Resolución número 00000247 de 2016, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40145084 - 17 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 645647661

Resolución número 00000247 de 2016, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40145084

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49937

Exp. A.A. 031 de 2016

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011.

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º Corríjase la anotación número cuatro, del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40145084, dejándose sin valor ni efecto registral, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído y efectúense las salvedades de ley (artículo 59 y 60 Ley 1579 de 2012).

En consecuencia de lo anterior, corríjase la especificación del acto inscrito en la anotación número cinco, como Compraventa de Cosa Ajena, Código 0604 y sustitúyase en personas que intervienen en el acto la X de titular de derecho real de dominio por la (i) de dominio incompleto y efectúense las salvedades de ley (artículo 59 Ley 1579 de 2012).

Artículo 2º

Notifíquese personalmente de esta providencia a María del CarmenArévalo Barrantes, María Anair Forero Casteblanco; si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envió de la citación, esta se hará por medio de aviso y a terceros que no hayan intervenido en la actuación y que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación de la presente providencia, por una sola vez, en el Diario Oficial a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (artículo 67, 69 y 73 Ley 1437/2011).

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, ante el registrador principal de esta oficina...

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