Resolución número 00000308 de 2015, por la cual se corrigen las anotaciones números 09, 10, 11 y 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50S-40141037. Expediente número AA.263 de 2014 - 17 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 580947662

Resolución número 00000308 de 2015, por la cual se corrigen las anotaciones números 09, 10, 11 y 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50S-40141037. Expediente número AA.263 de 2014

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49607

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá-Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012.

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1º

Sustituir a los señores Martha Inés Carrillo Sánchez y Noé Cortés Cardona por el nombre de la compradora Heidy Catalina Cortés Carrillo con la correspondiente "X" de propietario en la sección personas de la Anotación número 09 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40141037, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución y realizar las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Artículo 2º Dejar sin valor ni efectos jurídicos la Anotación número 10, 11 y 12 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40141037, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución y realizar las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.
Artículo 2º

Notificar personalmente esta resolución a los señores Martha Inés Carrillo Sánchez, Noé Cortés Cardona y los representantes legales de la menor Heidy Catalina Cortés Carrillo, y de no poder hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso a terceros que no hayan intervenido en la actuación y que puedan estar directamente interesados o resultar afectados con la decisión, con publicación de la presente providencia, por una sola vez, en el Diario Oficial a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (artículos 67, 69 y 73, Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el Director de Registro de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de...

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