Resolución número 00000182 de 2015, por la cual se establece la real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria 50S-932169 y de su segregado 50S-40384662. Expediente número A.A. 189 de 2014 - 30 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579785094

Resolución número 00000182 de 2015, por la cual se establece la real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria 50S-932169 y de su segregado 50S-40384662. Expediente número A.A. 189 de 2014

Número de Boletín49589

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1º

Trasladar las anotaciones números 6, 7 y 8 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-932169 al folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40384662, las cuales deberán quedar sin valor ni efectos jurídicos en el primero de los mencionados folios de matrícula, por las razones expuestas en la presente providencia, realícense las salvedades de ley dejando constancia en los mismos sobre tal circunstancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Como consecuencia de lo anterior, déjese sin valor ni efecto jurídico la medida cautelar registrada en la anotación número 04 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40384662, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Resolución y realizar las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley

1579 de 2012.

Artículo 2º

Notificar personalmente esta resolución a María Ascención Saavedra Gómez, Nubia Calderón Garay titulares de derecho real de dominio sobre los inmuebles, como tercero determinado a Marco Antonio Carrillo Rodríguez, si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso, según lo establecido en los artículos 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011 y demás personas indeterminadas o que no hayan intervenido en la presente actuación, con publicación en el Diario Oficial por una sola vez a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (artículo 73 Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º Comunicar la presente decisión y enviar copia de la misma al Juzgado 20 Civil Municipal de Bogotá, para lo pertinente dentro del...

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