Resolución N° 913 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-03-08 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881849417

Resolución N° 913 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-03-08

Número de resolución913
Fecha08 Marzo 2011
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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RESOLUCION No DE 2011
08 MAR2011 Corpor¡¡e!ón Autón'M1~
Regional (Í¡¡1ToHma
"Por medio de la cual se imponen multas sucesivas, y se adoptan otras medidas"
LA DIRECTORA DE LA CORPORACiÓN AUTONOMA REGIONAL DEL TOLlMA
"CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por
la Ley 99 de 1993, 1333 de 2009, demás normas concordantes,y el Decreto
Reglamentario 3678 del4 de octubre del 2010.
CONSIDERANDO
Que la Oficina Jurídica de la Corporación Autónoma Regional del Tolima
CORTOLlMA, mediante acto administrativo NO.2757 de fecha noviembre 03 de
2009, ordenó al señor WILSON GUZMAN QUIMBAYO, identificado con cedula de
ciudadanía No.93.370.622, expedida en Ibagué Tolima, en calidad de propietario
del predio denominado Lucania Vereda Pie de Cuesta -las Amarillas del
Municipio de Ibagué Tolima, sembrar como medida de compensación cien (100)
árboles, en el sitio donde se realizaron los hechos antes descritos (predio Lucania
y/o el Diviso), o en otro que no cause ningún perjuicio, advirtiéndole al obligado
que deberá practicarles mantenimiento dentro de los dos (2) primeros años de
sembrados para garantizar su prendimiento y sostenibilidad , dando previo aviso a
CORTOLlMA.
Que el acto administrativo en mención, ordena así mismo al señor WILSON
GUZMAN QUIMBAYO, practicar mantenimiento a los árboles plantados, dentro de
los dos primeros años de sembrados, a fin de garantizar su prendimiento y
sostenibilidad, no obstante a ello, informar a la Corporación Autónoma Regional
del Tolima CORTOLlMA, sobre la siembra, para realizar el respectivo seguimiento,
argumentando en su artículo octavo, que el incumplimiento a lo ordenado dará
lugar a multas sucesivas conforme lo señala el artículo 94 del C.C.A.
Que se amonestó de manera escrita al señor MAURICIO MASMELA RIAÑO,
identificado con cedula de ciudadanía NO.5.997.246expedida en Rovira Tolima,
para que en lo sucesivo se abstuviera de realizar actividades de tala, anillamiento
y rocería, en un área aproximada de 1.200 metros cuadrados de la zona
protectora de la fuente hídrica denominada quebrada El Consuelo, y Captación
Ilegal de agua, hechos realizados en el predio denominado Lucania y/o el Diviso,
ubicado en la vereda Piedecuesta, jurisdicción del Municipio de Ibagué Tolima, sin
los respectivos permisos expedidos por CORTOLlMA, So pena de una mayor
O- sanción en caso de reincidencia.
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SEDE CENTRAL:
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Dirección Territorial
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Dirección Territorial
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Dirección Territorial
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Dirección Territorial
Cra.5". Av. DelFerrocarril,Calle44 Sur: Norte: Suroriente: Driente:
Tels.:(8) 2654551/52/54/55 CC Kalarama era. 6No.4 - 37 Calle7No.22 - 61 era. 4No. 8" - 27
Fax:(8) 2654553 - 2700120 era. 8No. 7- 24/28 BarrioCentro. Piso2Tefefax.:(8)2281204
E-Mail:cortolima({Dcortglimq.gI)jf,{Q.. Of.301-303 Telefax.:(8)2530115"Telefax.:(8)2456876l' Purificadón..
Web:www.cortolima.ClOV.CO .; Telefax.: (8)2462779 ArmeroGuayabal;i Melgar
Colombia} Chaparral >i .

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