Resolución N° 798 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-02-29 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881843321

Resolución N° 798 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-02-29

Número de resolución798
Fecha29 Febrero 2012
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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(~ 2012)
"Por la cual se ordena el pago de una tarifa de seguimiento"
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LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución No. 2670 del 15 de diciembre de 2008, Cortolima ordena el
cumplimiento de ciertas disposiciones ambientales para la operación de la Estación
de Servicio SERVIGUALANDAY, con Nit No.65.742.177-5, Ubicada en el Municipio
de Coalla, con representante legal la señora ANA PATRICIA LOMBANA.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000 señala: "Las autoridades ambientales
cobrarán los servicios de Evaluación y los servicios de Seguimiento de la Licencia
Ambiental, permisos, Autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo
ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos (...) Que la tarifa incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización
de las actividades propuestas;
b) El valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el
estudio, la expedición, el seguimiento yo el monitoreo de la licencia ambiental,
permisos, concesiones
y
autorizaciones y demás instrumentos de control y
manejo ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos.
c) El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños técnicos que
sean requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
Que la Corporación aplicará el siguiente método de cálculo: Para el literal a) se
estimará el número de profesionales/mes y se aplicarán las categorías y tarifas de
sueldos de contratos del Ministerio de Transporte y para el caso de contratistas
internacionales, las escalas tarifarias para contratos de consultoría del Banco
Mundial o del PNUD; para el literal b) sobre un estimativo de visitas a la zona del
proyecto se calculará el monto de los gastos de viaje necesarios, valorados de
acuerdo con las tarifas del transporte público y la escala de viáticos del Ministerio del
Medio Ambiente; para el literal c) el costo de los análisis de laboratorio u otros
trabajos técnicos será incorporado en cada caso, de acuerdo con las cotizaciones
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específicas. A la sumatoria de estos tres costos, a), b) y e) se le aplicará un
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