Resolución número 00000498 de 2015, por la cual se corrige la anotación número 8 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-44552 y se ordena el cierre del mismo. Expediente número A.A. 138 de 2008 - 4 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586652326

Resolución número 00000498 de 2015, por la cual se corrige la anotación número 8 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-44552 y se ordena el cierre del mismo. Expediente número A.A. 138 de 2008

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49686

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, el Decreto 01 de 1984, la Ley 1579 de 2012

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º

Corríjase la anotación número 8 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-44552, dejándose sin valor ni efectos jurídicos, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución y ordénese el cierre del citado folio de matrícula, según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1579 de 2012; realícense las salvedades de ley de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Artículo 2º Notifíquese personalmente esta Resolución a Martha López Tavera y Luz Mery López Tavera, Yolanda Mosquera Castañeda, Pedro Serafín Cuevas Rincón, si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de edicto, según lo preceptuado en los artículos 44 y 45 del C

C. A., y demás personas indeterminadas o que no hayan intervenido en la actuación, con publicación de la presente providencia por una sola vez en el Diario Oficial a costa de esta oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados, según lo establecido en el artículo 46 del C. C. A.

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días...

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