Resolución Nº SDH - 000047 DE 2023 de Secretaria Distrital de Hacienda - Sdh, 28-02-2023 - 2 de Marzo de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 924329018

Resolución Nº SDH - 000047 DE 2023 de Secretaria Distrital de Hacienda - Sdh, 28-02-2023

Fecha de emisión28 Febrero 2023
Fecha de publicación02 Marzo 2023
EmisorSecretaria Distrital de Hacienda - Sdh
Número de Gaceta7661
Por la cual se corrige un error formal de la Resolución No. SDH-000466 del 25 de noviembre
de 2022”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto
1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital
601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que este Despacho mediante Resolución No. SDH-000466 del 25 de noviembre de 2022, ordenó
el nombramiento en periodo de prueba del señor DIEGO ALEJANDRO CORTES MELO,
identificado con cédula de ciudadanía No. 80.242.190, quien ocupó la cuarta (4) posición de la
lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, mediante
Resolución No. 11015 del 17 de noviembre de 2021 bajo la OPEC No.137079, para desempeñar
el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 05
de la Entidad.
Que en la parte resolutiva del artículo 1 de la Resolución No. SDH-000466 del 25 de noviembre
de 2022, se señaló que la dependencia en el cual fue nombrado en periodo de prueba el señor
DIEGO ALEJANDRO CORTES MELO, correspondía a la Oficina de Control Masivo de la
Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de
Hacienda, siendo lo correcto la Oficina de Educación Tributaria de la Dirección Distrital de
Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el artículo 45 Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” señala:
Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se
podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya
sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la
corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos
legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o
comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
Que la corrección prevista en la presente resolución cumple con los presupuestos del artículo 45
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por cuanto fue
un error de transcripción y no genera modificaciones en el sentido material de la decisión
adoptada.
Que de conformidad con lo anterior, se procederá a corregir el artículo 1 de la Resolución No.
SDH-000466 del 25 de noviembre de 2022, en el sentido de indicar que la dependencia en el
cual fue nombrado el señor DIEGO ALEJANDRO CORTES MELO, es la Oficina de Educación

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