Resolución Nº 8 de Secretaria Distrital de la Mujer - Sdlm, 05-03-2020 - 5 de Marzo de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967019

Resolución Nº 8 de Secretaria Distrital de la Mujer - Sdlm, 05-03-2020

Fecha de emisión05 Marzo 2020
Fecha de publicación05 Marzo 2020
EmisorSecretaria Distrital de la Mujer - Sdlm
Número de Gaceta6751
51
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6751 • pP. 1-51 • 2020 • MARZO 5
SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER
Resolución Número 0008
(Enero 8 de 2020)
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento
en un empleo de libre nombramiento y remoción”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER
En ejercicio de sus atribuciones legales, y en
especial las conferidas en el numeral primero del
artículo 1° del Decreto Distrital No. 101 de 2004,
y el Decreto Distrital No. 001 del 1° de enero de
2020, y
CONSIDERANDO:
Que el empleo de Asesor, Código 105 Grado 06, del
Despacho de la Secretaría Distrital de la Mujer, se
encuentra vacante desde el 7 de enero de 2020, de
acuerdo con lo previsto en la Resolución No. 0005 del
7 de enero de 2020.
Que LAURA MARCELA TAMI LEAL, identicada con
cédula de ciudadanía No. 53.907.347, cumple con los
requisitos mínimos, previstos en el Manual Especíco
de Funciones y Competencias Laborales, adoptado
mediante Resolución No. 0096 del 4 de marzo de
2019, “Por la cual se modica el Manual Especíco
de Funciones y Competencias Laborales para los
empleos de la Secretaria Distrital de la Mujer”, para
desempeñar el empleo de Asesor, Código 105 Grado
06, del Despacho de la Secretaría Distrital de la Mujer.
Que es procedente efectuar el nombramiento de LAU-
RA MARCELA TAMI LEAL, identicada con cédula de
ciudadanía No. 53.907.347, en el cargo de Asesor,
Código 105 Grado 06, del Despacho de la Secretaría
Distrital de la Mujer.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Nombrar a LAURA MARCELA
TAMI LEAL, identicada con cédula de ciudadanía No.
53.907.347, en el cargo de Asesor, Código 105 Grado 06,
del Despacho de la Secretaría Distrital de la Mujer.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente nombramiento cuen-
ta con el saldo de apropiación suciente para respaldar
las obligaciones por concepto de servicios personales y
aportes patronales durante la vigencia scal en curso, de
acuerdo con la certicación expedida por la Directora de
Gestión Administrativa y Financiera, de fecha 7 de enero
de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
14 del Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a
partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTÍFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los ocho (8) días del mes de
enero del año dos mil veinte (2020).
DIANA RODRÍGUEZ FRANCO
Secretaria Distrital de la Mujer
Resolución Número 0020
(Enero 14 de 2020)
“Por medio de la cual se prórroga un nombra-
miento provisional en una vacante definitiva”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER
En uso de sus facultades legales, en especial,
las conferidas por el numeral 2° del artículo 1°
del Decreto Distrital 101 de 2004, el Decreto Dis-
trital No. 0001 del 1° de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el parágrafo del artículo 8° del Decreto Nacional
No. 1227 de 2005, modicado por el artículo 1° del
Decreto Nacional No. 4968 del 2007, dene que la Co-
misión Nacional del Servicio Civil autorizará prórrogas
de nombramientos provisionales.
Que en relación con el artículo 1° del Decreto Nacional
4968 de 2007, es pertinente señalar que el Consejo
de Estado a través de Auto del 5 de mayo de 2014,
suspendió provisionalmente algunos apartes del citado
Decreto, hasta tanto se produzca un pronunciamiento
denitivo sobre la nulidad del mismo.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, expidió
la Circular No. 003 del 11 de junio de 2014, por medio
de la cual se estableció en relación con los efectos del
Auto proferido por el Consejo de Estado, que a partir
del 12 de junio de 2014, no expediría autorizaciones
para proveer transitoriamente los empleos de carrera
a través de nombramiento en provisionalidad y de pró-
rrogas, mientras la suspensión provisional ordenada
por el Consejo de Estado continúe vigente.
Que el numeral 2° del artículo 1º del Decreto Distrital
101 de 2004, “Por el cual se establecen unas asigna-
ciones en materia de personal a los organismos del
sector central de la Administración Distrital”, dispone:
“ARTÍCULO 1º. Asignase a las Secretarías de
Despacho, Departamentos Administrativos y

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