Resolución número de 00000043 de 2017, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40332854 - 17 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 671772773

Resolución número de 00000043 de 2017, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40332854

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50178

Expediente número A. A. 126 de 2016

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011,

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º Déjese sin valor ni efecto registral la anotación número 4 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40332854, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia, dejando constancia en el mismo sobre tal circunstancia y efectúense las salvedades de ley (artículos 59 y 60 Ley 1579 de 2012).
Artículo 2º

En consecuencia de lo ordenado en el artículo anterior, corríjase la especificación del acto inscrito en la anotación número cinco de la citada matrícula inmobiliaria, como Compraventa de Cosa Ajena (Cod. 0604) y sustitúyase en personas que intervienen en el acto la X de titular de derecho real de dominio por la (i) de dominio incompleto y efectúense las salvedades de ley (artículo 59 Ley 1579 de 2012).

Artículo 3º

Notifíquese personalmente de esta providencia a María Mercedes Barrera Rodríguez, Herlandy Margarita Piñeros Rocha, Sandra Milena Ovalle Moreno, Juan Carlos Puerto Molina y Edwin Cárdenas Pineda, si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso y a terceros que no intervinieron en la actuación, de quienes se desconozca su domicilio y herederos indeterminados del señor José Miguel Cárdenas Hernández, con publicación de la presente providencia por una sola vez en el Diario Oficial (artículo 67, 69 y 73 Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, ante el registrador principal de esta oficina (artículo 74, 76 Ley 1437 de 2011).

Artículo 4º

Una vez en firme la presente providencia, comuníquese y envíese copia a la Fiscal 238 Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de la Unidad del Orden Económico y Social...

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