Resolución número 00000095 de 2015, por la cual se corrige las anotaciones números 7 y 8 del folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40157776y la anotación número 6 del folio de matrícula número 50S-40176656. Exp. A.A. 134 de 2014
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá |
Número de Boletín | 49434 |
El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá-Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES
Se encuentra constituido por la indebida inscripción de la medida cautelar de embargo, comunicada a esta oficina mediante oficio número 4596 del 15-08-2013 proferido por el Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá, dentro del proceso ejecutivo singular número 2012-0140400 de Rafael Hernando Huertas Gómez contra José Meliton Sandy Rodríguez; registrada en la anotación número 8 de fecha 2108-2013 bajo el turno de radicación de documento número 2013-80719 del folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40157776, de propiedad de Marianope Rincón, quien lo adquirió por adjudicación dentro de la liquidación de la sociedad conyugal, mediante escritura 4426 del 28-06-2010 de la Notaría 9a de Bogotá, la cual al momento de su inscripción erradamente quedó a nombre de José Meliton Saray Rodríguez a quien le correspondió el inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40176656 dentro de la liquidación de la sociedad conyugal mencionada.
Mediante oficio RDCI-81-2014, el Registrador Delegado (e) de esta oficina, remite el turno de corrección número C2014-16866, con la siguiente nota "el error en la inscripción de la anotación 7 del folio de matrícula 40157776 frente al adjudicatario, presumiblemente permitió la inscripción de la orden de embargo con oficio 4596 de 15-08-2013 Juzgado 3 Civil Municipal de Bogotá (anotación 8), favor determinar su viabilidad o adecuación.
Con fundamento en lo anterior y mediante Auto del 10 de noviembre de 2014, se inició la correspondiente actuación administrativa, tendiente a corregir la anotación número 2 del folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-336927, citándose a José Meliton Saray Rodríguez y María Elsa Nope Rincón, titulares de derecho real de dominio sobre el inmueble y comunicándose al Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá, para que forme parte dentro del Proceso Ejecutivo Singular número 2012-01404 00 de Rafel Hernando Huertas Gómez, Contra José Meliton Sandy(sic) Rodríguez y demás personas indeterminadas que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación en el diario en su edición 49.354 del día 3 de diciembre de 2014, de conformidad con lo...
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