Resolución N° 937 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-08-23 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881757252

Resolución N° 937 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2004-08-23

Número de resolución937
Fecha23 Agosto 2004
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
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RESOLUCION
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"Por la cual se impone una sanción y se dictan otras medidas"
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EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLIMA "CORTO LIMA"
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por la Ley 99 de
CONSIDERANDO
Que el 11 de junio de 2003, en el predio Garrapata, Vereda Tajo medio de propiedad del señor
EDGAR ANGARITA DE LA PARRA, funcionarios de CORTOLlMA realizaron el decomiso de
70 trozas de teca de 3 metros, dejando como depositario al señor RICARDO BARRERO con
cédula de ciudadanía No. 14.217.723 de Ibagué. (foIA). Pero a folio 50 del cuaderno principal
aparece informe de abril de 2004, de funcionarios de CORTOLlMA quienes practicaron también
nueva visita ordenada dentro del expediente y allí se afirma qué "Se constató la presencia de 50
trozas de la especia Teca, de las 70 trozas decomisadas ..".
Que en informe del 7 de julio de 2003, rendido a CORTOLlMA, por el Inspector. Ambiental,
de la Corporación, comunica que en visita realizada al predio La Garrapata. Vereda Tajo Medio
del Municipio de Ambalema se constató la adecuación mediante la utilización de maquinaria, de
65 hectáreas aproximadamente para cultivo de arroz, talando árboles de teca que servían como
barrera en cercas vivas, dentro de estos terrenos se encontraba rastrojo en el que predominaba el
payande, igua, angarillo, guácimo, mosquero y vegetación de la región. El material forestal
aprovechado fue vendido al señor EDGAR ANGARIT A DE LA TORRE. Material que fue
transportado con salvoconducto de una plantación registrada en la Corporación la cual está
localizada en el Municipio de Lérida, Vereda Montalvo, Predio Montalvo.
:Que el 23. de julio de 2003. la Subdirección de Gestión Ambiental, avoca conocimiento de las
diligencias, declara abierta fornlalmente la investigación y ordena correr pliego de cargos' contra
los señores: OSCAR CUBIDES, JAIRO CUBIDES y EDGAR ANGARIT A DE LA TORRE,
como responsables de atentar contra los recursos naturales y el medio ambiente en el Municipio
de Ambalema.
Que se envió el oficio 014253 del 29 de julio de 2003 al señor Personero Municipal de
Ambalema, comisionándolo para que notificara en fornla personal e hiciera entrega de tapia del
pliego de cargos contra los señores antes mencionados y oficio 014254 al Personero Municipal de
Armero Guayabal para la noitifcación del señor EDGAR ANGARITA DE LA TORRE. La
personería efectivamente notificó en forma personal a OSCAR CUBIDES GONZALEZ el día 21
de agosto de 2003, haciéndole entrega de copia del auto, en la misma diligencia manifiesta que
su hermano JAIRO CUBIDES, no se encuentra en el País. Se les advirtió en forma expresa en el
artículo Tercero que disponían de 10 días hábiles siguientes a su notificación, para que
presentaran descargos, pidieran o aportaran pruebas.
Que transcurrido el término legal que tenían para ejercer su defensa, aparece en el expediente
El Medio Ambiellfe
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lo es todo, si" él, el todo es "ada,
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Preservemoslo
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Cra 58 Avenida del Ferrocarril Calle 44 Conmutador: 2654551 - 52-54-55 A.A. 2026 - Fax: 2654553 - 2700120' .
E-mail: cortolima@cortolima.gov.co .
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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