Resolución Nº 81 de Secretaria Distrital del Habitat - Sdht, 20-03-2020 - 20 de Marzo de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851966901

Resolución Nº 81 de Secretaria Distrital del Habitat - Sdht, 20-03-2020

Fecha de emisión20 Marzo 2020
Fecha de publicación20 Marzo 2020
EmisorSecretaria Distrital del Habitat - Sdht
Número de Gaceta6762
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6762 • pP. 1-7 • 2020 • MARZO 20
mayor, exterior, irresistible e imprevisible; por lo cual,
es deber de la administración adoptar las medidas
transitorias que garanticen la seguridad de la salud de
servidores, la protección de los ciudadanos, así como
el respeto por la seguridad jurídica y el debido proceso
de los implicados e investigados en las actuaciones
que cursan actualmente en la Secretaría Distrital del
Hábitat, para lo cual se deben adecuar las condiciones
de la prestación del servicio frente a la inminencia de
la situación y su posible interrupción.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - Suspender los términos de
las actuaciones administrativas sancionatorias adelan-
tadas por la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y
Control de Vivienda de la Secretaría Distrital de Hábitat
a partir del 16 y hasta el 31 de marzo de 2020.
PARÁGRAFO: La presente medida queda sujeta a
prórroga atendiendo a las condiciones sanitarias en
las que se encuentre el territorio y la población al
vencimiento de este plazo, conforme las directrices y li-
neamientos jados por el Gobierno Nacional y Distrital.
ARTÍCULO SEGUNDO. - La suspensión de términos
dentro de las actuaciones administrativas sancionato-
rias implica la interrupción del término de la caducidad
de la facultad sancionatoria y pérdida de competencia
para decidir los recursos de reposición y apelación
dentro de los procesos sancionatorios del régimen
de inspección, vigilancia y control de vivienda que se
adelantan en la Subsecretaría de Inspección, Vigilan-
cia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del
Hábitat.
ARTÍCULO 3.- VIGENCIA. La presente resolución rige
a partir de su fecha de expedición y deberá publicarse
en la página web de la entidad y en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días
del mes de marzo del año dos mil veinte (2020).
NADYA MILENA RANGEL RADA
Secretaria Distrital del Hábitat
Resolución Número 081
(Marzo 18 de 2020)
“Por la cual se adopta como medida transitoria
por motivos de salubridad pública, la suspensión
de términos para todas las actuaciones y proce-
sos administrativos y sancionatorios adelanta-
dos por la Secretaría Distrital del Hábitat”
LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT
En uso de sus facultades legales, especialmente
las conferidas en el artículo Acuerdo Distrital 257
de 2006, los Decretos Distritales 121 de 2008 y 01
de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006, del Concejo de
Bogotá en su artículo 115 consagra las funciones de
la Secretaría Distrital del Hábitat.
Que a su vez el Decreto Distrital 121 de 2008 dene la
estructura organizacional y las funciones de la referida
Secretaría en las áreas de Despacho, Subsecretaría
de Planeación y Política, Subsecretaría de Gestión
Financiera, Subsecretaría de Coordinación Operativa,
la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de
Vivienda y la Subsecretaría Jurídica, desde las cuales
se desempeñan actuaciones misionales y de apoyo
para el cumplimiento de la función pública institucional
de la Secretaría.
Que el Ministerio de Salud y Protección social, median-
te la Resolución 385 de 2020 declaró la emergencia
sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y adoptó
medidas para hacer frente al virus.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto
Distrital 081 de 2020, “Por el cual se adoptan medi-
das sanitarias y acciones transitorias de policía para
la preservación de la vida y mitigación del riesgo con
ocasión de la situación epidemiológica causada por
el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C.(...) y se
dictan otras disposiciones”.
Que en observancia de los principios de la función
pública y dada la emergencia sanitaria actual es de-
ber proteger la vida, la salud y la integridad personal
de los ciudadanos, residentes, servidores públicos y
colaboradores adoptando las medidas de carácter
extraordinario que permitan mitigar los efectos de la
propagación del COVID-19, evitando la exposición a
situaciones de riesgo como aglomeraciones o concen-
traciones en lugares públicos, o la auencia de público
a la Secretaría Distrital del Hábitat.
Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., mediante el
Decreto Distrital 087 de 2020, declaró la calamidad
pública con ocasión de la situación epidemiológica cau-
sada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C.
Que mediante Resolución 078 del 16 de marzo de
2020 esta Secretaría adoptó acciones de contención
con ocasión de la situación epidemiológica causada

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