Resolución No. 2023910010002755-6 de Superintendencia de Salud, 2023 - Normativa - VLEX 933173435

Resolución No. 2023910010002755-6 de Superintendencia de Salud, 2023

Número de resoluciónResolución No. 2023910010002755-6
Fecha de publicación09 Mayo 2023
Año2023
Fecha09 Mayo 2023
R E S O L U CI Ó N
20 2 3 9 1 0 0 1 0 0 0 2 7 5 5 - 6 D E 0 9 0 5 - 2 0 2 3
Por la cual se efectúa un nombramiento provisional
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
En uso de sus facultades legales, especialmente las señaladas en el numeral 35º del
artículo 7° del Decreto 1080 de 2021, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia dispone que los empleos
de los órganos del Estado son de carrera administrativa, con excepción de los
expresamente indicados en la ley.
Que los anteriores empleos deben ser provistos mediante concurso público, acorde
con la normativa anterior.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo de la Ley
1960 de 2019, establece los requisitos y criterios para la provisión de empleos
vacantes mediante la figura del encargo, mientras se adelanta su provisión por el
sistema de mérito y concurso, proceso que es adelantado por la Comisión Nacional
del Servicio Civil – CNSC.
Que el artículo 12 del Decreto Ley 775 de 2005, dispone la excepcionalidad de los
encargos y nombramientos provisionales para la provisión de los empleos de las
Superintendencias de la Administración Nacional que se encuentren vacantes de
forma temporal o definitiva.
Que el inciso 3º del artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el
Decreto 648 de 2017, establece que los empleos vacantes de forma definitiva se
podrán proveer mediante encargo o nombramiento provisional, según las
disposiciones de la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 760 de 2005 o lo dispuesto en
la regulación de los sistemas específicos de carrera administrativa.
Que el numeral 5. del artículo 2.2.19.1.2 del Decreto 1083 de 2015, señala que los
Superintendentes podrán efectuar encargos o nombramientos provisionales por
estrictas necesidades del servicio, durante el término de ocho (8) meses.
Que mediante auto 2566 del 5 de mayo de 2014, expediente número 11001-03-25-
000-2012-00795-00 – Consejero Ponente Gerardo Arenas Monsalve, la Sala de lo
Contencioso Administrativo, Sección Segunda – Subsección B del Consejo de Estado,
se declaró la suspensión provisional solicitada junto con la demanda de nulidad de
algunos apartes del Decreto 4968 del 27 de diciembre de 2007 y de la Circular
CNSC No. 005 de 20121.
Que en dicho auto se afirmó que: “
(…) dentro de las facultades conferidas a la
Comisión Nacional de Servicio Civil está la de para
(sic)
instruir sobre la aplicación
de las normas de la carrera administrativa pero no para crear o modificar los
procedimientos para acceder a los empleos públicos, excediendo lo
dispuesto en la Constitución y la Ley”. (
Negrilla fuera de texto)
1 Instrucción en materia de provisión definitiva de empleos de carrera y trámite para la provisión transitoria como medida subsidiaria.
G D F L O 1 P á g i n a 1 / 4
Digitally signed by SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Date: 2023.05.09 08:32:39 COT

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