Resolución No 151 de 2021 del municipio de Yondó (casabe), 05-12-2023 - Normativa - VLEX 974143767

Resolución No 151 de 2021 del municipio de Yondó (casabe), 05-12-2023

Fecha de publicación05 Mayo 2021
Fecha05 Diciembre 2023
Año2023
Tipo de documentoResolución
Municip.io
de
Youdó
Antioquia
J'Esperanza
(@)
~az
s:
progreso
RESOLUCiÓN No. 151DE
2021
RESOLUCiÓN NO.151DE 2021
05 de Mayo de 2021
"POR MEDIO DE LA CUAL SE DELEGAN FUNCIONES DE ALCALDE AL SECRETARIO DE
INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL DE YONDÓ"
ElAlcalde Municipal de Yondó-Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales ylegales,
en especial las conferidas en el artículo 315la Constitución Política de Colombia yel artículo 91
de la Ley136de 1994,la ley 1551de 2012
y
demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que "La función administrativa está al
servicio de los intereses generales yse desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad ypublicidad, mediante la
descentralización, la delegación yla desconcentración de funciones".
Que el numeral 3 del artículo 315 de la Constitución Política establece que es atribución del
Alcalde, entre otras, el dirigir la acción administrativa del Municipio, asegurar el cumplimiento
de las funciones y la prestación de los serviciosa su cargo.
Que el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551de 2012,
dispone: "Los alcaldes ejercerán las funciones que les asigna la Constitución, la ley, las ordenanzas,
los acuerdos ylas que le fueren delegadas por el Presidente de la República ogobernador
respectivo. Además de las funciones anteriores, los alcaldes tendrán las siguientes: (...)d) En
relación con la Administración Municipal: 1. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar
el cumplimiento de las funciones yde la prestación de los servicios asu cargo. (...) - 14.Distribuir
los negocios, según su naturaleza, entre las secretarias, departamentos administrativos y
establecimientos públicos".
Que el artículo 92 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 30 de la Ley 1551de 2012,
dispone en materia de delegación de funciones que: "El Alcalde podrá delegar en los secretarios
de la alcaldía yen los jefes de los departamentos administrativos las diferentes funciones asu
cargo, excepto aquellas respecto de las cuales exista expresa prohibición legal".
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9 establece que "Las autoridades administrativas, en
virtud de lo dispuesto en la Constitución Política yde conformidad con la presente ley, podrán
mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores oa otras
autoridades con funciones afines ocomplementarias".
Que el artículo 10 de la Ley 489 de 1998 requiere que la delegación sea por escrito, donde se
exprese la decisión del delegante, el objeto de la delegación, el funcionario delegado y las
funciones o asuntos específicos.
Que el Delegatario deberá observar estrictamente las disposiciones legales y reglamentarias
que regulen el ejercicio de la delegación y es responsable de las decisiones que tome en
ejercicio de la misma.
era. 55 No. 46 A 16 Barrio Colonia Sur - Nit. 89°.984.265-6
Correo Electrónico: alcaldia@yondo-antioquia.gov.co
contactenos@yondo-antioquia-gov.co
Teléfonos: 034/8325109/018000400108
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