir a la construcción de una paz estable
y
duradera.
Que, en ese sentido, el Punto 1, del Acuerdo de Paz establece que la Reforma Rural Integral es de
aplicación universal., y el punto 1.2.2 del Acuerdo Final, indica que la transformación estructural del
campo deberá cobijar la totalidad de las zonas rurales del pals.
Que la ejecución de la RRI prioriza los territorios más afectados por el conflicto armado interno, la
miseria y el abandono, a través de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial- PDET como
instrumentos de reconciliación en el que todos sus actores trabajan en la construcciOn del bien
supremo de la paz, derecho y deber de obligatorio cumplimiento.
Que para la definición de las zonas PDET, de conformidad con lo previsto en el punto 1.2.2 del
Acuerdo Final, se convino priorizar las zonas más necesitadas y urgidas con base en los siguientes
criterios: i) los niveles de pobreza, en particular, de pobreza extrema y de necesidades insatisfechas;
ii) el grado de afectación derivado del conflicto; iii) la debilidad de la institucionalidad administrativa
y de la capacidad de gestión; y iv) la presencia de cultivos de uso ilIcito y de otras economlas
ilegitimas.
Cra8No. 10-85
f0m)
C6digopostal111711
S10
Tel: 3813000
O
A.
,
__
wbogota.gov.co
-i-
OOOTAD.C.
Info: Llnea 195
4203000-FT-997 Version 02
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CONTINUACION DE
LA
RESOLUCION No.
779
0 6 NOV 2020
"For medio de la cual se establecen las bases para la convocatoria "GREANDO-ANDO EL
LOGO PDET BOGOTA -REGION y las condiciones para el reconocimiento de un estImulo
a la participación en el marco de la implementación de los Programas de Desarrollo con
Enfoque Territorial - PDET, en Bogota-Region"
Que, de conformidad con el punto 1.2 del Acuerdo Final, los Planes de Desarrollo con Enfoque
Territorial -PDET-, entre otros, tienen por objetivo el desarrollo y la integración de las regiones
abandonadas y golpeadas por el conflicto, implementando inversiones püblicas progresivas,
concertadas con las comunidades, con el fin de lograr la convergencia entre la calidad de vida rural y
urbana, y fortalecer los encadenamientos entre la ciudad y el campo.
Que ci Acto Legislativo 02 de 2017 "Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligacion
de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final. En consecuencia, las actuaciones de
todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del Acuerdo Final y su
interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando
los contenidos, los compromisos, el esplritu y los principios del Acuerdo Final".
Que, en cumplimiento de lo anterior, mediante Acuerdo Distrital No. 761 del 11 de junio de 2020, se
adoptó el Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024, "Un nuevo contrato social y ambiental para la
Bogota del Sigio XXI", ci cuai dentro del Propósito
3
contempla ci logro "21. Posicionar a Bogota -
Region como ci epicentro de paz y reconciliaciOn del pals, ejecutando un PDET rural en Sumapaz y
un PDET urbano con Soacha"
Que de conformidad con el articulo
53
del Plan de Desarrollo Distrital, Bogota - Region será epicentro
de paz y reconciliación, mediante la incorporación del enfoque PDET contemplado en el punto 1.2
del Acuerdo Final, como un instrumento con carácter reparador que tenga como marco de referencia
los planes y programas del Distrito con enfoque territorial, y de construcción de paz para promover
el desarrollo integral de las comunidades. Para esto, se diseñarán e implementaran los PDET para
Sumapaz y el borde suroccidental de Bosa y Ciudad Bolivar en limites con el municipio de Soacha.
Los compromisos adquiridos por las entidades en los PDET deberán reflejarse en su presupuesto
anual y en sus indicadores de ejecución de sus proyectos.
Que los PDET rural en Sumapaz y un PDET urbano con Soacha son un instrumento de planeación,
resultado de un proceso participativo con las comunidades, que contribuya a priorizar las necesidades
y las urgencias que permanecen en el territorio y responda de manera integral a la vision de desarrollo
comunitario.
Cra8No. 10-65
C6dlgopostal111711
Tel: 381 3000
www.bogota.gov.co
cE .oQOTADC
Info:
Llnea
195
4203000-FT-997 Version 02

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