Resolución número 0 0636 de 2015, por medio de la cual se delega el trámite y firma de respuestas a algunas peticiones presentadas al Despacho del Fiscal General de la Nación
Emisor | Fiscalía General de la Nación |
Número de Boletín | 49488 |
El Fiscal General de la Nación, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales vigentes, especialmente las conferidas por el artículo 4º, numerales 1 y 19, y el artículo 45 del Decreto-ley 016 de enero 9 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 23 de la Constitución Política dispone que "Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. (...)".
Que el artículo 74 de la Constitución Política dispone que "Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. (...)".
Que el artículo 4º y siguientes del Decreto número 01 de 1984 regulan de forma temporal el derecho de petición en consonancia con lo expresado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, Consejero Ponente: Álvaro Namén Vargas, en concepto del veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015), Radicación interna: 2243, número Único: 11001-03-06-000-2015-00002-00.
Que el numeral 1 del artículo 4º del Decreto-ley 016 de 2014 estableció como función del Fiscal General de la Nación "(...) 1. Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley (...)".
Que el numeral 19 del artículo 4º del Decreto-ley 016 de 2014 así mismo dispuso que el Fiscal General de la Nación "(...) 19. Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación (...)".
Que el artículo 45 del Decreto-ley 016 de 2014 estableció "(...) Para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas. (... )".
Que el artículo 211 de la Constitución Política establece que "(...) Igualmente,...
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