Resolución número 0000015 de 2015, por la cual se establece una tarifa especial para la estación de Peaje El Korán, en la vía Ruta del Sol Sector 1, entre Villeta - Guaduero - El Korán - 6 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551850534

Resolución número 0000015 de 2015, por la cual se establece una tarifa especial para la estación de Peaje El Korán, en la vía Ruta del Sol Sector 1, entre Villeta - Guaduero - El Korán

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49386

La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 21 de la Ley 105 de 1993 modificado parcialmente por el artículo 1º de la Ley 787 de 2002 y 6 del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21 de la Ley 105 de 1993 modificado parcialmente por el artículo 1º de la Ley 787 de 2002, establece:

"Artículo 21. Tasas, tarifas y peajes en la infraestructura de transporte a cargo de la Nación. Para la construcción y conservación de la infraestructura de transporte a cargo de la Nación, esta contará con los recursos que se apropien en el Presupuesto Nacional y además cobrará el uso de las obras de infraestructura de transporte a los usuarios, buscando garantizar su adecuado mantenimiento, operación y desarrollo.

Para estos efectos, la Nación establecerá peajes, tarifas y tasas sobre el uso de la infraestructura nacional de transporte y los recursos provenientes de su cobro se usarán exclusivamente para ese modo de transporte (...)".

Que el artículo 30 de la ley antes mencionada, señala que la Nación, los departamentos, los distritos y los municipios, en sus respectivos perímetros, podrán en forma individual o combinada o a través de sus entidades descentralizadas del sector de transporte, otorgar concesiones a particulares para la construcción, rehabilitación y conservación de proyectos de infraestructura vial.

Igualmente la misma norma señala que para la recuperación de la inversión, la Nación, los Departamentos, los Distritos y los Municipios podrán establecer peajes y/o valorización y que la fórmula para la recuperación de la inversión quedará establecida en el contrato y será de obligatorio cumplimiento para las partes.

Que el Decreto 087 de 2011 "por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias", estableció en los numerales 6.14 y 6.15 del artículo 6º:

"6.14. Emitir, en su calidad de suprema autoridad del Sector Transporte y del Sistema Nacional de Transporte, concepto vinculante previo al establecimiento de los peajes que deban cobrarse por el uso de las vías a cargo de la Nación, los departamentos, distritos y municipios.

6.15. Establecer los peajes, tarifas, tasas y derechos a cobrar por el uso de la infraestructura de los modos de transporte, excepto el aéreo".

Que a través del Decreto número 4165 del 3 de noviembre de 2011, se cambió la naturaleza jurídica y denominación del Instituto Nacional de Concesiones pasando a ser una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte que tiene dentro de sus funciones la de "Proponer al Ministerio de Transporte- o a las entidades competentes, -las tarifas de peajes y tasas a cobrar por el uso de las áreas e infraestructura de transporte que haga parte de proyectos a cargo de la Agencia, de acuerdo con las políticas del Ministerio de Transporte".

Que los numerales 1 y 5 del artículo 4º del Decreto 4165 de 2011, establecen que le corresponde a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) identificar, evaluar la viabilidad y proponer iniciativas de concesión u otras formas de Asociación Público Privada para el desarrollo de la infraestructura de transporte y de los servicios conexos y relacionados así como elaborar los estudios para definir los peajes, tasas, tarifas, contribución de valorización y otras modalidades de retribución por el diseño, construcción, operación, explotación, mantenimiento o rehabilitación de la infraestructura relacionada con los proyectos de concesión u otras formas de Asociación Público Privada a su cargo.

Que el Instituto Nacional de Concesiones (INCO) hoy Agencia Nacional de...

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