Resolución número 00000141 de 2016, por la cual se corrige el registro de la anotación número 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50S204378. Exp. A.A. 031 de 2012 - 19 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 636296013

Resolución número 00000141 de 2016, por la cual se corrige el registro de la anotación número 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50S204378. Exp. A.A. 031 de 2012

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49849

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1º Corríjase la anotación número 12 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-204378, la cual deberá quedar sin valor ni efecto jurídico registral, por las razones

expuestas en la parte motiva de la presente providencia y real/cense las salvedades de ley según lo establecido en el art/culo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Artículo 2º

Notificar personalmente esta resolución a Liliana Neira Pinto y Héctor Fabio Valencia; si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación procédase a notificar por aviso de la forma establecida en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 y a terceros que no hayan intervenido en la actuación y que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación de la presente providencia, por una sola vez en el Diario Oficial a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de tos diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, ante el Registrador Principal de esta oficina (Artículo 74 de la Ley 1437 de 2011).

Artículo 4º Una vez en firme la presente resolución, envíese copia al Juzgado 53...

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